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El PSOE recurre a la Junta Electoral Central el recuento de 30.000 votos nulos en Madrid

  • Los socialistas alegan que se está vulnerando un derecho reconocido por el Tribunal Constitucional
  • La junta provincial desestimó su petición al considerar que no había razones sobre posibles irregularidades

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Voto extranjero: los escaños podrían cambiar de manos
Una persona vota en las elecciones generales del 23 de julio en un colegio electoral en Albacete.

El PSOE ha recurrido a la Junta Electoral Central el recuento de 30.000 votos nulos en Madrid en las elecciones generales del 23 de julio y argumenta que se está vulnerando un derecho reconocido por el Tribunal Constitucional.

Ocurre después de que la Junta Provincial desestimara su petición al considerar que no había razones sobre posibles irregularidades y que se trataba de una "especulación" que juzgaron "infundada". Los socialistas pidieron revisar las papeletas consideradas nulas tras perder un escaño en favor del Partido Popular en el recuento del voto de españoles residentes en el extranjero (CERA).

En un escrito firmado por tres representantes del PSOE (Cristina Pavón, Sara Bonmati y Alberto Cachinero) al que ha tenido acceso RTVE, se amparan en una sentencia del Constitucional en 2015 que estableció que la petición de recuento "está dirigida a conocer de la manera más perfecta la voluntad del cuerpo electoral" y alegan el escaso número de votos que les faltan para conseguir un escaño más en Madrid.

Un escaño en juego por 1.300 votos

El PSOE justifica que la obtención de su undécimo escaño en Madrid está supeditado a 1.341 votos válidos más, esto es, un 4,43% del total de votos nulos, 30.241. En su opinión, eso acredita "la trascendencia y posible incidencia de la revisión del voto nulo" en el resultado, y justifica la apertura y revisión de los sobres.

"La petición que se realiza no es una petición ligera, ni como se señala en el acuerdo una especulación infundada, sino fundada precisamente en la posibilidad de afectación del resultado electoral a consecuencia del voto nulo declarado por las mesas. Obviamente, no hablamos de certezas, no existen en los procesos electorales, ni de los votos nulos ni de los válidos antes del escrutinio, gracias al secreto del voto, pero un derecho no puede negarse por no tenerla, pues precisamente se trata de instar una revisión para llegar a conocerla con toda 'certeza' la realidad del resultado electoral, como señalaba la Sentencia del Tribunal Constitucional", continúan en el escrito.

Recuerdan los recuentos en las elecciones municipales

Los socialistas contestan así a la negativa de la Junta Electoral Provincial que en su escrito de rechazo afirmó que "no deduce" que el recuento de los votos fuera a alterar el resultado y que su pretensión tendría "una mínima posibilidad de éxito si solo se revisaran y validaran exclusivamente los votos de su candidatura". Además, juzgó que causaría una "dilación injustificable" y un "retraso desmesurado".

En respuesta a estos argumentos, el recurso del PSOE recuerda que pueden existir errores "derivados de la inexperiencia casi segura de los miembros de la mesa" y que el recuento de votos nulos se ha aplicado "de forma habitual" en situaciones similares en las elecciones municipales, como ocurrió recientemente en el municipio de Alcorcón, a instancias del Partido Popular, que trató también de obtener un concejal más.

"Esta Junta Electoral Central, conforme a su competencia, debería unificar el criterio al respecto, de tal forma que no pueda actuarse de forma distinta", aduce el PSOE, que no cree que los "derechos fundamentales" puedan depender del ámbito en el que se desarrolla el proceso o el número de papeletas a revisar.

La Junta Electoral Provincial, tras la incorporación del voto CERA, continúo el pasado domingo con el escrutinio general y revisó únicamente los votos nulos de las mesas y secciones en las que las candidaturas habían detectado diferencias, pero no todos los votos nulos en urna.

Así, el PSOE considera que denegar el derecho a poder revisar todos los votos nulos y no solo una parte vulnera el derecho fundamental a la participación política que consta en el artículo 23 de la Constitución y "la esencia de nuestro sistema democrático" que es "la voluntad de los ciudadanos expresada en las urnas".

Los 30.302 votos nulos de Madrid son 1.985 más que los registrados en las elecciones de noviembre de 2019 (28.317) y mientras los de los comicios del 23J representaron el 0,84 % del total de votos emitidos en Madrid, los del 2019 supusieron el 0,79 % del total. En toda España el total de votos nulos, según datos del Ministerio del Interior, fue de 261.078 frente a los 249.487 registrados en las elecciones del 2019.