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La Junta Electoral multa a Rodríguez con 4.700 euros por vulnerar la neutralidad en periodo electoral desde Moncloa

  • La JEC entiende que realizó manifestaciones "con contenido valorativo y electoralista, aprovechando medios públicos"
  • Son dos multas por dos ruedas de prensas durante la precampaña de las elecciones autonómicas y municipales del 28M

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La ministra portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, en una rueda de prensa en el Palacio de la Moncloa
La ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, en una rueda de prensa en el Palacio de la Moncloa tras el Consejo de Ministros.

La Junta Electoral Central (JEC) ha resuelto que la portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Rodríguez, deberá pagar dos multas, de 4.700 euros en total, por realizar declaraciones "electoralistas" y vulnerar el principio de neutralidad en dos ruedas de prensa en el Palacio de la Moncloa tras el Consejo de Ministros en la precampaña de las elecciones locales y autonómicas del pasado 28 de mayo.

El organismo arbitral ha resuelto así los dos expedientes informativos que abrió contra la también titular de Política Territorial a instancias de sendas denuncias presentadas por el Partido Popular.

La JEC entiende que la también ministra de Política Territorial realizó manifestaciones "con contenido valorativo y electoralista, aprovechando los medios públicos de que disponía en su condición de ministra, quebrantando "el principio de neutralidad" que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral y "la consiguiente merma del principio de igualdad" entre las distintas fuerzas políticas que "todo poder público debe respetar durante el proceso electoral".

Dos expedientes a la ministra portavoz

El primer expediente, abierto el 10 de mayo pasado por sus declaraciones en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros celebrada el 3 de mayo, se ha resuelto con una sanción de 2.500 euros.

El segundo expediente incoado a la ministra fue iniciado el 3 de mayo por el mismo motivo, aunque en este caso, por las afirmaciones que hizo durante la comparecencia de prensa después del Consejo de Ministros del 25 de abril, y la JEC también considera que Rodríguez es responsable y resuelve que deberá abonar una multa de 2.200 euros.

Recuerda la JEC en el fallo, contra el que cabe recurso, que la Ley Electoral prohíbe, desde la convocatoria de las elecciones hasta su celebración, cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades públicas.

Por su parte, Rodríguez ya ha interpuesto un recurso ante el Tribunal Supremo. En su escrito se pone de manifiesto que en todas las declaraciones que realizó se amparaba en la libertad de expresión y el derecho de información de la ciudadanía, reconocida por la Constitución, y que es especialmente trascendental en el marco de un proceso electoral.

Expediente sancionador a un miembro de Vox

Por otro lado, la Junta Electoral Central ha abierto un expediente sancionador a la persona responsable de Vox que contrató en periodo electoral (elecciones del 23 de julio) las inserciones publicitarias "Sánchez destruye España" difundidas en el periódico digital Okdiario.

Estos hechos, señala este órgano, podrían constituir una infracción electoral que podría ser sancionada con una multa de 300 a 3.000 euros, aunque el expedientado, señala la JEC, tiene la posibilidad de reconocer voluntariamente su responsabilidad y abonar la cantidad de 2.400 euros.

De no hacerlo, Vox tiene diez días hábiles desde la notificación de este acuerdo para presentar alegaciones.