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El Supremo podrá plantear una cuestión al Constitucional sobre la ley de amnistía si se aprueba en el Congreso

  • También podría cualquier juez, según fuentes jurídicas a RTVE, lo que paralizaría la ley hasta que se pronuncie
  • El Supremo podría elevar asimismo una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea

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Fachada del Tribunal Supremo
Fachada del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo podrá plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Constitucional ante una hipotética ley de amnistía que afecte a los procesados por el alto tribunal, así como elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Fuentes jurídicas a RTVE han explicado que no solo el instructor del procés en el Supremo Pablo Llarena, sino que cualquier juez del territorio que dude de la constitucionalidad de la ley puede plantearlo así ante el Tribunal Constitucional.

La ley de amnistía es la condición que ha puesto el expresidente catalán Carles Puigdemont para negociar el apoyo de Junts a la investidura de un presidente del Gobierno. Puigdemont, huido de la justicia española desde 2017 por el 'procés', está pendiente de conocer si la justicia europea le devuelve la inmunidad parlamentaria, una decisión que el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena también espera para decidir si reactiva la euroórden de detención contra él y contra el exconseller Antoni Comín.

En la actualidad, no llega al centenar los procedimientos penales abiertos por el procés, si bien luego hay otros administrativos (multas) que tienen otra consideración.

Posibilidad de suspensión hasta que el Constitucional se pronuncie

Así, en caso de aprobación de una ley de amnistía, Llarena y el resto de jueces que instruyan causas relacionadas con el procés tienen que aplicar la ley, aunque previamente hayan elevado una cuestión de inconstitucionalidad. "Ningún juez puede negarse a aplicar la ley, aunque tenga sus dudas, no se puede dejar en suspenso a la espera del TC", añaden las fuentes.

Otra cosa, precisan las fuentes, es que al plantear sus dudas al tribunal de garantías, alguno solicitase la adopción de la medida cautelar de suspensión, algo inusual en este tipo de trámites.

Sin embargo, el TC señala en su propia página web que "el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad determina la suspensión provisional de las actuaciones en el proceso judicial hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre su admisión y, de ser admitida, hasta que resuelva definitivamente la cuestión", es decir, que no es que los jueces se puedan negar a aplicarla, es que si se recurre ante el TC se suspendería automáticamente.

Trasladar la cuestión a la justicia europea

En paralelo a la cuestión de inconstitucionalidad, es posible presentar un cuestión prejudicial ante el TJUE, es decir, abrir dos vías, una en España y otra en Europa, de cuyos efectos hay dudas.

Porque hay fuentes que señalan a Efe que la mera presentación de una cuestión prejudicial en Europa no conlleva tampoco la suspensión de la aplicación de la amnistía, en cambio otras fuentes consultadas afirman abiertamente lo contrario, que la ley quedaría suspendida, que es precisamente lo que dice el tribunal europeo.

El TJUE deja claro en sus recomendaciones a los órganos jurisdiccionales nacionales que quieran plantear cuestiones prejudiciales, que se puede consultar en su web, que "el procedimiento nacional debe suspenderse hasta que el TJUE haya emitido su fallo"

En España, no hay unanimidad sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía que pide Puigdemont. Algunas voces sostienen que no tiene encaje legal mientras que otras aseguran que tiene cabida en nuestra Carta Magna porque nada dice sobre una amnistía y eso que fue aprobada tras la ley de 1977.