La ponente del Constitucional propone rechazar el recurso del PSOE de revisar los votos nulos de Madrid del 23J
- La Fiscalía también rechaza este recuento de 30.000 votos después de que el Supremo también se opusiera
- El tribunal se ha negado a apartar del proceso a la ponente, la magistrada Laura Díez, como pedía el PP
La magistrada del Tribunal Constitucional Laura Díez propondrá rechazar la petición del PSOE de revisar más de 30.000 votos nulos contabilizados en Madrid en las elecciones generales del pasado 23 de julio. Fuentes jurídicas han informado este lunes a RTVE del sentido de la propuesta de Díez de oponerse a este recurso que presentaron los socialistas a una decisión anterior del Supremo, que rechazó revisar estos votos.
La ponente pide, como ya hizo el Alto Tribunal, que se respete a las juntas electorales y señala que no hay proporcionalidad en la petición del PSOE. Fuentes del Constitucional señalan que el recurso se admitió a trámite porque no había jurisprudencia sobre el asunto, pero apuntan que no hay ningún indicio de irregularidad en el recuento y que recontar sin causa provocaría que se convirtiese en ordinario algo que solo puede ser extraordinario.
El Constitucional decidirá este martes sobre el recurso, y se espera que el fallo sea inmediato, ya que la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, ha convocado a las 09.00 horas a la Sala Segunda, apenas una hora antes de que comience el pleno ordinario del Constitucional.
La ponencia ha recaído en la magistrada progresista Laura Díez, cuya recusación planteó el PP por haber trabajado "bajo las órdenes directas" de Carmen Calvo y Félix Bolaños desde el 4 de febrero de 2020 hasta el 26 de abril de 2022, petición que ha rechazado por unanimidad la Sala.
Según las fuentes consultadas, Díez coincide con el criterio del Ministerio Fiscal que ha enmendado su posición, dado que en el procedimiento ante el Tribunal Supremo apoyó el recurso del PSOE "ante lo ajustado del resultado electoral" y para "despejar cualquier asomo de duda razonable sobre la voluntad verdadera y exacta" de los ciudadanos.
La Fiscalía también pide desestimar el recurso del PSOE
La Fiscalía ha pedido también este lunes al Tribunal Constitucional que desestimara el recurso del PSOE. En su escrito al tribunal de garantías, al que ha tenido acceso RTVE.es, el Ministerio Fiscal cambia su criterio y entiende que los argumentos expuestos en la sentencia del Supremo, que avaló a la Junta Electoral Central, "se ajustan a la doctrina que emana de la jurisprudencia constitucional".
El Supremo consideró que no se daban los requisitos exigidos en la doctrina ni se habían aportado datos que verifiquen la relevancia del recuento en el resultado final. "La mera diferencia numérica en los resultados que se aduce en este caso (1.200 votos) no es base suficiente para la revisión", sentenció el Supremo.
Y ahora la Fiscalía explica que dicha doctrina "no permite reconocer la existencia de un derecho incondicionado, basado en la mera voluntad manifestada de los interesados, a la revisión por las Juntas Electorales de los votos declarados nulos y no protestados".
"Ni sostener que tal supuesto derecho forma parte del contenido esencial del derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos representativos", añade la Fiscalía en relación al artículo 23 de la Constitución.
Por eso, considera que las resoluciones de la Sala de Vacaciones del Supremo y de la administración electoral "no vulneraron el mencionado derecho fundamental".
El Constitucional tiene ya todas las alegaciones para resolver el recurso
Con las alegaciones ya sobre la mesa de la Fiscalía, PP y Vox, el Tribunal Constitucional resolverá el martes esta cuestión una vez que ha rechazado por unanimidad apartar a la magistrada Laura Díez, ponente del recurso del PSOE.
El PP argumentó que había "ausencia de imparcialidad objetiva" porque Díez fue alto cargo del Gobierno, trabajó "bajo las órdenes directas" de Carmen Calvo y Félix Bolaños desde el 4 de febrero de 2020 hasta el 26 de abril de 2022, y fue designada magistrada en el TC por el mismo Gobierno, por lo que ven "interés en favorecer los intereses del PSOE y del ministro Bolaños".
Pero la Sala Segunda del Constitucional ha inadmitido la recusación del PP contra Laura Díez al entender que los hechos alegados carecen de relación y no son susceptibles de integrar la causa de recusación invocada por el PP, esto es, tener interés directo o indirecto en la causa.