Condenan a 6 años de cárcel al exdirector de la Faffe por pagos en prostíbulos con tarjetas de la Fundación
- El condenado tendrá que indemnizar a la Junta de Andalucía con 24.129 euros y pagar una multa de 7.200 euros
- También condenan a cinco años y tres meses menos un día de prisión a la ex directora económica-financiera de la Faffe
La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis años de cárcel al ex director general de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (FAFFE) Fernando Villén por los pagos de 32.556 euros en prostíbulos con tarjetas bancarias de la Fundación, así como a cinco años y tres meses menos un día de prisión a la ex directora económica-financiera de la Faffe Ana V.R, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en un comunicado.
Según la sentencia notificada este jueves a las partes personadas, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, la Audiencia condena a Fernando Villén a indemnizar a la Junta de Andalucía con 24.129 euros (resultado de restar al importe total de los gastos de 32.566 euros, la devolución realizada por el acusado de 8.437 euros el 25 de marzo de 2010), así como a que, de manera solidaria con la acusada, indemnicen igualmente a la Administración autonómica con 6.300 euros.
También impone a Fernando Villén una multa de 7.200 euros e inhabilitación especial para el ejercicio de cargo o empleo público durante seis años por un delito continuado de malversación en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento oficial en concepto de inductor.
Este fallo se produce tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el pasado mes de junio en el que declaró por unanimidad culpable al ex director general de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo por los pagos de 32.556 euros de forma 'ilícita' en clubes de alterne con tarjetas de la Fundación y 'simular' unas devoluciones que no se produjeron.
"Aficción descontrolada" por los prostíbulos
La Audiencia considera probado que Villén fue nombrado director general técnico de la Faffe desde que fue creada en 2003 y el Patronato "había autorizado que dispusiera de tarjeta de crédito para el abono de gastos de representación".
Así, Villén "llevó a cabo de manera continuada una disposición ilícita de los fondos de dicha entidad, utilizándolos para abonar los servicios que había solicitado en distintos locales de alterne de Sevilla y otras provincias andaluzas, usando la tarjeta que en cada momento dispuso como director contra las cuentas de la fundación". Por ello, sostiene que "tenía una afición descontrolada" por este tipo de locales.
"Utilizando tres tarjetas distintas dispuso de un total de 32.566 euros para gastos en prostíbulos con cargo a los fondos de la Faffe" y, según el texto, no hay constancia alguna de que devolviera el dinero ya que no existe documentación justificativa, y “solo devolvió parcialmente los gastos realizados los días 22 y 23 de marzo de 2010” en uno de los prostíbulos.
Condena también a la ex directora económico-financiera de la Faffe
También ha condenado a cinco años y tres meses menos un día de prisión a la ex directora económica-financiera de la Faffe Ana Valls como autora de un delito de malversación en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento oficial y a 5.840 euros de multa e inhabilitación especial para el ejercicio de cargo o empleo público durante cinco años, ha informado el TSJA.
La Audiencia indica que ambos condenados "decidieron de común acuerdo", aprovechando el control y acceso que Valls tenía de la contabilidad y de la caja central "simular las devoluciones de los gastos de tarjeta -de Villén- mediante el procedimiento del ingreso fingido de tales devoluciones en metálico".
La Audiencia Provincial remarca en su sentencia que "queda patente la contumacia y frecuencia con la que el acusado disponía de los fondos públicos para gastos en prostíbulos, de elevadas cantidades en ocasiones, que además simultaneaba con gastos de recursos propios en los citados locales, incluso con coincidencias de fechas".
A la hora de concretar las penas a imponer, y en el caso del ex director de la fundación, la Audiencia tiene en cuenta "las circunstancias personales, pues aparte de los miembros del Patronato, era el máximo dirigente de la Faffe en su condición de director general técnico, en el que el Patronato constituido por relevantes miembros de la Administración Autonómica había delegado amplias facultades y por ello su máxima confianza".
Se añade "la gravedad en la persistente repetición de actos de apropiación de fondos públicos a lo largo del tiempo, pues si sumados todos los pagos que realizó mediante la tarjeta de la fundación en los días que se han declarado probados, suman 40 pagos, esto es, 40 veces que se apropió de fondos públicos, realizando varios pagos en una sola jornada, llegando hasta nueve pagos en un mismo día".
En el caso de la condenada, y a la hora de establecer la pena a imponer, la Audiencia tiene en cuenta que "sólo existió por parte de la acusada una conducta malversadora y que no se ha acreditado que obtuviera de ninguna de las conductas delictivas acreditadas beneficio propio alguno".