Enlaces accesibilidad

Un cambio de género con la 'ley trans' no permite eludir la cárcel

Por
Mensajes falsos sobre las implicaciones legales de un cambio de sexo, con el sello Falso
Mensajes falsos sobre las implicaciones legales de un cambio de sexo

Desde la entrada en vigor de la conocida como 'ley trans' circulan en redes sociales mensajes que aseguran que un cambio de sexo en el Registro Civil permite a un procesado evitar la cárcel o reducir la pena. Es falso. Se juzga a la persona de acuerdo con el género que tiene en el momento en el que comete el delito. Una solicitud posterior de cambio de sexo no afecta al proceso penal y puede llegar a ser anulada si se determina que la persona la ha solicitado en fraude de ley. En VerificaRTVE te lo explicamos con la ayuda de expertos.

“Un maltratador con dos condenas en firme, ha solicitado en el registro un cambio de sexo porque se siente mujer, para que le suspendan su última pena y así evitar entrar a la cárcel”, dice un mensaje publicado en la red social X. “Un maltratador podría solicitar el cambio de sexo y dejaría de aplicarsele la ley de violencia de género (sic)”, leemos en otra publicación. “No está previsto en la ley ningún procedimiento para parar un cambio de sexo en el Registro Civil que sea fraude de ley”, asegura otro usuario.

Un cambio de sexo en el Registro no evita el ingreso en prisión

Los delitos se juzgan por la condición de la persona en el momento de cometerlos, por lo que el cambio de sexo únicamente tiene efectos a partir de ser autorizado y no afecta a hechos anteriores. Así lo recoge el artículo 46 de la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI: “La resolución que acuerde la rectificación de la mención registral del sexo tendrá efectos constitutivos a partir de su inscripción en el Registro Civil”. Este supuesto solo se aplicaría a “los delitos de violencia de género, pues únicamente pueden cometerlos hombres” porque “la inmensa mayoría de delitos se juzgan igual con independencia del género de la persona que los cometa”, indica a VerificaRTVE el consultor de Derechos Humanos y LGTBI Francisco Peña.

El catedrático de Derecho Penal José Manuel Paredes Castañón explica que “las únicas consecuencias prácticas del cambio en la identidad de género de una persona investigada o condenada tienen que ver con el régimen de cumplimiento de la pena”. Sobre este punto, el abogado penalista David Fechenbach detalla que se podría solicitar “el cambio de centro penitenciario para ingresar en uno que se adapta al género al que pertenece”. Paredes Castañón aclara que “estrictamente hablando, no tiene derecho a que se le otorgue, sino que es una decisión discrecional de la Administración Penitenciaria”. Este experto señala que “podría suceder que el cambio de género hiciese variar la evaluación acerca de su peligrosidad criminal”. Esto, explica, influye “en la clasificación en grado, permisos de salida, tratamiento penitenciario, tercer grado o en la libertad condicional, si se dan el resto de las condiciones legalmente exigidas”. Para el abogado especializado en derechos LGTBI Saúl Castro “el género no debe influir en la peligrosidad criminal”.

Un cambio de sexo en fraude de ley sería nulo

El fraude de ley consiste en “camuflar o disfrazar una conducta como si fuera otra para burlar una norma”. Tal y como nos indica Saúl Castro, “esta figura jurídica no aparece de forma específica en cada ley”, sino que se regula en el artículo 6.4 del Código Civil y en el 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Según explica Castro, “si se cuestiona la rectificación registral por existir indicios de que la misma se ha hecho con el objeto de cometer fraude de ley para poder acceder a cualquier beneficio, la consecuencia que conlleva es que se va a anular la rectificación registral y que cualquier consecuencia jurídica o beneficio jurídico derivado de esa rectificación registral se va a revocar”.

En la misma línea se manifiesta Francisco Peña: "Si hay alguna prueba, aunque sea indiciaria, de que un cambio de sexo es en fraude de ley, el cambio de sexo será nulo y no producirá efectos”. Sobre este punto, el abogado penalista David Fechenbach dice que “si abrimos la normativa para poder cambiar de sexo libremente, no deberíamos cuestionar sus decisiones [las de la persona que lo solicita]”. Concluye que “un juez necesita pruebas, no sospechas” y reconoce que “el sistema penitenciario no está preparado para este desafío”.

La 'ley trans' ha sido objeto anteriormente de bulos y falsedades difundidos en redes con el fin de estigmatizar y ridiculizar al colectivo LGTBI. En VerificaRTVE ya desmentimos titulares engañosos que afirmaban que un hombre había cambiado de sexo para burlar la ley o el mensaje falso que aseguraba que con la 'ley trans' es posible cambiar de género en el registro con un trámite en un sólo día.