Un juzgado de Madrid anula la licencia urbanística que permite las exhumaciones de Cuelgamuros
- La jueza indica que por la "complejidad" de las obras entran en "el ámbito de un plan especial" y no una licencia
- Fuentes del Ministerio de la Presidencia aseguran que se recurrirá la sentencia
Un juzgado de Madrid ha anulado el acuerdo del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial (Madrid) por el que se había concedido una licencia urbanística para las obras necesarias para realizar las exhumaciones de la Basílica de Valle de Cuelgamuros, una decisión que , según fuentes del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, será recurrida.
El proceso, que ya había sido paralizado en 2021 al considerar que podría producir daños irreparables en la iglesia, sufre un nuevo revés, en esta ocasión, por discrepancias en la forma. Tal y como explica la jueza Eva María Bru en la sentencia, a la que ha tenido acceso RTVE, con el procedimiento se trataba de esclarecer si las obras de acceso a la cripta requerían una licencia de obras, como fue el acuerdo entre Patrimonio Nacional y el Ayuntamiento del Escorial; o un plan especial debido a la singularidad del sitio como defendían los demandandes, entre los que se encuentra la Fundación Francisco Franco.
Esta sentencia llega después de que el Tribunal Supremo respaldara la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de avalar las obras pese a la suspensión de 2021; la posterior reanudación de los trabajos y la exhumación de 128 de las 33.833 víctimas de ambos bandos de la Guerra Civil que se estima que hay enterrados en el Valle, y que hacen de este lugar la fosa común conocida más grande España.
Considera que las obras deben hacerse con "un plan especial"
Tras examinar el caso, la magistrada ha indicado que, debido a la "complejidad" de las obras, reconocida en la descripción del proyecto, estas "entraban en el ámbito de un plan especial", pese a los "esfuerzos de Patrimonio Nacional" por encajarlas "dentro de una mera licencia de obras".
"La licencia de obras está supeditada a trabajos de mantenimiento, consolidación, recuperación o rehabilitación", ha afirmado la jueza en el texto, mientras que en el proyecto se habla de "ampliación", algo que está prohibido autorizarse a través de licencias para asegurar "la protección integral del Bien".
La jueza ha considerado, además, que el arquitecto municipal no realizó "una valoración y calificación de las obras", sino que se limitó a "reproducir la normativa municipal y los datos existentes en el proyecto que fue presentado por Patrimonio Nacional", dando por válida la calificación, "lo que a su vez conlleva un Acuerdo municipal" que es un "copia y pega" del informe.
El Gobierno dice que recurrirá la sentencia
Contra este procedimiento, llevado a cabo en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Madrid, cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En este sentido, fuentes del Ministerio de la Presidencia de Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática han informado a RTVE, que se recurrirá la sentencia. El Gobierno ha reafirmado, además, "su compromiso con la localización y recuperación de los restos de las víctimas, tal y como desean sus familiares", según estas mismas fuentes.
El Juzgado madrileño ya impuso medidas cautelares, durante este mismo procedimiento hace dos años. En aquel momento, la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica recurrió la licencia, otorgada en 2021 por el Ayuntamiento del Escorial, porque consideraba que ello influiría en la "necesidad de respetar el sagrado reposo eterno" de los fallecidos y sus familias.
Las medidas de suspensión de las obras fueron recurridas y levantadas en una resolución que, además, ha sido avalada por el Tribunal Supremo este mes de marzo. Los trabajos, por tanto, siguieron en marcha para habilitar los accesos a los columbarios y asegurar las estructuras arquitectónicas que lo necesitaran, previas a las primeras exhumaciones que se han realizado en junio en Cuelgamuros, antes conocido como del Valle de los Caídos y que cambió su nombre por la Ley de Memoria Democrática.
Continúa, de esta forma, un periplo judicial comenzado en 2016, cuando una sentencia reconoció a los familiares de Manuel y Antonio Ramiro Lapeña, fusilados en 1936 y enterrados en el Valle en 1959, a exhumar sus cuerpos. No fue, sin embargo, hasta 2020 cuando Patrimonio Nacional reconoció el derecho a exhumación a aquellos que puedan acreditar que sus familiares están enterrados allí.