El Supremo impone 5.400 euros de intereses a Irene Montero en su condena por llamar "maltratador" a un hombre
- Pertenecen al proceso que la condenó a indemnizar con 18.000 euros al exmarido de la expresidenta de Infancia Libre
- Tiene un plazo de 20 días para publicar el fallo de la resolución y eliminar el tweet de 2022 en el que realizaba las acusaciones
El Tribunal Supremo impone a la ministra de Igualdad en funciones, Irene Montero, el pago de 5.400 euros por intereses y costas en un procedimiento en el que ya consignó los 18.000 euros de indemnización al exmarido de María Sevilla, expresidenta de Infancia Libre, por llamarle "maltratador".
Además, la Sala Civil del Alto Tribunal le da un plazo de 20 días para que publique en su cuenta de X (antes Twitter) el encabezamiento y fallo de la sentencia, elimine el mensaje del 25 de mayo de 2022 en el que se reproducían esas acusaciones, así como para que haga público el fallo de la resolución en un periódico de ámbito nacional.
El Supremo ha dictado este miércoles auto de ejecución de la sentencia en la que, el pasado 8 de junio, condenó a Montero por vulneración del derecho al honor, por unas palabras pronunciadas en el acto de inauguración de la nueva sede del Instituto de las Mujeres, y la publicidad dada a aquellas, en su cuenta de la red social X.
"Las madres protectoras -dijo la ministra en aquel acto- sufren injustamente y, en muchos casos, suponiendo una vulneración de muchos de sus derechos, la criminalización y la sospecha por parte de la sociedad, cuando lo que están haciendo no es otra cosa que defenderse a sí mismas y defender a sus hijos e hijas frente a la violencia machista de los maltratadores".
Montero ya consignó la indemnización, pero no los intereses ni las costas
Rafael Marcos denunció que Irene Montero hizo estas declaraciones tras conocerse que el Gobierno indultaba parcialmente a su exmujer, María Sevilla. Esta fue condenada en 2020 a dos años y cuatro meses de cárcel y a la pérdida de la patria potestad de su hijo por un delito de sustracción de menores de ese niño, al que no permitía acercarse a su padre.
En su sentencia condenatoria, el Supremo entiende que las palabras de la ministra "no son genéricas sino que, del contexto y de su literalidad, cabe deducir que se hace alusión al demandante y que se le atribuyen hechos constitutivos de violencia machista".
Añade que "no existiendo ninguna resolución judicial que permita concluir que el demandante sea autor de episodios de violencia de género o doméstica, ni autor de abusos sexuales en la persona de su hijo, la atribución de hecho de aquella naturaleza carece de cualquier base fáctica objetiva que permita sostenerlos con el mínimo rigor exigible".
Recientemente, Irene Montero consignó la indemnización de 18.000 euros a Rafael Marcos que le impuso el alto tribunal, pero no así los intereses y las costas, que el Supremo fija en 5.400 euros.