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Los juristas de Sumar plantean una amnistía desde 2013 por la "falta de proporcionalidad" en sentencias del 'procés'

  • Consideran que sentaría las bases para la "solución del conflicto político" entre Cataluña y el Estado
  • Se verían beneficiados tanto Puigdemont como los imputados en las protestas contra la sentencia del 'procés', más de 700

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Los juristas de Sumar plantean una amnistía desde 2013 por la "falta de proporcionalidad" en sentencias del 'procés'

El equipo de juristas convocado por Sumar para proponer una ley de amnistía ya tiene su dictamen. En él, señalan que la amnistía a los encausados del 'procés' es necesaria para "establecer las bases para la solución del conflicto político existente entre Cataluña y el Estado español" y consideran probado que tiene cabida constitucional y legal, según un texto de 40 páginas presentado este martes en Barcelona en un acto al que ha acudido la líder del partido y vicepresidenta segunda en funciones, Yolanda Díaz.

La amnistía se justifica, entre otros motivos, por "la falta de proporcionalidad con la que se adoptaron ciertas decisiones judiciales" tras el 'procés' y afectaría a "aquellas acciones y omisiones que hayan tenido por finalidad la reivindicación del derecho de autodeterminación de Cataluña", así como a policías condenados por su actuación durante el referéndum del 1-O, aunque con excepciones. Tendría como ámbito temporal aquellos delitos cometidos entre el 1 de enero de 2013, cuando se entiende que comenzó el 'procés', y el 17 de agosto de 2023, cuando se constituyó el actual Parlamento, que podría decidir la amnistía.

El texto sitúa la amnistía en una "segunda fase de despenalización" tras la derogación del delito de sedición y el indulto a los nueve condenados por el 'procés' en 2021, con el fin de contribuir a la superación del "conflicto político catalán" mediante la "renuncia a la persecución penal de ciertos delitos".

Beneficiados Puigdemont, los CDR o imputados del Tsunami Democràtic

Se vería beneficiado por esta amnistía el expresident catalán, Carles Puigdemont, procesado por malversación y desobediencia -delitos incluidos en esta propuesta-, así como otros miembros de su Govern y unos 50 cargos de la Generalitat, pero también los encausados en las protestas contra la sentencia del 'procés' en 2019, en las que fueron imputadas penalmente unas 700 personas.

Según el texto presentado, el perdón también abarcaría a los imputados por los cortes de carreteras de aquellos días -250 personas-, unos 700 alcaldes investigados por apoyar el referéndum del 1-o de 2017, los CDR condenados por delitos contra el orden público o los implicados en el movimiento Tsunami Democràtic.

En general, se amnistiarían los delitos tipificados en el Código Penal como delitos contra la Administración Pública, contra la Constitución, contra el orden público, de lesiones, amenazas, coacciones, descubrimiento y revelación de secretos, allanamiento de domicilio de personas jurídicas, daños, falsedades documentales y usurpación de funciones públicas.

En cuanto a los policías condenados por sus acciones en el 1-O, se perdonaría a aquellos que hubieran hecho un uso desproporcionado de la fuerza pero quedarían fuera las actuaciones susceptibles de ser calificadas como delitos de torturas y otros delitos contra la integridad moral o detenciones ilegales.

Esta propuesta la han elaborado los juristas expertos en Derecho penal Nicolás García Rivas, de la Universidad de Castilla-La Mancha, Guillermo Portilla Contreras, de Universidad de Jaén, Rafael Rebollo Vargas, de la Universitat Autònoma de Barcelona, Antoni Llabrés Fuster, de la Universitat de les Illes Balears y Javier Mira Benavent, de la Universitat de València.

Sumar defiende el texto: "En una democracia no mandan los jueces"

En el acto celebrado en el Ateneu de Barcelona no ha intervenido Díaz, que ha cedido el protagonismo a Jaume Asens, de En Comú Podem, negociador del partido con los partidos independentistas. Este ha aclarado que el dictamen de los juristas "no pretende ser un punto final de nada" ni "un texto acabado", sino que pretende "contribuir al debate público".

Asens ha defendido que la amnistía "no es una moneda de cambio para conseguir una investidura" sino que es una "oportunidad política" para "superar una etapa de enfrentamiento, una etapa en la que ha habido golpes de porra, prisión, unilateralidad y un fracaso del diálogo".

También ha reivindicado que "en una democracia no mandan los jueces, mandan los ciudadanos a través de sus representantes" y ha criticado que "en demasiadas ocasiones hemos visto a la derecha judicial queriendo ser los protagonistas y suplantando la voluntad de los ciudadanos".

El PSOE y ERC, críticos con la propuesta; Junts, a favor

El partido ha ido bajando las expectativas sobre el dictamen en los últimos días, y han explicado que no es la propuesta del partido, sino de los juristas a la que se la han encargado, de la que podrían tomar una parte o todo para defenderla políticamente. Desde sus socios de Gobierno del PSOE aclaran que este texto representa la postura de Sumar, no la suya.

También han sido críticos con el acto desde el Govern, que cree que el acto "no es la mejor manera de contribuir a una negociación" que debe ser "discreta". Por el lado contrario, la formación más favorable a la propuesta del partido de Díaz es Junts. El eurodiputado de esta formación -y beneficiado según este texto de la amnistía- Toni Comín, ha opinado que el dictamen "es una buena propuesta, llena de elementos útiles". "Sumar abre un camino que después el PSOE, tarde o temprano, ha de acabar transitando igualmente", ha defendido.

Defienden la constitucionalidad de la amnistía

Para los juristas que han elaborado esta propuesta de ley de amnistía, no hay dudas sobre su constitucionalidad. Aducen que el hecho de que no aparezca en la Constitución de 1978 no significa que no sea inconstitucional. "De los silencios no se derivan prohibiciones", expresan, y lo comparan con la Constitución alemana, en la que tampoco hay mención a la amnistía pero donde el Tribunal Constitucional Federal ha interpretado que se pueden aprobar leyes al respecto cumpliendo algunos requisitos.

Consideran que una amnistía no es igual que un "indulto general", que sí que está expresamente prohibido en la Carta Magna española, ya que la primera tiene carácter político y la segunda judicial. También defienden que no atenta contra la división de poderes ya que impide juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, pero "parece olvidarse que esos mismos efectos los produce el indulto, sin que a nadie se le haya ocurrido considerar que este es por ello inconstitucional".

Otros ejemplos para justificar su legalidad son la mención a su presencia en la ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882, todavía vigente, o en un decreto de 2005 sobre el régimen disciplinario del personal al servicio de la Administración de Justicia. También citan varias sentencias del Tribunal Supremo en las que se reafirma la vigencia de la ley de amnistía de 1977 a pesar de ser preconstitucional, un texto también validado por el Congreso en varias ocasiones al rechazar su derogación, y otros fallos del Tribunal Constitucional, como el de 1986, ya en tiempos constitucionales, en la que se reconoce la legalidad de la amnistía.

Por último, cita la llamada amnistía fiscal de 2012, también juzgada por le Constitucional y declarada inconstitucional aunque por otros motivos: "El Tribunal no emitió ningún reproche ante la posibilidad de que, utilizando el mecanismo adecuado, se acordara una amnistía". El dictamen sí que incide en que una amnistía debe tener límites: los delitos de lesa humanidad y genocidio, que no prescriben.