Seguros de decesos: una modalidad arraigada a la "tradición familiar" y la incertidumbre, pero más alejada de los jóvenes
- Cubre la prestación de servicios funerarios como el entierro o la cremación, el ataúd y la gestión de documentos
- El 46,6% de españoles lo tiene, según UNESPA, pero los menores de 30 años apenas lo conocen y no se plantean contratarlo
Ana, de 58 años, tiene un seguro de decesos para ella y para su hija. "Lo pago desde hace casi 20 años", explica a RTVE.es, "y lo hago, quizás, por tradición familiar". Como cuenta, es algo que conoció cuando era pequeña porque sus abuelos se lo pagaban a sus padres, y posteriormente estos hicieron lo mismo con ella y sus hermanos. Por tanto, decidió continuar con la tendencia: "Cuando me independicé, decidí hacerme una póliza para mí y para mi hija".
Y no solo por tradición, sino que también lo hizo por la incertidumbre económica, sobre todo a raíz de su separación. "La muerte te puede llegar en cualquier momento", señala, "y te puede pillar en una época mala en la que no tienes dinero y los gastos del entierro o cremación son muy elevados".
Por ello, para quitarse el "agobio" que le causaba dejar cargas económicas a sus seres queridos en caso de fallecimiento, contactó con una aseguradora para que se encargara de los trámites y gastos posteriores, y paga 25 euros al mes por este servicio: "Si nos pasa algo, por lo menos no añadimos problemas a un momento que de por sí ya es muy duro, porque te lo dan todo hecho".
Conoce a más personas que lo tienen contratado, pero reconoce que todas superan los 70 años de edad. En su caso, lo ve como una inversión que acabará amortizando. "Como no sabes cuándo vas a morir, desconoces si vas a acabar pagando mucho o poco", matiza, "pero probablemente sea el seguro mejor empleado, porque tarde o temprano todos nos vamos a morir".
El 46,6% de españoles tiene un seguro de decesos, como indica el informe Los seguros de decesos en España. Datos 2022 de la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA). Según este estudio, es una de las modalidades más habituales en el país, junto a los seguros de vida y de automóvil. Además, no está repartido de forma homogénea y Cádiz es la provincia con mayor volumen de asegurados en términos relativos, un 78,3%, seguida de Ávila, Badajoz y Ciudad Real.
Las mayores tasas de contratación se concentran en hogares donde viven parejas sin hijos y donde uno de los miembros tiene más de 65 años. Por el contrario, tiene menos presencia en los menores de 30 años. ¿Qué cubre este tipo de seguro? ¿Por qué todavía muchos jóvenes lo ven como algo lejano a sus vidas? ¿Está extendido en Europa?
Gastos funerarios y gestión de documentos: las principales coberturas
Este seguro "se encarga de coordinar y prestar a través de diferentes proveedores un servicio de inhumación o de incineración a los familiares del asegurado", explica a RTVE.es Raquel del Amo, subdirectora de Desarrollo de Negocio de Decesos de MAPFRE España. Como matiza, no es un seguro de indemnización de capital y, en cualquier caso, sus prestaciones se activan en el momento de fallecer el asegurado.
Tomando como base la póliza general más común, estos servicios funerarios incluyen el ataúd, el coche fúnebre, el tanatorio, las flores y la testamentaría. También la gestión documental que la familia tiene que hacer y que puede ser "muy tediosa" en esos momentos: certificados de defunción, de últimas voluntades, de pensiones y de seguros de vida, e incluso un borrado de huella digital de la persona fallecida si tenía presencia en redes sociales.
Asimismo, cubre el traslado del cuerpo si ha muerto fuera de su lugar de residencia, o bien si lo ha hecho durante unas vacaciones en el extranjero con una duración inferior a 90 días. Este margen puede variar en función de la aseguradora, que también puede fijar un límite geográfico para aplicarlo, pero "la gran mayoría", incide la experta, lo incluye de una u otra manera: "Asumen los gastos de transporte de un familiar y estancia allí mientras se gestiona el papeleo".
"También incluye una prestación psicológica, dependiendo de las circunstancias, y puede ser en el propio velatorio o en momentos posteriores por vía telefónica", indica. Esta atención se proporciona más cuando la muerte ha sido repentina y la familia no ha tenido tiempo para asimilarlo.
¿Quién puede contratarlo?
Cualquier persona puede contratarlo para sí misma o para un familiar, incluso si este es menor de edad. "Antes era muy habitual que, después de inscribir a sus hijos en el registro, las familias fueran a la aseguradora para darles de alta", relata la subdirectora del área de decesos de MAPFRE España.
Hay dos factores básicos que determinan la tarifa del seguro: el lugar de residencia y la edad. "No tiene el mismo coste vivir en Madrid que en un pueblo pequeño y, al igual que los alquileres son más caros en la capital, también lo es pagar a los proveedores de servicios funerarios", explica.
Además, una persona joven pagará menos. Para calcularlo, las aseguradoras se guían por las tablas de mortalidad recogidas en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. “Estas indican cuántos euros tienes que pagar por cada 1.000 euros de capital asegurado en función de tu probabilidad de fallecimiento”, señala la experta. De este modo, una persona recién nacida tiene una probabilidad de fallecimiento reducida, algo que irá creciendo con la edad y que, además, se diferenciará en función de si es hombre o mujer.
El seguro se puede pagar de varias formas, mediante una prima única, que se abona de una sola vez; o con una prima periódica, que se divide en varios pagos cada cierto tiempo. Si se elige esto último, las aseguradoras suelen requerir responder a un cuestionario de salud, indica la experta.
¿Y qué ocurre si una persona muere y no tiene un seguro de decesos? Los familiares pueden contratar el servicio directamente con una funeraria, pero "si no hay familiares que se hagan cargo, el ayuntamiento suele buscarlos hasta un tercer grado de consanguinidad [bisabuelos, bisnietos, tíos y sobrinos]", recuerda.
Estos pueden aceptar o renunciar a la herencia. Si eligen lo primero, también tendrían que asumir la deuda contraída con el ayuntamiento por el servicio de sepelio. En el último de los casos, si nadie se hace cargo, el ayuntamiento realiza la cremación o el entierro sin lápida y en una fosa común.
Las primeras aseguradoras de decesos en España surgieron en 1920
Existen varias teorías sobre el origen de este tipo de seguros. Una de ellas apunta a que nació del impulso de marineros gallegos que sabían el riesgo de su labor y querían crear fondos de compensación para sus familias por si les ocurría algo, como indica FE Seguros. Expertos del sector también lo atribuyen a los carpinteros a los que los familiares encargaban los ataúdes y que, como relata la experta de MAPFRE España, garantizaban poder tener una caja de madera en el momento del fallecimiento a cambio de un pago semanal.
No obstante, después hubo entidades mercantiles con capital social y una base jurídica más sólida que empezaron a ofrecerlo. Así, cuenta que "las primeras aseguradoras de decesos como tal nacieron en 1920 en España", y actualmente no es un servicio tan extendido en Europa. Allí, dice, no hay compañías de larga tradición como en España: "Sí existen en Alemania y Francia, pero es muy minoritario. El servicio lo llevan normalmente a través de las propias funerarias, no con un seguro".
Además, remarca que la regulación concreta del seguro de decesos en España se comenzó a aplicar con la Ley 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, casi 100 años después de que aparecieran las primeras entidades dedicadas a esta actividad. Hasta entonces, comenta que se regulaba con la Ley de Contrato de Seguro de 1980.
Algo lejano para los jóvenes: “No sé exactamente qué es ni lo que cubre”
Pese a su tradición en España, muchos jóvenes lo contemplan como algo lejano. "Sé que se refiere a los gastos del entierro y el ataúd, pero no sé exactamente qué es ni lo que cubre", explica a RTVE.es Amanda, de 27 años. Desconoce si sus padres lo tienen contratado y, además, se pregunta si es algo realmente importante: "No sé si es rentable, es decir, si acabas pagando más de lo que luego realmente te puede costar si no tienes un seguro".
Por otro lado, sí cree que puede ahorrar trámites futuros a los familiares y, en cualquier caso, todas estas preguntas invitan a su reflexión: "Miraré en qué consiste, aunque sea solo por saber qué cubre concretamente".
Coral tiene la misma edad, pero cuenta con algo más de información porque era algo que tenía contratado su abuelo. En su opinión, es algo personal y depende, más que nada, de si se quiere o no "liberar" a los familiares de los trámites después del fallecimiento. "Creo que es para quienes dan importancia a los momentos post mortem y quieren un entierro o una cremación de un modo concreto", relata, "pero yo, personalmente, ni lo tengo ni me planteo contratarlo", explica a RTVE.es.
En este sentido, la experta de MAPFRE España reconoce que la contratación de este seguro entre los jóvenes es "muy complicada" porque "no ven sus efectos hasta cuando son muy mayores o cuando fallecen sus padres y ven cómo funciona". Para captar a este público, muchas compañías incluyen prestaciones complementarias que pueden disfrutar en vida, como servicios de medicina digital.
Diferencias con el seguro de vida
El seguro de decesos y el seguro de vida se activan en cuanto fallece la persona asegurada, pero no cubren lo mismo. "Todos creen que son sustitutivos cuando, en realidad, son complementarios", señala la experta de MAPFRE España.
El de decesos incluye la prestación de servicios funerarios y los trámites mencionados, mientras que con el seguro de vida los herederos o beneficiarios cobran un capital, una cantidad de dinero. No obstante, para hacerlo tiene que haber pasado un periodo de tiempo y haber abonado los impuestos por cobrarlo. Por tanto, el dinero del seguro de vida no se disfruta a los pocos días del fallecimiento del asegurado, de modo que no se puede emplear en sufragar los gastos funerarios -más inmediatos- en caso de no disponer de un seguro de decesos.
Para que una persona pueda tener un seguro de vida en España debe tener entre 18 y 65 o 70 años, en función de la compañía. En el caso de querer incluir a un familiar o pareja en la póliza, es necesario que lo firme y sea conocedora de que alguien está asegurando un capital a su nombre. Al contrario que con el de decesos, en los seguros de vida no se puede incluir a menores de edad "porque la ley no permite tener un lucro por el fallecimiento de un menor", recuerda la experta.