El exministro Fernández Díaz pide que el PP se siente en el banquillo como partícipe a título lucrativo en el caso Kitchen
- En concreto, pide que se le considere responsable civil a título lucrativo por el espionaje a Luis Bárcenas
- El magistrado rechazó incluir al PP como responsable civil subsidiario por prescripción
La defensa del que fue ministro del Interior durante el Gobierno de Mariano Rajoy, Jorge Fernández Díaz, ha solicitado ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que el PP sea sentado en el banquillo como responsable civil a título lucrativo en el caso Kitchen por el espionaje al extesorero del partido, Luis Bárcenas.
De esta forma, el exministro se ha sumado a la decisión tanto de la acusación del PSOE como del que fuera su 'número dos', Francisco Martínez, de recurir la decisión del instructor del caso, Manuel García Castellón, de impedir que la formación política pueda ser condenada.
En un escrito al que ha tenido acceso RTVE, la defensa de Férnandez Díaz, dirigida por Jesús Mandri, ha señalado que del relato fáctico de los escritos de acusación se desprende que "el origen y epicentro de los hechos presuntamente delictivos fue el espionaje y la sustracción a la familia Bárcenas de información supuestamente perjudicial para los intereses del PP, siempre en su beneficio y utilizando para tales fines fondos reservados".
Por eso, apunta que siendo así y solicitándose en el auto de apertura de juicio oral una condena en vía de responsabilidad civil para la Administración del Estado, "resulta obvio, coherente y necesario incluir al PP como partícipe a título lucrativo".
Fernández Díaz, máximo dirigente político acusado en este procedimiento, ya recurrió el auto de apertura de juicio oral para rebajar la fianza que le impuso el magistrado.
García Castellón rechazó incluir al PP como responsable civil subsidiario
Cabe recordar que, en dicho auto, García Castellón rechazó incluir al PP como responsable civil subsidiario por prescripción y estableció dicha responsabilidad en la Administración General del Estado en el caso de que los investigados resultasen condenados.
Para justificar esa decisión explicaba que hasta el momento no se había dirigido pretensión alguna en este sentido contra la formación y que, por tanto, siguiendo doctrina del Tribunal Supremo, resultaba extemporánea, teniendo en cuenta, además, que se realizaba sin concretar la cuantía ni los hechos y acciones concretas de los que emanaba dicha responsabilidad, "apreciándose una falta de relación entre los hechos que sustentan la pretensión y la persona frente a la que se ejercita la acción civil".
El PSOE recurrió esa decisión señalando que la argumentación del magistrado de que su petición era extemporánea resultaba "sorprendente, además de ser contraria a la ley".
Recordaba al hilo que la petición de que el PP entrara como responsable a título lucrativo "fue formulada al mismo tiempo que la petición contra el otro responsable civil, el Estado" que sí que fue admitida por el juez–. Y puntualizaba que en este tipo de causas "no existe norma alguna que contemple el llamamiento del responsable civil subsidiario al procedimiento durante la instrucción".
Además, se hacía eco del artículo 781.1 de la Ley Procesal para subrayar que "contempla la necesidad de que en sus escritos de conclusiones provisionales las acusaciones identifiquen a las personas responsables civilmente de los hechos".
"Por lo que será el auto de apertura del juicio oral el que determine el llamamiento al proceso de los responsables civiles", añadía, para sumar que "si esto es aplicable a los responsables civiles subsidiarios, aún con más razón resulta predicable de los participes a título lucrativo".
En dicho auto, García Castellón rechazó incluir al PP como responsable civil subsidiario por prescripción y estableció dicha responsabilidad en la Administración General del Estado en el caso de que los investigados resultasen condenados.