La ley de amnistía afecta a más de una década de 'procés', a 309 independentistas y 73 policías, y no menciona el 'lawfare'
- El texto defiende la amnistía "en aras del interés general" y de "garantizar la convivencia"
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Tras varias semanas en las que la ley de amnistía ha marcado el debate público, el contenido del texto ya es finalmente público. La proposición de ley pactada entre el PSOE y los partidos independentistas Junts y ERC propone eliminar la "responsabilidad penal, administrativa o contable" a los encausados por el 'procés', desde el 1 de enero de 2012 hasta este lunes, el 13 de noviembre de 2023, lo que abarca las consultas independentistas de 2014 y 2017.
La ley propone amnistiar, en su primer artículo, "los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña" o los cometidos para "convocar, promover o procurar la celebración" del referéndum del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017. Entre ellos, están incluidos los delitos de malversación, desobediencia, atentado contra la autoridad y desórdenes públicos, por los que están condenadas o investigadas decenas de personas vinculadas al 'procés'.
Además, da un plazo máximo de dos meses para aplicar la amnistía a los tribunales y los órganos administrativos o contables implicados en casos vinculados al procés. Establece que su aplicación será "preferente y urgente" y que los posibles recursos contra las decisiones que se adopten "no tendrán efectos suspensivos". El texto, de 23 páginas, ha sido bautizado como "Proposición de Ley Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña".
La ley finalmente no hace ninguna referencia al lawfare o judicialización de la política, un concepto que sí que aparecía en el acuerdo de investidura entre PSOE y Junts y que despertó la crítica unánime del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y de las asociaciones de jueces y fiscales.
Beneficiaría a 309 independentistas y a 73 policías
Aunque no se menciona ningún nombre propio, la amnistía beneficiaría a 309 encausados, entre los que estarían los máximos dirigentes del 'procés', como el expresident catalán, Cales Puigdemont, y el líder de ERC, Oriol Junqueras, además de a otros dirigentes del independentismo a diferentes niveles, como consellers y diputados, y a directores de colegios que pusieron urnas el 1-O, alcaldes y manifestantes. También incluye a 73 agentes policiales que actuaron durante el referéndum del 1 de octubre de 2017, según cálculos de fuentes socialistas.
La ley incluye una referencia directa al expresident Puigdemont al señalar que "quedarán sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión" así como "las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención", que afectan también a otros tres dirigentes fugados. Estos son los exconsellers Antoni Comín y Lluís Puig junto a la secretaria general de ERC, Marta Rovira. Todos ellos contaban con una orden nacional de detención dictada por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena.
El texto excluye del perdón los delitos de terrorismo cuando se haya emitido una condena firme y hayan consistido en alguna de las conductas previstas en la directiva europea de 15 de marzo de 2017, que abarca desde atentados mortales a tenencia y fabricación de explosivos, así como los de torturas.
Actualmente, hay dos causas abiertas al independentismo por terrorismo: la de las protestas de Tsunami Democràtic, en la que la Audiencia Nacional investiga a Puigdemont y la secretaria general de ERC Marta Rovira y la de los CDR encausados por planificar actos de sabotaje en repuesta a la sentencia del procés. En ambos casos la investigación sigue abierta y no hay condena, por lo que en principio estos encausados pordrían verse beneficiados igualmente de la amnistía.
Justifica la amnistía para superar un "conflicto político"
Casi la mitad del texto, 11 páginas, corresponden a la exposición de motivos, una parte fundamental para que el legislador justifique su legalidad y constitucionalidad de cara a un probable recurso ante el Tribunal Constitucional.
Justifica que se perdonen delitos vigentes "en aras del interés general", para "garantizar la convivencia dentro del Estado de derecho", generar un contexto de estabilidad económica y progreso social y cultural y servir "de base para la superación de un conflicto político".
Defiende que la norma es "constitucional" y "está dentro del ordenamiento jurídico nacional e internacional". "Esta amnistía no puede interpretarse como un alejamiento de nuestro marco", señala el texto, sino al contrario, "es una herramienta que lo fortalece y mira hacia el futuro, devolviendo al debate parlamentario las divisiones que siguen tensando las costuras de la sociedad".
Considera que es un "paso más" en un camino "difícil" pero "valiente y reconciliador". Señala "la aplicación de la legalidad es necesaria, pero, en ocasiones, no es suficiente para resolver un conflicto político sostenido en el tiempo" y defiende que "es el Derecho el que está al servicio de la sociedad y no al contrario, y que por tanto este debe tener la capacidad de actualizarse".
Menciona la Constitución decenas de veces
El texto de la ley menciona la Carta Magna decenas de veces para justificar que está dentro de la misma. Considera que la amnistía es un "mecanismo constitucional que refuerza el Estado de derecho para dar una respuesta adecuada más de diez años después del comienzo del proceso independentista", ahora que "ya se han superado los momentos más acusados de la crisis".
La proposición hace referencia a la amnistía de 1977, promulgada tras la dictadura franquista, y, aunque es previa a la aprobación de la Constitución de 1978, el texto aclara que "la constitucionalidad de la amnistía fue declarada por el Tribunal Constitucional" en la sentencia 147/1986, referente precisamente a un aspecto de la ley de 1977.
"La Constitución no prohíbe la institución jurídica de la amnistía, sino solo una manifestación concreta del derecho de gracia, como son los indultos generales", apunta el texto, e incide en que los indultos "cuentan con una naturaleza jurídica muy diferente a la que es propia de una ley orgánica de amnistía", al ser prerrogativa del Poder Ejecutivo. Recuerdan que el constituyente no prohibió la amnistía en la Carta Magna y resaltan que "la amnistía, lejos de ser una figura inconstitucional, forma parte del pacto fundacional de la democracia española y se presenta como una facultad de las Cortes Generales, en las que está representado todo el pueblo español, titular de la soberanía nacional".
Recogida en el ordenamiento español y de otros países
Además, subraya que "la amnistía no afecta al principio de separación de poderes" porque "el Poder Judicial está sometido al imperio de la ley" y esta ley orgánica prevé la exención de responsabilidad a los jueces y tribunales que hubieran perseguido los casos ahora amnistiado.
También recuerda que la amnistía está recogida en los ordenamientos de otros países: "Está prevista expresamente en los textos constitucionales de Italia, Francia o Portugal". Este último la aplicó en fecha tan reciente como el pasado agosto. Se recogen además medidas similares a las amnistías, aunque no mencionadas expresamente, en otros píses como Alemania, Austria, Bélgica, Irlanda o Suecia, que la han promulgado "decenas de veces".
Hay además jurisprudencia europea, con una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2021 que la reconoce. También "el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reconocido la validez y oportunidad política de la amnistía".
Se dejarán de pagar entre tres y cinco millones de euros
Además de los procedimientos penales, la ley de amnistía también borrará la presunta "responsabilidad contable" de más de una treintena de exdirigentes catalanes, incluido Puigdemont, que este viernes tienen un juicio en el Tribunal de Cuentas, en el que se les reclama entre tres y cinco millones de euros.
El del Tribunal de Cuentas es uno de los procedimientos más inminentes por el 'procés' y afecta, además de a Puigdemont, al expresident Artur Mas, a Junqueras, a varios exconsejeros y exaltos cargos de la Generalitat por el supuesto desvío de fondos públicos para el referéndum del 1 de octubre de 2017, declarado ilegal, y la promoción exterior del "procés".
La Fiscalía cifra ese desvío en unos 3,4 millones de euros, cantidad que reclama que abonen los abonados de forma solidaria, mientras que Sociedad Civil Catalana, que también ejerce de demandante, la eleva a 5,3.
La norma que ya ha sido registrada en el Congreso, cuyo texto se ha conocido este lunes, establece que "la amnistía se aplicará por el Tribunal de Cuentas en cualquier fase del proceso", cuando la ley entre en vigor.