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García Castellón pide al Supremo que investigue a Puigdemont y Rovira por terrorismo en el caso Tsunami

  • Señala que para esclarecer los hechos son necesarias diligencias que no puede practicar por estar aforados
  • La Audiencia Nacional abre expediente sobre la recusación rechazada por el juez que presentó un investigado

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El expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont, en Bruselas
El expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont, en Bruselas.

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón que investiga a Tsunami Democràtic por su papel en los disturbios que siguieron ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Supremo para que investigue por un delito de terrorismo en la causa de Tsunami Democràtic al expresidente de la Generalitat y miembro del Parlamento Europeo Carles Puigdemont, a la dirigente de ERC Marta Rovira y a otras diez personas.

En su exposición razonada, el magistrado señala que para el esclarecimiento de los hechos es necesaria la práctica de diligencias de investigación que no puede practicar por estar aforados Puigdemont y el diputado del Parlament de Cataluña Rubén Wagensberg.

El escrito del magistrado al Supremo señala que Puigdemont se situaría en el vértice más alto de la organización de Tsunami Democràtic y añade que su posición como expresidente y líder desde Bruselas del independentismo le confiere "una posición de autoridad incuestionable".

Según el magistrado, existen indicios que permiten inferir su participación en el nacimiento y planificación de las acciones de Tsunami. Entre esos indicios, explica, se encuentran los mensajes a través del móvil entre su jefe de gabinete, Josep Lluís Alay, y el empresario Jesús Rodríguez, las anotaciones de la agenda del primero o el impulso de Puigdemont a través de Twitter del lanzamiento de la plataforma de Tsunami.

El juez ve un rol de liderazgo de Puigdemont

Para el juez también se infiere el rol de liderazgo de Puigdemont en Tsunami de una conversación mantenida con el empresario Josep Campmajó en la que discuten sobre la actitud que están teniendo los dirigentes políticos catalanes con relación a la sentencia del 'procés'.

También explica que en este momento procesal la calificación no puede plantearse en términos excluyentes, sino que, la gravedad de los hechos y su complejidad, permiten subsumirlos en diversas infracciones que encajarían en actos de terrorismo en el sentido que prevé el Derecho de la Unión Europea.

El magistrado analiza los actos violentos que se produjeron el 14 de octubre de 2019 en el Aeropuerto del Prat y señala que se trató de una acción ilícita, en el sentido más amplio de la palabra puesto que no consta que hubiera convocatoria legal alguna para realizar una manifestación o reunión. Recuerda que no resulta posible autorizar manifestaciones y concentraciones en una instalación crítica como es el aeropuerto barcelonés.

Esa acción, según el magistrado, tiene encaje en el Código Penal por los daños materiales, las personas lesionadas, la integridad física de los presentes en la instalación aeroportuaria y la afectación al tráfico aéreo.

Alo largo de su escrito, de 101 páginas, el instructor repasa las acciones que se atribuyen a Tsunami en respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo en el juicio del 'procés', como la huelga general del 18 de octubre de 2019, el intento de afectación de las elecciones generales de noviembre o el bloqueo de infraestructuras críticas del Estado o europeas como las acciones llevadas a cabo en el aeropuerto de Barcelona-El Prat y de la torre de control ENAIRE de Barcelona-Gavà.

En relación con esto último, el magistrado destaca la "importancia estratégica de este objetivo, y las graves consecuencias que pudiera haber tenido para la seguridad del tráfico aéreo nacional e internacional el éxito de la acción pretendida".

"Si Tsunami hubiera logrado su objetivo de impedir el cambio de turno de los controladores aéreos de la instalación, esto no solo habría provocado daños económicos, sino que podría haber tenido un resultado catastrófico de consecuencias imprevisibles para las personas que en ese momento se encontraban en vuelo a bordo de las aeronaves en el área objeto de control, con el evidente riesgo y peligro para sus vidas", advierte.

Tratar de poner luz sobre la muerte de un hombre

El juez señala que no se puede minimizar el impacto que tuvo para la vida e integridad de las personas estos hechos y dice que en el marco de esta acción se produjo el fallecimiento de una persona de nacionalidad francesa.

El magistrado considera necesario averiguar si el colapso del aeropuerto pudo intervenir de algún modo en su muerte. "Dicho de otro modo, se trataría de descartar que el fallecimiento se podría haber evitado", aclara. Los disturbios, continúa, se alargaron hasta altas horas de la madrugada del día 15 con un resultado de múltiples heridos, incluyendo tanto agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad como civiles.

Por ello, el magistrado considera que la investigación también deberá esclarecer quiénes fueron los lesionados, con el correspondiente ofrecimiento de acciones, y dirimirse si los resultados lesivos resultan igualmente imputables a los responsables de la organización investigados.

"Especialmente relevante resultará esclarecer si entre los lesionados hubo usuarios del aeropuerto (viajeros, tripulación de vuelo, acompañantes o familiares de viajeros o personal del aeropuerto), a los efectos de concretar el riesgo que para la integridad física de las personas que se encontraban en el aeropuerto supuso la acción organizada por Tsunami", incide.

La Audiencia abre expediente para decidir sobre la recusación a García Castellón

Mientras, el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Alfonso Guevara, ha abierto un expediente gubernativo en el que requiere al juez Manuel García Castellón el escrito en el que un investigado del caso Tsunami pidió apartarle de la causa y éste lo inadmitió de plano.

Guevara recuerda al juez García Castellón que es la Sala de lo Penal "la competente para resolver los incidentes de abstención y recusación de los magistrados" de instrucción de la Audiencia Nacional, y solicita dicha información al magistrado.