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Baltar niega ante la jueza haber conducido a más de 200 km/h con su coche oficial

  • Se opone a que el Supremo envíe el suplicatorio al Senado para juzgarle porque dice que no cometió delito
  • Su defensa sostiene que los hechos ya "han sido resueltos" y que no se puede reabrir la causa

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José Manuel Baltar, a su llegada a declarar en el Tribunal Supremo
El senador del PP y expresidente de la Diputación de Ourense José Manuel Baltar, a su llegada a declarar en el Tribunal Supremo.

El senador del PP, José Manuel Baltar Blanco, ha negado que haya cometido un delito contra la seguridad vial por circular en un coche oficial a 215 kilómetros por hora en la A-52 la noche del 23 de abril, como señala la Guardia Civil en su informe sobre la velocidad, puesto que ha alegado que nunca rebasó los 200 km/h, el mínimo para que sea considerado delito.

Por eso, el también expresidente de la Diputación de Ourense ha mostrado su oposición a que el Alto Tribunal envíe el suplicatorio al Senado para juzgarle por un delito contra la seguridad vial.

Ha sido durante su comparencia este martes por la mañana durante media hora ante la jueza Ana Ferrer, quien le había vuelto a citar para declarar voluntariamente antes de pedir, en su caso, un suplicatorio a la Cámara Alta, un vez que la semana pasada dio plantón a la magistrada porque su abogado estaba enfermo.

La defensa alega que no hay delito

En declaraciones a los medios, su abogado Juan Ramón Montero ha explicado que "la causa está resuelta" porque ya han rendido cuentas al haber pagado la multa por vía administrativa además de la retirada de seis puntos del carnet, de manera que "no se puede reabrir" un procedimiento que "ya ha sido objeto de sanción".

El abogado ha defendido que, por lo tanto, este asunto "no debe dar lugar a ningún tipo de continuidad a la causa" y ha calificado de "innecesario" e "improcedente" el suplicatorio a la Cámara Alta.

"Para que un juez derive a una autorización preceptiva de las Cortes por una persona aforada es porque existe algún indicio de algún tipo de actuación delictiva. En este caso no lo hay", ha señalado, ya que, ha precisado, "nunca" circuló a una velocidad superior a 200km/hora. En este punto, ha reclamado que se le trate como "a cualquier ciudadano en la misma situación".

Esa velocidad es el mínimo para poder considerarlo delito, que es siempre 80 kilómetros más que el máximo establecido en ese tramo, que era de 120 kilómetros hora. El margen de error es de 10 km, por tanto, a partir de 210 es delito.

Preguntado por la documentación de la Guardia Civil que cifra la velocidad a 215 km/hora, el letrado ha desmentido al instituto armado al decir no solo que "no fue así", sino que "la Guardia Civil dijo que no era superior a los 200 km" y "eso es lo que pasó". "Cualquiera otra alteración sería la irregularidad", ha añadido el letrado, que ha reclamado al Supremo "igualdad ante la ley".

Segunda citación

Baltar ha llegado acompañado de su abogado media hora antes de lo fijado por la magistrada instructora, que le citó a las 10.00 horas de este martes para prestar declaración voluntaria. El senador no ha dado declaraciones a la prensa ni a su llegada ni a su salida del tribunal.

Esta es la segunda citación que le extiende la juez; la primera fue la del 12 de diciembre, pero el que fuera presidente del PP de Ourense hasta el pasado octubre no acudió al alto tribunal y pidió un aplazamiento alegando que a su abogado le era imposible acudir por estar enfermo.

Así, la magistrada fijó nueva fecha para la declaración voluntaria. El objetivo de esta declaración voluntaria es determinar la viabilidad de las pesquisas antes de cursar el debido suplicatorio al Senado para proceder formalmente contra el político 'popular'.

El Tribunal Supremo abrió una causa contra Baltar al apreciar que pudo incurrir en un delito contra la seguridad vial cuando el pasado mes de abril circulaba a 215 kilómetros por hora en un tramo de la autovía A-52, a la altura de la comarca zamorana de Sanabria, limitado a 120.

La Sala de lo Penal recibió el pasado 27 de septiembre testimonio de juicio rápido y diligencias urgentes remitidas por juzgados de Zamora y Puebla de Sanabria por el aforamiento de Baltar al ser nombrado senador.

Antes de que el caso llegara al Supremo, el Ministerio Fiscal había presentado escrito de acusación contra Baltar considerándolo autor de un delito contra la seguridad vial, en la modalidad de conducción de vehículos a motor a velocidad superior a la legalmente permitida del artículo 379.1 del Código Penal.

La Fiscalía pidió una pena de seis meses de multa a razón de cuota diaria de 10 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria que en caso de impago establece el artículo 53 del Código Penal y 1 año y 1 día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.