La Audiencia Nacional decreta seis meses de internamiento para el menor detenido por yihadismo en Montellano, Sevilla
- Responde así a la petición de la Fiscalía para evitar que se sustraiga de la acción de la Justicia
- El detenido se habría hecho con diversas sustancias para elaborar explosivos
El juez de Menores de la Audiencia Nacional José Luis de Castro ha ordenado el internamiento en régimen cerrado por un periodo de seis meses, prorrogables, para el menor de 17 años detenido este domingo en Montellano (Sevilla) al que se le atribuyen los delitos de organización terrorista, adoctrinamiento y tenencia de explosivos.
En un auto, el magistrado accede a la petición de la Fiscalía, que este mismo martes ha solicitado el internamiento del menor para evitar que se sustraiga de la acción de la Justicia y ante "un riesgo de fuga evidente dada la gravedad de los hechos y la pena que llevan aparejados".
El magistrado hace suyos los argumentos del Ministerio Público y expone que esos delitos de "enorme gravedad" justifican su internamiento en un régimen cerrado.
Así, el auto incluye todos los indicios sólidos que acreditan que el menor de edad se habría hecho con diversas sustancias para elaborar explosivos, así como con manuales para su fabricación.
Tenía material yihadista en su teléfono y sustancias explosivas
La resolución también hace referencia a sus pronunciamientos de adhesión al Estado Islámico así como la exhibición en su propio teléfono móvil de diverso material yihadista.
Además, detalla que este joven se encuentra "altamente radicalizado", está obsesionado con la temática militar, tiene ropa de camuflaje y es tremendamente homófobo y antisemita.
Por otro lado, el juez recoge un informe del Grupo de Desactivación de Explosivos de la Policía que evalúa las sustancias incautadas, que concluye que son consideradas como precursores de explosivos, y analiza sus perfiles en redes sociales, que constatan su evolución yihadista.
Se hace constar que el pasado 21 de enero, siendo ya vigilado por la Policía, se dirigió a una zona de campo donde se escucharon diferentes detonaciones que confirma, dice el juez, que el menor pudiera estar haciendo pruebas de los explosivos que pudiera tener en su poder, lo que desencadenó su arresto.
El juez alega que la medida se adopta también en interés del menor
El magistrado añade que teniendo en cuenta su situación socio familiar puede sustraerse a la acción de la justicia por la gravedad de los hechos y la responsabilidad penal en la que podría incurrir.
El auto destaca que la medida de internamiento en régimen cerrado, sin perjuicio de la revisión que se pueda hacer según la evolución del menor, permitirá alejarle del proceso de radicalización en el que está inmerso y evitar así daños a terceros.
De Castro hace constar también que la medida se adopta en interés del menor puesto que el centro de reforma garantiza la adopción de todas las actividades necesarias para el desarrollo de la personalidad del joven, así como la continuidad en su escolarización y formación iniciada.