Aprobada definitivamente la reforma del artículo 49 de la Constitución para eliminar el término 'disminuido'
- Ha contado con el respaldo de todos los grupos parlamentarios menos el de Vox
- La reforma será publicada en el Boletín Oficial del Estado y no entrará en vigor hasta que pasen quince días
El pleno del Senado ha aprobado definitivamente la reforma de la Constitución que elimina el término 'disminuido' por 'persona con discapacidad', con el respaldo de todos los grupos parlamentarios, salvo el de Vox.
La primera reforma social de la Carta Magna ha recibido el apoyo de 254 senadores y el voto en contra de 3, de Vox, que se ha desmarcado del consenso que ha alcanzado la propuesta impulsada por PSOE y PP para ceñir la modificación solo al artículo 49.
La propuesta se ha llevado a cabo por la vía exprés, tal y como acordaron Pedro Sánchez y Alberto Núñez Feijóo. Al no introducir la Cámara Alta ninguna modificación al texto remitido por el Congreso, la reforma no tiene que volver a la Cámara Baja y entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOE. Además, se publicará también en catalán, euskera, gallego y vasco.
Esta reforma Constitucional fue impulsada por el Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) en 2018 y, junto al apoyo de la entonces vicepresidenta del Gobierno, la socialista Carmen Calvo, llegó al Congreso con un acuerdo unánime para sustituir el artículo por un nuevo texto "más acorde a los nuevos tiempos".
Entrará en vigor en 15 días
Tras su aprobación en el Congreso y en el Senado, la reforma será publicada en el Boletín Oficial del Estado y no entrará en vigor hasta que pasen quince días, que es el plazo que se abre por si un 10% de la Cámara pide que se someta a referéndum, algo que en principio no parece probable con el pacto alcanzado por el PP y el PSOE.
Hasta ahora, el artículo 49 de la Constitución está redactado de esta manera: "Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos".
Así, tras la aprobación de la reforma, la redacción cambiará a "las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas". "Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio", se añade.
Además, en el segundo punto constará: "Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad".