El juez García Castellón prorroga otros seis meses la investigación del caso 'Tsunami Democràtic'
- Alude a que faltan diligencias que practicar y que queda pendiente el recurso ante la Sala de lo Penal
- Cree que la plataforma fue una organización estructurada, jerarquizada y con vocación de permanencia
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha acordado la prórroga por seis meses de la instrucción de la causa de 'Tsunami Democràtic' al faltar diligencias que practicar y estar pendiente el recurso ante la Sala de lo Penal, así como la decisión del Tribunal Supremo respecto a la exposición razonada elevada por el instructor.
En un auto, en el que también rechaza la expiración del plazo alegada por el investigado Josep Lluís Alay, mano derecha del expresidente Carles Puigdemont, el magistrado explica que prorroga la causa inicialmente hasta el 29 de julio, sin perjuicio de las extensiones sucesivas por periodos de seis meses o inferiores que pudieran acordarse si procediera antes de la finalización de ese plazo.
Asimismo, el instructor recuerda que la investigación ha resultado compleja y ha requerido actuaciones fuera del territorio nacional con la emisión de comisiones rogatorias y órdenes europeas de investigación a EE. UU., Suiza, Canadá y Países Bajos, que precisaron de sucesivas ampliaciones, lo cual ha llevado periodos más largos para su ejecución.
García Castellón menciona algunas diligencias que quedan pendientes como peticiones de auxilio internacional, una de ellas a Francia para recabar la declaración de los familiares del fallecido en el aeropuerto de Barcelona de un infarto durante las protestas, así como otra solicitud a Suiza para esclarecer la financiación de la organización. Estas peticiones, así como otras diligencias de investigación acordadas recientemente, hacen necesaria la prórroga de la instrucción de este procedimiento.
Una organización estructurada y jerarquizada
El magistrado indica que del resultado de las investigaciones practicadas se infiere indiciariamente que Tsunami Democràtic fue una organización estructurada, jerarquizada y con vocación de permanencia, dirigida por varias personas con roles diversos que extendían su ámbito de actuación en parcelas determinadas y con otras personas a su cargo, cuya finalidad esencial era subvertir el orden constitucional, desestabilizar económica y políticamente el Estado y alterar gravemente el orden público mediante la movilización social masiva.
Añade que esta plataforma fue fruto de una planificación efectuada por diferentes personas para la ejecución de acciones de gran envergadura, con vocación de permanencia, capaces de movilizar una masa de personas de modo que comprometieran la estabilidad económica, social, empresarial e institucional de España. Para el juez, su gestación se venía planificando desde tiempo atrás y que su lanzamiento tuvo lugar el 28 de agosto de 2019 como iniciativa de movilización social en respuesta a la sentencia del 'procés'.
Además, le resulta llamativo constatar cómo "se hace referencia a que Ómnium informará directamente al presidente Puigdemont", pudiendo considerar, con base en la información facilitada por la Guardia Civil, que tanto esta fundación como Puigdemont "podrían haber participado en la aparición de la organización, extremos que deberán esclarecerse en la investigación".
Reitera que los hechos podrían ser calificados como terrorismo
Por otro lado, si la semana pasada García Castellón sostenía que las heridas graves sufridas por dos agentes en los disturbios de octubre de 2019 eran "incompatibles con el derecho a la vida e integridad física reconocido en el artículo 15 de la Constitución, y el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos", este lunes suma otros tres tratados a la ecuación.
En su auto reitera que, desde la provisionalidad de este momento de la investigación, los hechos investigados serían susceptibles de ser calificados como delito de terrorismo del artículo 571 y siguientes del Código Penal. También cita el artículo 1 del Convenio del Consejo de Europa para la prevención del terrorismo y remarca que en sus anexos se contemplan dos convenios más: uno relativo a los actos ilícitos dirigidos contra la seguridad de la aviación civil, firmado en Montreal el 23 de septiembre de 1971, y otro que es el Protocolo para la represión de actos ilícitos de violencia en los aeropuertos que presten servicio a la aviación civil internacional, adoptado en Montreal el 24 de febrero de 1988.