La Audiencia de Valencia condena a prisión permanente revisable al padre que asesinó a su hijo de 11 años en Sueca
- El tribunal lo considera autor de un delito de asesinato hiperagravado, por la alevosía y el ensañamiento
- La sentencia secunda las peticiones de la Fiscalía y las acusaciones
La Audiencia de Valencia ha dictado prisión permanente revisable para José Antonio A.C., de 47 años, que asestó 68 cuchilladas a su hijo de 11 años en abril de 2022 con la intención de causar el mayor dolor posible a su exesposa y madre del niño, de la que se acababa de divorciar.
Según la sentencia, el tribunal lo considera autor de un delito de asesinato hiperagravado, cualificado por la alevosía y el ensañamiento perpetrado sobre un menor de 16 años, con la concurrencia de las circunstancias agravantes de parentesco y de discriminación por razón de género.
El tribunal ha aceptado las peticiones de la Fiscalía y las acusaciones, que pedían prisión permanente revisable por el delito de asesinato, y ha desestimado la de la defensa, que argumentaba que no hubo premeditación alguna ni ensañamiento y pidió que los hechos se contemplasen como un homicidio.
El acusado buscaba causar dolor a su exesposa
El jurado constató la voluntad de matar al niño, al que asestó 68 cuchilladas, 27 de ellas penetrantes (no cortantes), en su mayoría en la zona del cuello del menor, que se encontraba "con absoluta indefensión" y que fue una muerte "innecesariamente dolorosa".
Además, ha confirmado la finalidad de causar a su exesposa "el mayor dolor de todos los imaginables, convirtiendo la muerte de su hijo en un paradigmático acto de violencia machista vicaria".
Esto es algo que el propio acusado reconoció al declarar que "si no se hubieran separado no hubiera ocurrido el delito" porque cuando ella, en marzo de 2021, le reiteró su intención de separarse, él advirtió a su cuñado: "Que se prepare tu hermana. Ahora voy a ser malo, voy a ser mala persona" y por la "perversidad" de haber propiciado que la madre oyese morir a su hijo, al dejarle que la llamara en el momento del crimen.
Múltiples condenas contra el acusado
Además de la condena, la Justicia le impone la prohibición de acercarse a un radio no inferior a dos kilómetros a la madre del menor a cualquier lugar donde se encuentre; a su domicilio; lugar de trabajo o cualquier sitio por ella frecuentado por un tiempo superior en 10 años al de la duración de la condena, la prohibición de residir o acudir a la localidad de Cullera por el mismo periodo y comunicarse con su exesposa de cualquier forma.
De igual modo, le condena a la medida libertad vigilada por tiempo superior en 10 años al de la duración de la pena de prisión; a dos años y cuatro meses por el maltrato psíquico y físico habitual a la exmujer cometido en la vivienda común; a diez meses de cárcel por maltrato físico con lesión menos grave y a otros dos años más de cárcel —y cinco de prohibición de acercarse a su exmujer— por amenazas no condicionales, con las circunstancias agravantes de haberlas cometido por motivo de discriminación de género y de parentesco; y diez meses más de cárcel por delito continuado de quebrantamiento de condena.
Por vía de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la madre del niño con 500.000 euros por los daños morales causados y en otros 450 euros más por los daños morales causados por el maltrato físico y las amenazas causadas el día 13 de marzo de 2021, cuando ella le reiteró su voluntad de divorciarse.