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Sentencian a casi cinco años al chófer del exdirector andaluz de Trabajo implicado en el caso de los ERE

  • Se le atribuyen los delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad documental
  • Fue juzgado en enero por las ayudas otorgadas por la Junta a tres sociedades mercantiles de las que era socio

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Juan Francisco Trujillo, el chófer de Javier Guerrero, a la salida de la Audiencia de Sevilla
Juan Francisco Trujillo, el chófer de Javier Guerrero, el pasado mes de enero

La Audiencia de Sevilla ha condenado a cuatro años y nueve meses de cárcel a Juan Francisco Trujillo, exchófer del exdirector general de Trabajo de la Junta de Andalucía, por los delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial en el marco de una pieza separada del caso de los ERE.

Trujillo fue juzgado el pasado mes de enero por las ayudas otorgadas por la Junta de Andalucía a tres sociedades mercantiles de las que era socio y administrador y por la suscripción “fraudulenta” de pólizas de seguros a favor de su propia madre.

Ahora, la Audiencia considera probado que, "con ánimo de enriquecimiento propio", el director de Trabajo "se concertó" en 2003 con Trujillo para constituir sociedades con la intención de recibir cantidades procedentes de ayudas que serían concedidas para financiar presuntas actividades de inversión, y que provenían de fondos públicos, prescindiendo del procedimiento legalmente establecido.

Utilizó las ayudas para "intereses particulares"

Según la sentencia, el chófer utilizó las ayudas para fines "relacionados con la satisfacción de intereses particulares como la compra de bienes inmuebles", a lo que se suma que "destinó parte de los fondos de las subvenciones al pago de necesidades particulares de Guerrero –que incluían consumiciones en restaurantes y establecimientos de ocio, y suministro de estupefacientes (cocaína)— y a la entrega a este de cantidades en metálico".

Asimismo, en 2007, tanto Guerrero como Trujillo decidieron apropiarse del importe correspondiente a las prestaciones de unas pólizas de seguros a suscribir como ayuda sociolaboral "mediante la inclusión como asegurada y beneficiaria de una tercera persona", que fue la madre del chófer, ajena a todo esto.

Para ello, según la sentencia condenatoria, contaron con la participación del que fuera directivo de Vitalia, Antonio Albarracín, ya condenado por la pieza relativa a las subvenciones autonómicas concedidas a la empresa de Dos Hermanas Aceitunas y Conservas (Acyco). Las pólizas incluyeron firmas falsificadas por Trujillo, toda vez que Albarracín "conocía que la señora sería suplantada en la suscripción de la operación", gracias a la cual los condenados se hicieron con 125.028 euros de los fondos autonómicos. 

El Tribunal cifra el perjuicio total ocasionado por la adjudicación de las tres subvenciones en 1.350.000 euros, y en 125.028,01 euros el ocasionado por el pago de la póliza suscrita a nombre de la madre de Trujillo, cantidad por la que debe indemnizar a la Junta.

Condena por malversación, prevaricación y falsedad documental

Por todo ello, la Sección Primera condena a Trujillo como cooperador necesario de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación, en calidad de extraneus, y le impone la pena de cuatro años y tres meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de prevaricación y la pena de tres años de cárcel y siete años y medio de inhabilitación absoluta por el delito de malversación, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas y la atenuante analógica de confesión.

Por las ayudas por valor de 1.350.000 euros que recibieron sus empresas, le impone cuatro años y tres meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de prevaricación y tres años de cárcel y siete años y medio de inhabilitación absoluta por el delito de malversación. 

En cuanto a la suscripción "fraudulenta" de las pólizas de seguros, el Tribunal lo condena a tres meses de prisión y al pago de una multa de 540 euros por el delito de falsedad; tres años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de prevaricación, y un año y medio de prisión y tres años de inhabilitación absoluta por el delito de malversación.

Por contra, le absuelve del presunto delito de tráfico de influencias que también se le achacaba. Los magistrados argumentan que "no existió una presión moral o influencia" de Trujillo sobre Guerrero, que pudiera haber sido soportada "por la especial relación de confianza que ambos mantenían".

Respecto del importe total de 1,3 millones en ayudas fraudulentas recibidas, la Audiencia condena también a la esposa del principal acusado, Juana Gallego, como partícipe a título lucrativo, a indemnizar a la Junta en 24.000 euros conjunta y solidariamente, ya que se considera probado que entregó a su esposa esa cantidad para que comprase la vivienda conyugal. Además, la Audiencia impone una pena de un año y cuatro meses de prisión a Albarracín y a otro acusado, Isidoro Ruiz.