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El juez Calama propone juzgar a la antigua cúpula del Banco Popular por estafa en la ampliación de capital de 2016

  • En un auto, el magistrado ha propuesto juzgar al expresidente del Banco Popular, Ángel Ron
  • La Audiencia Nacional también apunta a otros doce directivos y a la consultora PriceWaterhouseCoopers

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El juez Calama propone juzgar a la antigua cúpula del Banco Popular por estafa en la ampliación de capital de 2016
Imagen de archivo de una antigua oficina del Banco Popular

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha propuesto juzgar al expresidente del Banco Popular (BP), Ángel Ron, a otros doce directivos y a la consultora PriceWaterhouseCoopers (PwC) por delitos de estafa a inversores y falsedad contable en la ampliación de capital de 2016. Según el magistrado, los inversores acudieron "engañados", puesto que los estados financieros de ese año y de 2015 "no reflejaban la imagen fiel del balance ni del patrimonio". 

En el auto de 178 páginas fechado este lunes, Calama sobresee provisionalmente la causa sobre el sucesor de Ron al frente del banco, Emilio Saracho, al no haber tenido ninguna intervención en las vulneraciones de la normativa contable, sino que, por el contrario, tomó medidas para chequear y evaluar el balance del banco, según el juez. Además, señala que no se ha podido constatar que fuera el responsable de las “graves filtraciones” a la prensa que aceleraron la fuga de depósitos que sufrió el Banco Popular.

La resolución, que también archiva la causa por falta de indicios a otros 20 investigados, considera acreditado que se convocó una reunión de la Comisión de Auditoría del Consejo de Administración de Banco Popular en cuyo orden del día figuraba como punto segundo “la aprobación de informe favorable para la ampliación de capital”. Más tarde, ese mismo 25 de mayo de 2016, el Consejo, presidido por Ángel Ron, decidió llevar a cabo y ejecutar el aumento de capital acordado en la Junta General de Accionistas de 11 de abril.

La resolución señala que la Comisión de Auditoría emitió informe favorable a la ampliación, sin contar con ningún estudio detallado por escrito que pudiera ser objeto de debate. En esa reunión estuvieron presentes los auditores externos de PricewaterhouseCoopers, que no advirtieron a los miembros de dicha comisión de ningún problema en las cuentas de BP (anuales-2015- y trimestrales-2016-) de cara a la ampliación de capital.

Delitos de estafa a inversores y falsedad contable

El juez explica que el delito de estafa a inversores se pudo cometer a través de la ampliación de capital que comercializó el Banco Popular en el año 2016. Señala que no alberga duda de que los inversores que acudieron a suscribir dicha ampliación fueron engañados: las cuentas anuales consolidadas de BP del año 2015 y los estados financieros del primer trimestre de 2016 no reflejaban la imagen fiel del balance ni del patrimonio de dicha entidad. Esas cuentas, según el magistrado, ocultaban un importante déficit de provisiones y declaraban unos beneficios, por tanto, inexistentes.

Calama describe la operativa del banco que consistió en refinanciar a una parte relevante de grandes acreditados en situación de impago de cuotas, concediéndoles plazos que evitaban su morosidad formal o utilizando estructuras societarias instrumentales radicadas en Luxemburgo a fin de mantener como viables créditos que en realidad eran dudosos.

El titular del Juzgado de Instrucción Cuatro también atribuye a los investigados un delito de falsedad contable perpetrado sucesivamente en las cuentas anuales de 2015, en los estados financieros intermedios de 2016 y en las cuentas anuales de este último año.

Se ocultaron pérdidas de 2.500 millones de euros

Como se explica en el auto, en el folleto de la ampliación de capital "se ofrece una información financiera conscientemente alterada (que ocultaba a los inversores enormes déficits de provisiones) entresacada de las cuentas anuales del año 2015 (auditadas por PwC) y de los estados financieros a 31.03.2016 (con informe limitado de dicha auditora)".

El magistrado indica que si se hubieran calificado correctamente los créditos dudosos, el banco habría superado los 2.500 millones de pérdidas contables, cifra que se acredita “solo tomando en cuenta los déficits detectados en las dos inspecciones OSI y computando el déficit de Thesan”. Además, añade el juez Calama, se alteraron sustancialmente numerosas ratios de las cuentas, las cuales se utilizan por los inversores para su análisis financiero.

A esta situación contribuyó, según el juez, la colaboración consciente del auditor externo (PWC), que no consignó ninguna salvedad en su informe de auditoría de las cuentas anuales de Banco Popular del año 2015, ni en el informe limitado respecto de los informes financieros del primer trimestre de 2016.

Ángel Ron recurrirá el auto

Tras conocerse el auto, Ángel Ron ha publicado un comunicado donde ha adelantado que recurrirá el auto "porque no se corresponde con lo que se ha instruido y porque las conclusiones no se corresponden con los hechos declarados".

Ron defiende que la ampliación de capital "reforzó los niveles de solvencia y provisiones" del banco. Una acción en la que, ha comentado, él mismo y otros consejeros invirtieron un total de 500 millones de euros. "Soy un perjudicado de lo que considero un expolio del Banco Popular", ha afirmado el expresidente de la entidad.

"Puedo afirmar rotundamente que no había agujero alguno en las cuentas", ha expresado Ron, que también ha explicado que el Popular era un banco "solvente", "viable y rentable", según los peritos inspectores del Banco de España. Entonces, Ron apunta a sus sucesos, ya que los "mismos peritos" que afirman en un informe de 2019 que "las pérdidas sufridas por los inversores son consecuencia de la decisión administrativa de resolver la entidad".

Por eso, Ángel Ron ha dicho que no conoce caso alguno que "habiendo certificado unos peritos judiciales la existencia de irregularidades tales, la investigación se centre en una ampliación que reforzó el Banco y no en la resolución que de manera irregular acabó con él".

No se actúa contra los supervisores públicos, ni contra Santander

Calama explica que ha quedado extramuros de la instrucción la actuación de los supervisores (CNMV/BdE/BCE), pues desde el inicio de la investigación penal así se dispuso. Según el magistrado, no compete al órgano judicial determinar si el sistema de supervisión funcionó correctamente o no y añade que serán otros ámbitos los que deberán ponderar si estuvieron o no a la altura de su importante misión institucional.

Respecto a la posible responsabilidad civil del Banco Santander, el juez explica que la parte dispositiva del auto no hace mención a esta posibilidad y que, tal y como sugirió la Sala de lo Penal, será en el momento de dictar el auto de apertura de juicio oral cuando aborde esta cuestión.