El Gobierno mejora el sistema VioGén para prolongar la protección de las víctimas y evitar su indefensión prematura
- Se revisan los criterios que descartan a las mujeres del sistema y se establecen otros nuevos para casos de "alta complejidad"
- El 016 es el teléfono de atención a víctimas es gratuito y no deja huella en la factura; el correo es 016-online@igualdad.gob.es
- Dia de la Mujer 2024, en directo
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, coincidiendo con el Día Internacional de la Mujer, cambios en el sistema de protección de violencia de género, conocido como VioGén, relativos a la revisión de los criterios que descartan a las mujeres del sistema y la introducción de otros nuevos para casos de "alta complejidad". El objetivo es retrasar la fase de inactivación, momento en el que cesa la protección o el seguimiento policial del que disponen las víctimas.
"Con estos cambios conseguimos prolongar en el tiempo esa protección, ese seguimiento policial y evitar, por tanto, que la mujer pueda sufrir una situación de indefensión prematura en aquellos supuestos en los que pueda darse una situación de riesgo latente", ha anunciado el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en la rueda de prensa posterior al encuentro.
El sistema VioGén, en marcha desde 2007, permite determinar el nivel de peligro de sufrir nuevas agresiones y los protocolos más adecuados para darle la necesaria protección a las víctimas y sus hijos, así como realizar el seguimiento de cada caso para ajustar las medidas de seguridad.
Durante el pasado mes de diciembre, Grande-Marlaska anunció que su Ministerio revisaría los criterios que descartan a las mujeres del sistema de protección de violencia de género, después de un año trágico que dejó 55 mujeres asesinadas y 56 menores huérfanos en España.
"Estas modificaciones responden al proceso de mejora y perfeccionamiento constante del sistema VioGén que impulsa la Secretaría de Estado de Seguridad y recogen, sin duda alguna, la experiencia que hemos ido adquiriendo a lo largo de estos años en todo lo relacionado con los asesinatos machistas", ha puntualizado.
Medidas en función del riesgo para la mujer
Según ha explicado el ministro, a partir de ahora, aquellos casos en que los expertos policiales no hayan apreciado riesgo para la mujer o este sea bajo, solo podrán considerarse inactivos cuando no existan medidas judiciales de protección en vigor y los agentes especializados consideren que no hay circunstancias relacionadas con la vulnerabilidad de la víctima de la mujer o con la peligrosidad del agresor que aconsejen mantenerlo activo.
"Además, para constatar la ausencia de riesgo, deberán entrevistarse al menos una vez y de manera presencial con la víctima y reevaluar, por lo tanto, la situación de lo que deberá quedar constancia en el sistema VioGén", ha señalado Grande-Marlaska.
Por su parte, en los casos en los que el riesgo haya sido valorado como medio, alto o extremo solo podrán ser inactivados si se producen circunstancias como la muerte, el encarcelamiento o la salida al extranjero del agresor, así como cualquier otra circunstancia análoga que haga imposible la agresión o innecesaria.
El ministro también ha hecho alusión a los casos en los que no existan medidas judiciales de protección en vigor y se produzca la petición voluntaria, manifiesta y reiterada de la mujer de salir del sistema VioGén. En este sentido, los agentes especializados deberán utilizar el que denominado el 'Protocolo cero', que se realiza sin la colaboración de la víctima "y se ha convertido en un valioso instrumento para activar los procedimientos de protección", ha asegurado Grande-Marlaska.
Nueva modalidad para casos de "alta complejidad"
Mientras que, cuando la mujer es reticente por distintas circunstancias a denunciar los hechos, desde el Ministerio del Interior han creado una nueva modalidad denominada "inactivación supervisada" y que se aplicará en aquellos supuestos que se consideren de "alta complejidad".
"En concreto, se utilizará en aquellos casos en los que los evaluadores policiales en algún momento hayan considerado como de especial relevancia o los que afectan a menores de edad en situación de riesgo. También se aplicará en aquellos casos que en los últimos seis meses hayan tenido valoración de riesgo medio, alto o extremo, o en los que se hayan registrado dos o más denuncias en los seis meses siguientes a la apertura", ha apuntado el ministro.
No obstante, los especialistas policiales podrán aplicar la inactivación supervisada de este procedimiento especial en todos aquellos casos que, a su juicio experto, deban ser mantenidos bajo control policial. "La inactivación supervisada se aplicará durante un periodo mínimo inicial de seis meses, con dos prórrogas trimestrales de tres meses", ha añadido.
En esa fase, los agentes realizarán evaluaciones de riesgo periódicas mediante entrevistas personales con la víctima hasta disponer de al menos dos consecutivas que ofrezcan como resultado que no se aprecia riesgo para la mujer.