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Estoy de baja laboral, ¿puedo tocar la guitarra?

  • ¿Qué puedo y qué no puedo hacer si estoy de baja laboral?
  • Un trabajador gana el juicio a su empresa al considerar que su despido fue una discriminación por enfermedad

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La empresa debe abonar una indemnización de 95.430 euros.
La empresa debe abonar una indemnización de 95.430 euros. iStock

Seguramente el título parezca clickbait pero no. En 'Por tres razones' abordamos el caso de Javier Feijóo, un trabajador de 54 años despedido de su empresa por un vídeo en el que tocaba la guitarra mientras estaba de baja por una lesión en el hombro. Tras un sentencia en contra y el recurso de Javier, ha ganado el juicio y la empresa deberá indemnizarlo.

Por tres razones - ¿Qué puedes hacer y qué no estando de baja? - Escuchar ahora

El caso de Javier es peculiar pero no único. Para entender cómo funcionan las bajas laborales y qué podemos y no podemos hacer cuando nos encontramos en una, hablamos con Garbiñe Biurrun, presidenta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Despedido por tocar la guitarra

Pongámonos en la piel de Javier. Es un trabajador que lleva más de 30 años en la misma empresa y se encuentra de baja por una lesión en su hombro, más concretamente en el manguito rotador de este. Él durante este tiempo actuó en un concierto en el que tocaba la guitarra y un vídeo de la actuación llegó a manos de la empresa. Tras esto, la compañía lo despide pero el los lleva a juicio. La primera sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Donostia decretó que el despido era procedente, es decir, la empresa tiene razón. Javier con 54 años se ve en la calle y con la dificultad de volver al mercado laboral a su edad y decide recurrir al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. El TSJPV dictaminó que el despido se producía fue una discriminación por enfermedad y dio la razón a Javier.

Además, Javier explica que había sido operado del hombro y el gesto al tocar la guitarra no involucraba su parte afectada. "Se pueden hacer varias cosas. Nunca levantar el brazo porque eso es lo que te duele y realmente te limita. Pero tocar la guitarra es una acción que puedes hacer porque no requiere absolutamente ningún músculo del hombro. Eso lo puede decir cualquier médico", cuenta Javier sobre por qué lo hizo y añade que: "fue algo puntual".

La empresa tenía tres opciones: readmitir al empleado en un plazo de 5 días, el pago de los salarios de trámite o el abono de una indemnización de 95.430 euros. La empresa eligió esta tercera posibilidad.

¿Qué puedes hacer y qué no estando de baja?

Para tratar este tema con más exactitud, contactamos con Garbiñe Biurrun, experta en derecho laboral.

Quizá lo mejor será definir y acotar qué supone estar de baja. "La situación que llamamos baja, que técnicamente es de incapacidad temporal, es una situación según la cual se necesita asistencia sanitaria y se está impedido para el trabajo. Esas son los dos elementos que constituyen la situación de baja o de incapacidad temporal", explica la jueza.

Tus derechos y deberes durante una baja

Lo que no se puede hacer estando de baja: "Se entiende que lo que no se puede hacer estando en situación de baja es cualquier actividad, sea por cuenta propia o por cuenta ajena, sea meramente lúdica, etcétera, que pueda retrasar, impedir o perturbar esa curación. O bien que sean actividades que revelen que no existe ya o no ha existido nunca una verdadera situación de incapacidad temporal". Esta frase de Garbiñe nos deja claro que lo debemos evitar hacer si estamos en una baja laboral es cualquier tipo de actividad que ponga en riesgo nuestra dolencia o que pueda hacer que este tiempo de baja se alargue. Esto no define ninguna actividad en concreto, pues cada dolencia y cada baja es un caso concreto.

En el caso de Javier, por ejemplo, se ha considerado que la acción de tocar la guitarra es compatible con la dolencia que tiene y por tanto, su actuación musical no retrasa, impide ni perturba la recuperación de su hombro.

Esto no quiere decir que una persona no pueda ser despedida por actividades durante su baja laboral. "Si la persona trabajadora ha incurrido realmente en ese incumplimiento grave y culpable que le imputa a la empresa y que en su caso, de ser así, es sancionable efectivamente con el despido y por lo tanto, pues con la pérdida del trabajo" concluye Biurrun sobre las posibles sanciones ante un incumplimiento de contrato durante una baja laboral.

Es decir, durante una baja laboral puedes hacer cualquier tipo de actividad que no pueda afectar ni a tu dolencia ni a tu recuperación. Y en caso de que transgredas "la buena fe" que se constituye en el contrato y realices actividades peligrosas para el motivo de tu baja, podrás ser castigado con el despido u otro tipo de sanciones.

Por último lanzo un consejo. En caso de estar de baja lo mejor es cuidarse pero tratar de vivir ese tiempo lo más cómodo y feliz posible, ambas cosas por la misma razón: porque vida solo hay una.