El Supremo avala que una empresa exija el uso de corbata a sus vigilantes de seguridad en verano
- Según el alto tribunal, esta exigencia no atenta contra la dignidad de los trabajadores
- La sentencia solo afecta a quienes trabajan de cara al público en centros comerciales que disponen con aire acondicionado
El Tribunal Supremo ha avalado la decisión de la empresa de seguridad de El Corte Inglés, Sicor, de exigir el uso de corbata al personal de seguridad en verano cuando el centro comercial cuenta con aire acondicionado. Así, la Sala de lo Social del Supremo desestima el recurso del sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada frente a la sentencia de la Audiencia Nacional.
En su sentencia, del 12 de marzo, el Supremo declara que la empresa está facultada para adoptar esa decisión, ya que no atenta contra la dignidad de los trabajadores. Además, considera que es adecuada a las condiciones de trabajo al afectar solo a los vigilantes que prestan servicio de cara al público en las dependencias del centro comercial que dispone de aire acondicionado.
Una exigencia que no se extiende a quienes trabajan en otros puestos de trabajo diferentes, como a quienes trabajan durante el verano en almacenes, muelles o vigilancia fuera del horario de apertura de los centros.
La sentencia subraya que la empresa respeta de esta forma el acuerdo alcanzado con otros sindicatos de la empresa y lo dispuesto en una orden del Ministerio de Interior. Dicha orden atribuye a la empresa la competencia para decidir sobre el uniforme de los vigilantes de seguridad, teniendo en cuenta su adecuación a las condiciones de trabajo, la estación del año y otras posibles circunstancias de orden funcional, laboral o personal, así como la dignidad de los trabajadores y la igualdad por razón de sexo.