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El asalto a la Embajada de México, clave en el conflicto diplomático con Ecuador: ¿qué dice el derecho internacional?

  • El exvicepresidente Jorge Glas fue detenido tras el allanamiento de la embajada de México en Quito
  • La Convención de Viena regula la inviolabilidad de las sedes diplomáticas extranjeras

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México muestra vídeos del momento del asalto policial a su Embajada en Quito

La noche del viernes 5 de abril, fuerzas ordenadas por Daniel Noboa treparon por los muros de la sede diplomática mexicana en Quito y detuvieron al exvicepresidente de Ecuador Jorge Glas, acusado de corrupción y al que horas antes el Gobierno mexicano había concedido el asilo. 

A raíz del incidente, México rompió relaciones diplomáticas con Ecuador tras semanas de tensiones y varios países, entre ellos España, han denunciado que supone una "violación" de la Convención de Viena sobre relaciones internacionales. Analizamos qué dice este documento y por qué un país no puede irrumpir ni atacar una embajada extranjera:

¿Por qué irrumpió Ecuador en la embajada mexicana?

“Al haberse abusado de las inmunidades y privilegios concedidos a la misión diplomática que albergaba a Jorge Glas y conceder un asilo diplomático contrario al marco jurídico convencional, se ha procedido a su captura”. Así informaba la Presidencia de Ecuador de la detención del que fue vicepresidente de Rafael Correa (2007-2017), que el sábado fue trasladado a la cárcel de máxima seguridad de La Roca, donde volverá este martes tras haber sufrido un problema médico.

La nota defendía que “ningún delincuente puede ser considerado un perseguido político” y que el Gobierno de Ecuador no iba a permitir que quedara en la impunidad. El Ejecutivo de Noboa no considera que se den las circunstancias para que México conceda el asilo a Glas y, por ello, ha considerado irrumpir en la embajada para que el proceso legal contra el exvicepresidente siga adelante.

Estas circunstancias están reguladas en la Convención de Caracas sobre Asilo Diplomático, ratificada tanto por Ecuador como por México, que determina que "no es lícito" conceder asilo a personas que estén "inculpadas o procesadas" ante tribunales ordinarios y por delitos comunes. Ese mismo documento, sin embargo, establece que "corresponde al Estado asilante" (en este caso México) "la calificación de la naturaleza del delito o de los motivos de la persecución". 

Glas ha sido procesado en un caso por presunta malversación de fondos en la reconstrucción de la provincia de Manabí tras el terremoto de 2016 y sobre él pesan también dos condenas en firme por asociación ilícita (dentro de la trama de sobornos de la constructora brasileña Odebrecht) y de cohecho (por financiación ilegal de su partido). 

De hecho, el exvicepresidente ya pasó cinco años en prisión, hasta que en 2022 fue liberado cautelarmente. En diciembre, sin embargo, recibió una nueva orden de captura y fue entonces cuando solicitó refugio en la Embajada mexicana, donde permaneció a la espera de una respuesta a una solicitud de asilo que fue concedida horas antes de su detención.

Según informó Efe, en marzo, el Gobierno de Ecuador pidió permiso a México para poder ingresar a su embajada y detener a Glas. Semanas antes, la ministra de Relaciones Exteriores de Ecuador, Gabriela Sommerfeld, anticipó que, en caso de que México concediera dicho asilo, el Gobierno de Noboa no otorgaría el salvoconducto para que el exvicepresidente pudiera salir del país sin ser detenido.

El jueves, el Gobierno de Noboa declaró persona non grata a la embajadora de México, Raquel Serur, como respuesta a las declaraciones del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, que asoció la victoria del actual mandatario ecuatoriano con el asesinato del candidato Fernando Villavicencio.

¿Qué establece la Convención de Viena?

Firmada por representantes de 81 Estados, entre ellos México y Ecuador, la Conferencia de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 constituye un marco común en el ejercicio de la diplomacia entre países. Sienta las bases del funcionamiento de la misión diplomática y establece los privilegios y derechos de los embajadores en los países de destino.

Se trata de la norma de referencia en esta materia y establece que los locales de las misiones diplomáticas extranjeras, que incluyen la vivienda del embajador, gozan de una protección especial y no pueden ser objeto de ningún tipo de violencia

“El Estado territorial no puede penetrar bajo ningún concepto en una embajada extranjera. La protección de los locales de las misiones diplomáticas constituye una norma fundamental del derecho internacional y un requisito esencial para las relaciones amistosas entre los Estados”, explica a RTVE.es el Catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Salamanca, Juan Santos Vara, que recuerda que hay que respetar las respectivas misiones diplomáticas incluso en mitad de conflictos armados. 

En concreto, el artículo 22 menciona la inviolabilidad de las embajadas y estipula que “los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión”. El Estado receptor, añade el texto, está obligado a adoptar “todas las medidas adecuadas” para proteger estos lugares de cualquier “intrusión o daño”.

Artículo 22 de la Convención de Viena

1. Los locales de la misión son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión.

2. El Estado receptor tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de la misión contra toda intrusión o daño y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión o se atente contra su dignidad.

3. Los locales de la misión, su mobiliario y demás bienes situados en ellos, así como los medios de transporte de la misión, no podrán ser objeto de ningún registro, requisa, embargo o medida de ejecución.

"Hay que recordar que el territorio de las embajadas no es el del Estado de la embajada, que es un mantra que se suele repetir con mucha frecuencia", apunta a RNE el profesor de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales en la Universidad Pontificia Comillas, José Ángel López. "Lo que sucede es que en función de esta convención de Viena y de ese artículo 22 no se pueden cometer ilícitos como el que ha cometido Ecuador", añade.

24 horas – Asalto embajada de México: "Va en contra de dos tratados internacionales" - Escuchar ahora

Además, como señala el profesor de la Universidad de Salamanca, la protección de la que gozan las misiones diplomáticas es una norma de derecho consuetudinario, lo que significa que, al margen de su ratificación o no en la Convención de Viena, constituye desde hace siglos una norma afianzada en el derecho internacional y, por lo tanto, "no ofrece ninguna duda".

¿Había ocurrido en otras embajadas?

Los países normalmente respetan las embajadas y consulados extranjeros, incluso en épocas de crisis y de enfrentamientos armados. Sin embargo, lo ocurrido el pasado viernes no es el primer incidente que afecta a la seguridad de una misión diplomática. Hay antecedentes muy recientes, como el ataque al consulado iraní en Siria en el que murieron siete miembros de la Guardia Revolucionaria de Irán y seis sirios. 

También otros que tuvieron enorme eco internacional y dramáticas consecuencias, como la toma de la Embajada estadounidense en Teherán perpetrada por un grupo de estudiantes en noviembre de 1979. Los asaltantes tomaron como como rehenes a 66 diplomáticos y ciudadanos estadounidenses, a los que mantuvieron retenidos durante 444 días, desatando una crisis internacional que se prolongó hasta enero de 1981.

En mayo de 1999, Estados Unidos bombardeó la Embajada china en Belgrado durante la guerra de Kosovo. El ataque, perpetrado por la Administración Clinton, afectó a las relaciones de Pekín con Occidente en general y con la OTAN en particular. 

Dos décadas antes, en enero de 1980, fue atacada la Embajada de España en Guatemala en el contexto de guerra civil que azotaba al país centroamericano en esos años. El incendio que se desató en su interior acabó con la vida de hasta 37 personas. En 1975, otra Embajada española ya había sido objetivo de ataques, esta vez en Lisboa, como respuesta a los últimos fusilamientos franquistas apenas dos meses antes de la muerte de Franco.

¿Qué consecuencias puede tener?

La Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas no contempla ninguna sanción en caso de violación de su contenido, ni prevé ningún mecanismo de solución de controversias. Sin embargo, en el caso de la detención de Glas, México ya ha informado, tras romper relaciones con Ecuador, su intención de denunciar lo ocurrido ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), un proceso que podría prolongarse meses.

La competencia de este tribunal se sustenta en que los países involucrados hayan aceptado su jurisdicción, algo que, como explica Santos Vara, sucedió al ratificar ambos el conocido como Pacto de Bogotá o Tratado Americano de Soluciones Pacíficas, que contiene una cláusula compromisoria a favor de la jurisdicción del CIJ.

"Los Estados que han ratificado el Pacto de Bogotá se han obligado a solucionar sus controversias por medios pacíficos", explica el profesor de la Universidad de Salamanca. La disputa legal en este caso versa sobre si se ha producido una violación del derecho internacional por parte de Ecuador. Sin embargo, también es importante determinar si México tendría potestad para conceder o no asilo diplomático al exvicepresidente Glas.

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, aseguró el lunes estar "dispuesto a resolver cualquier diferencia" con México, pero reiteró que "la justicia no se negocia". La polémica ha aumentado después de que Glas, que se encontraba en una prisión de máxima seguridad, tuviera que ser ingresado por una descompensación que un parte policial achaca a una posible sobredosis de medicamentos y que las autoridades penitenciarias relacionan con su negativa a ingerir alimentos.

Mientras tanto, la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac) se reunirán esta semana en distintos encuentros para abordar esta crisis.