España y EE.UU. firman un nuevo convenio de Seguridad Social que incluye mejoras en el cálculo de las pensiones
- Ahora se harán dos cálculos: uno contando solo con las cotizaciones en España y otro sumando el tiempo cotizado en EE.UU.
- También incorpora al régimen de Clases Pasivas del Estado y amplía los periodos de desplazamiento de trabajadores
España y Estados Unidos (EE.UU.) han firmado este lunes el nuevo convenio de Seguridad Social entre ambos países, un texto que introduce mejoras en el cálculo de las pensiones españolas y, en general, en la protección de los trabajadores.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, y la embajadora de Estados Unidos en España, Julissa Reynoso, en representación del Gobierno de su país, se han reunido en el acto protocolario de firma del convenio.
Sainz ha destacado que “36 años después de la firma del primer convenio", se ha dado "un paso más en el impulso de la movilidad laboral internacional que, sin duda, será una poderosa palanca para seguir estimulando nuestra actividad económica bilateral”.
Tanto la ministra como la embajadora estadounidense han destacado la importancia del acuerdo “por su impacto en la vida de cientos de miles de trabajadores”, pues elimina duplicidad de coberturas, proporciona alivio a la doble imposición y evitará brechas en la Seguridad Social.
Se harán dos cálculos de pensión
Las principales novedades que incluye el nuevo texto afectan, en primer lugar, al cálculo de las pensiones españolas de Seguridad Social, que resultarán más beneficiosas.
A partir de ahora, se harán dos cálculos de pensión. Un primero contando únicamente con las cotizaciones en España, y un segundo sumando a ellas el tiempo cotizado en Estados Unidos. Comparados los dos cálculos, se abonará el más favorable.
Hasta ahora, si se tenía derecho a pensión sólo con las cotizaciones en España se pagaba dicha prestación sin que se pudiera hacer el segundo cálculo sumando las cotizaciones en Estados Unidos, aunque el mismo hubiera podido ser de mayor cuantía.
Además, se ha mejorado el cálculo de la base reguladora de las prestaciones cuando se totalizan cotizaciones de España y Estados Unidos, basándose en las bases de cotización reales anteriores al último día de trabajo en España.
Ese cambio beneficia especialmente a aquellas personas que desarrollan la última parte de su vida laboral en Estados Unidos, sin que ello perjudique a los que han trabajado en España inmediatamente antes de la solicitud de la prestación.
Otras novedades del convenio
Otra de las novedades se refiere a la incorporación en el campo de aplicación del convenio al Régimen de Clases Pasivas del Estado de los regímenes de funcionarios civiles y militares. Esto supone que aquellas personas que tienen cotizaciones en España en dicho régimen pueden ver mejorados sus derechos a pensión.
Por último, el Convenio introduce mejoras en el desplazamiento de trabajadores por cuenta propia y amplía el periodo de ese desplazamiento, tanto para autónomos como para trabajadores por cuenta ajena, hasta los 5 años de duración, prorrogables en 2 años por circunstancias excepcionales y sujeto a autorización por la autoridad competente.
El primer convenio bilateral entre ambos países se firmó en 1986 y está en vigor desde 1988. Este nuevo texto tiene por objetivo favorecer la movilidad de trabajadores asegurados en España y EE.UU. y estimular la actividad económica bilateral.
Al acto protocolario de firma del Convenio han asistido también el secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez; la secretaria de Estado de Migraciones, Pilar Cancela, y la secretaria general de Inclusión, Mónica Martinez-Bravo. Por parte de EEUU, han asistido Rian Harris, ministra consejera en la Embajada de Estados Unidos y Louise Guallpa-Lliguichuzhca, cónsul general.