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La Fiscalía pide archivar la querella de Alberto González, novio de Ayuso, contra dos fiscales al no apreciar delito

  • La pareja de la presidenta acusa de presunta revelación de secretos a la fiscal jefe de Madrid y al de delitos económicos
  • "Se limitó a proporcionar información veraz a la opinión pública sin desvelar datos" dice la nota

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Imagen: La Fiscalía pide archivar la querella del novio de Ayuso porque no aprecia delito
Ayuso afirmó que "todas las instituciones del Estado van contra un ciudadano por estar relacionado con un adversario político, a la venezolana" EFE/Luis Tejido

La Fiscalía de Madrid ha pedido que se archive, al no apreciar delito, la querella interpuesta por Alberto González Amador, pareja de la presidenta regional Isabel Díaz Ayuso, por presunta revelación de secretos contra la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, y el fiscal de delitos económicos, Julián Salto.

La fiscal ha presentado este jueves ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid el escrito, en el que se opone a la querella, según el criterio dictado este miércoles por la Junta de Fiscales de Sala, que ha avalado la decisión de la número dos del Ministerio Público de pedir el archivo.

La reunión de la Junta, cuyo criterio no es vinculante, ha avalado por mayoría la postura de la número dos, María Ángeles Sánchez Conde, frente a la de la fiscal María de la O Silva, que es la que debía informar sobre la admisión o no de la querella presentada por la pareja de Ayuso, y quien había argumentado que quería practicar diligencias antes de redactar su informe.

Presuntos delitos de defraudación tributaria y falsedad documental

Finalmente, Silva ha asumido el criterio de la mayoría y ha presentado un escrito a primera hora de esta tarde ante el TSJM en el que se opone tanto a esta querella como a la interpuesta por el Colegio de la Abogacía de Madrid por la nota de prensa emitida por la Fiscalía de Madrid el pasado 14 de marzo, en la que se daban detalles sobre la investigación a Alberto González por los presuntos delitos de defraudación tributaria y falsedad documental.

Ambas causas han quedado acumuladas en una sola, según confirma el escrito.

La fiscal afirma que la nota de prensa "se limitó a proporcionar información veraz a la opinión pública sin desvelar datos, hechos o documentos que no hubiesen sido ya difundidos en diferentes medios de comunicación y ante la demanda de corroboración de las noticias publicadas", y "carece de relevancia jurídico penal como para proceder a la apertura de un procedimiento penal".

Añade que hacerlo "supondría la apertura de una investigación criminal de todo punto prospectiva, vedada por nuestro ordenamiento jurídico".

Los datos revelados "resultan a todas luces inocuos y claramente insuficientes"

El escrito incide en que los datos revelados "resultan a todas luces inocuos y claramente insuficientes" para ser constitutivos de delito.

La fiscal describe cómo desde el 12 de marzo varios medios publicaron informaciones sobre la investigación a González Amador y el acuerdo que ofreció al Ministerio Público, y cómo el 14 de marzo "la Fiscalía Provincial de Madrid difundió a los medios de comunicación una nota de prensa para aclarar los hechos y dar respuesta a la creciente y reiterada demanda informativa existente".

Precisa que "las dudas acerca del recto proceder del Ministerio Fiscal deslizadas, además de por distintos medios de comunicación, por la propia presidenta de la Comunidad de Madrid y su director de gabinete, aconsejaban trasladar a la opinión pública la realidad de lo acontecido, ofreciendo datos objetivos que despejaran cualquier sombra de duda a propósito de la actuación desarrollada por el Ministerio Fiscal". 

No existe ni un solo indicio de que los querellados divulgasen indebidamente datos reservados

Afirma que para entonces "diversos medios de comunicación ya habían publicado previamente su contenido", algunos de forma "parcial y tergiversada", y sostiene que "no existe ni un solo indicio de que los querellados divulgasen indebidamente" datos reservados, sino que todo era "de público conocimiento" y "noticiable".

La fiscal añade que "en cualquier caso, estos datos no reúnen un mínimo grado de lesividad" porque "en nada perjudicaba al correcto funcionamiento de la Administración de Justicia, ni al querellante, que tales datos fueran conocidos".