El Tribunal Supremo de Italia da la razón a Juana Rivas y obliga a repetir el juicio que separó a sus dos hijos
- La Corte entiende que se vulneraron el interés superior de los menores y varios convenios internacionales
- Juana Rivas había sido condenada en España por sustracción de menores
El Tribunal Supremo de Italia ha ordenado repetir el juicio civil sobre la custodia de los dos hijos de Francesco Arcuri y Juana Rivas, la vecina de Maracena, Granada, que fue condenada en España por sustracción de menores, al entender que se vulneraron el interés superior de los menores y varios convenios internacionales.
La sentencia anulada, emitida por la Corte de Apelación de Cagliari, en Cerdeña, separó a los dos hijos de la pareja, le negó a ella la custodia de su hijo menor, el cual sigue viviendo con su padre, en Italia. Mientras que la custodia del hijo mayor le fue concedida a la madre de forma definitiva en marzo de 2023.
El equipo jurídico español de Rivas, que dirigen los abogados Carlos Aránguez, Juan de Dios Ramírez y Francisca Granados, ha avanzado en un comunicado el fallo de la corte de Casación del Tribunal Supremo italiano y ha destacado que el nuevo pronunciamiento estima todos los extremos del recurso.
Vulneración del interés de los menores
Este equipo de letrados ha apuntado además que el fallo, de una treintena de páginas, anula la sentencia dictada por la Corte de Apelación de Cagliari, por la que se separó a los dos hijos de la expareja formada por Arcuri y Rivas.
La sentencia resalta que en el procedimiento judicial se dejaron de aplicar normas internacionales básicas por parte del tribunal de Cagliari, como son, entre otras, el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Estambul, de 2011) y la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos.
Asimismo, teniendo en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la resolución insiste en una idea fundamental: que, en el proceso llevado a cabo en la Corte de Apelación de Cagliari ha faltado un análisis en profundidad sobre el interés superior de los niños, que representa el criterio fundamental sobre el que se ha de basar toda decisión sobre la custodia.
Cronología del Caso Juana Rivas
Juana Rivas fue condenada a cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores, aunque el Tribunal Supremo de España estimó parcialmente el recurso de esta vecina de Maracena y le rebajó la pena a la mitad al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito.
Los hechos tuvieron lugar en el verano de 2017, cuando esta madre estuvo un mes en paradero desconocido con sus hijos para no entregarlos al padre con el argumento de protegerlos de Arcuri, quien en 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en 2016.
En julio de 2022, el Supremo concedió un indulto parcial a Rivas que conmutó su condena firme por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad y la obligación de realizar un curso de parentalidad positiva, medida de gracia que no eliminaba sus antecedentes en la justicia italiana.