Incapacidad permanente absoluta por bulimia para un hombre de 60 años
- Una nueva sentencia confirma los estragos en la vida laboral que provoca este trastorno alimentario
- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña desestima el recurso que interpuso el INSS y confirma íntegramente la sentencia
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) reconoce la incapacidad permanente en grado de absoluta para todo tipo de trabajo a un administrativo de 60 años que padece bulimia nerviosa persistente desde los 42. Y, además, condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) al pago del 100% de la pensión. El hombre percibirá 14 pagas de unos dos mil euros.
El TSJCat ha desestimado el recurso que interpuso el INSS y ha confirmado íntegramente la sentencia de septiembre del año pasado dictada por el juzgado de lo Social 2 de Girona. Aplica el artículo 194.5 de la Ley General de la Seguridad Social basándose en el historial médico presentado por el trabajador.
M.J.C. ha acreditado que padece bulimia nerviosa persistente de larga evolución (vómitos 2 veces al día), trastorno depresivo mayor recurrente, ataques de pánico, fatiga cuando requiere concentración mental, evidente deterioro cognitivo o intentos autolíticos.
Estado incapacitante profesional
El hombre ha seguido varios tratamientos a lo largo de los años sin que se hayan producido mejoras. Por eso, concluye el TSJCat, “sus reducciones funcionales disminuyen muy severamente su capacidad laboral, anulándola en realidad (…) lo que convierte en meramente teórica la posibilidad de desarrollar una actividad laboral normalizada, aunque sea sedentaria o liviana”. Así que da la razón a la magistrada que en su día “calificó debidamente este estado incapacitante profesional” como permanente absoluto para cualquier trabajo.
La sentencia no es pionera, ya ha habido otras en España en el mismo sentido. Y no es firme, porque se puede recurrir en última instancia al Tribunal Supremo. Pero, como destaca Ambar Zambrano, abogada del demandante, esta sentencia sí es especialmente relevante porque “se aplica a un hombre adulto, un colectivo poco habitual en este grave problema de la sociedad actual. Pone en valor que los hombres también sufren este tipo de trastornos alimentarios tradicionalmente asociados a mujeres jóvenes”.
Y es que, según datos de la Confederación de Salud Mental de España, el 90% de los trastornos de la conducta alimentaria (TAC) los padecen mujeres. Si bien la cifra real de hombres que los sufren podría estar oculta por miedo al estigma. Los expertos coinciden en que representaría uno de cada 4 casos.
Además, en este caso, en particular, Zambrano, destaca la “enorme” importancia de la resolución del alto tribunal catalán porque crea “una suerte de lo que se llama jurisprudencia menor o línea a seguir” para casos similares en Cataluña.