La cultura gitana como "atenuante" del abuso a menores: "Violar a las niñas gitanas tiene pocas consecuencias legales"
- Dos casos de absolución y reducción de penas a violadores en menos de 24 horas
- Otro nuevo caso: en Ciudad Real absuelven a un chico de agresión sexual a una menor de 12 años
La controversia de las agresiones a menores de etnia gitana vuelve a los juzgados con dos casos en apenas 24 horas, uno en Castilla y León y otro en Castilla la Mancha. Este martes, en Ciudad Real la Audiencia Provincial ha absuelto de un delito de agresión sexual a un joven de 20 años que dejó embaraza de gemelos a una chica de 12 años, al considerarse que fueron relaciones consentidas ya que no había una gran diferencia de edad, y que "dentro de la cultura gitana es una conducta normal".
Este lunes, otra sentencia de la Audiencia Provincial de León ha reducido una pena por agresión sexual continuada a un hombre que dejó tres veces embarazada a una menor entre los 12 y los 15 años. Ya que ha considerado que en la "cultura gitana las uniones de pareja se producen a edades muy tempranas" y esa circunstancia obra como atenuante.
Desde el ministerio de Igualdad se tilda de "vergüenza" la sentencia del juzgado leonés, tal y como ha asegurado en la red social X, la directora general de Igualdad de Trato y No Discriminación y contra el Racismo del Ministerio de Igualdad, Beatriz Micaela Carrillo: "La sentencia es una absoluta vergüenza. Y mucho más aludir a una supuesta costumbre inexistente para atenuar la pena. El Código Penal no excluye el amparo y la protección a los menores gitanos, de lo contrario se estaría defendiendo que abusar, agredir o violar a las niñas gitanas tiene pocas consecuencias legales", ha escrito Carrillo.
Reacciones del Pueblo Gitano
Ante estos sucesos, la Asociación Nacional Presencia Gitana no ha querido valorar las sentencias, pero ha declarado a RTVE.es que apoya y subraya las palabras de la directora general de Igualdad de Trato y No Discriminación que condenan estas resoluciones judiciales.
Siguiendo esta línea, la Fundación Secretariado Gitano comparte la postura de Beatriz Micaela Carrillo y su directora general, Sara Giménez, ha expresado a RTVE.es que "en ningún momento la cultura gitana avala la comisión de ningún tipo de hecho delictivo" y que es "inadmisible que una atenuante se fundamente en una asociación que es incorrecta", ya que "los matrimonios a los 12 años no son un comportamiento que se pueda asociar a la cultura gitana, no es cierto".
También Sara Giménez en un comunicado ha reiterado que "la cultura gitana en ningún momento avala, de ninguna forma, una vulneración de derechos, en este caso hacia las mujeres gitanas". Así como, ha asegurado que "cuando hay una vulneración de derechos fundamentales hacia una niña gitana lo que debe prevalecer es la protección y la contundencia en su defensa. Eso es lo que debe prevalecer".
En cuanto a los jueces que han dictado las sentencias, les ha pedido "rigor jurídico" por "las propias consecuencias que tiene hacia un grupo de población vulnerable donde el prejuicio y la mala imagen social perdura, pues lo único que se hace es generalizar". Del mismo modo, ha solicitado a los periodistas que trabajen con profesionalidad "en cómo se hacen los enfoques de las noticias", con "generalizaciones que lo único que fomentan son estigmas que flaco favor nos hacen a los gitanos y a las gitanas".
16 años, la edad mínima para dar consentimiento
La directora general de Igualdad de Trato ha recordado además que el Código Penal establece en 16 años la edad para poder prestar un "consentimiento voluntario, consciente y maduro".
"La ley no puede hacer excepciones con las niñas gitanas y ampararse en ese consentimiento infantil para reducir de esa manera la pena a un violador. En este disparate se le añade otra barbaridad más: la visión antigitana al declarar que violar a una niña con 11 años tras dejarla tres veces embarazada es algo normal entre gitanos", ha concluido Beatriz Micaela Carrillo.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León niega las acusaciones
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) argumenta que la sentencia, aunque recoge alusiones a la "cultura gitana", no rebaja la responsabilidad por "unas costumbres étnicas".
El tribunal ha hecho público este martes un comunicado en el que precisa que "tanto el condenado como la víctima pertenecen a la etnia gitana y aceptaron voluntariamente la relación, bien vista (al menos durante un tiempo) por sus respectivas familias".
Por lo que el órgano judicial destaca que en ningún caso se acreditó que el acusado, para mantener relaciones sexuales con su pareja, utilizase violencia, intimidación o un abuso de superioridad o de situación de vulnerabilidad de la misma. Cuando se produjo el primer embarazo, ella tenía 12 años y él siete más.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida
En su comunicado, el tribunal recuerda que, aunque el Código Penal castiga la realización de actos de carácter sexual con una persona menor de 16 años (artículo 181), "sabiamente" prevé también que no se castigarán aquellos casos en que, sin haber violencia, intimidación o abuso de superioridad o de situación vulnerabilidad de la pareja, la relación sexual se haya mantenido entre personas próximas en edad y grado de desarrollo o madurez física y psicológica.
Además, el TSJ precisa que ha juzgado estos hechos entendiendo que aunque había diferencia de edad, esta no era excesiva, y teniendo en cuenta la existencia de una relación seria y formal a los ojos de las costumbres de la etnia a la que pertenecen reforzaba la conclusión de que los dos se hallaban próximos en el citado grado de desarrollo o madurez física y psicológica.
"No puede decirse, por tanto, que la resolución justifique la conducta o atenúe la responsabilidad de un violador de menores de edad en base a unas costumbres étnicas", recalca el TSJ. Además, puntualiza que la sentencia de la Audiencia Provincial de León fue dictada tras un reconocimiento de los hechos y una rebaja de pena por parte de la Fiscalía, con la que estuvieron de acuerdo el resto de las acusaciones.
Y concluye que, por el principio acusatorio, el tribunal no podía imponer una pena superior, además expresa que la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal.
Ciudad Real: absuelto por abuso sexual a una niña de 12 años
El caso de León no es un suceso aislado. Este miércoles, la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha absuelto a un chico de abuso sexual continuado contra una niña de 12 años a la que dejó embarazada de gemelos. El tribunal ha estimado que fueron relaciones consentidas y que no había una diferencia significativa de edad, además de considerar que en la comunidad gitana es una conducta normal.
Todo empezó en 2022 cuando un chico de 20 años inició con una niña de 12 años "una relación similar a la matrimonial con la aquiescencia de las familias de ambos", según la sentencia. La menor se quedó embarazada de gemelos y, al acudir al médico, se activaron los protocolos y el joven, que desconocía la edad exacta de la menor, fue detenido.
Según la resolución, el acusado creía que la niña era mayor. Un error, que la audiencia estima de "creíble" porque la menor "puede aparentar esa edad -15 años- tanto físicamente como por el desenvolvimiento en sus manifestaciones".
Once años y seis meses de prisión
La Fiscalía solicitaba 11 años y seis meses de prisión por un delito continuado de abuso sexual con penetración contra una menor de 16 años. Pero el tribunal ha decidido absolverlo aplicando el artículo del Código Penal, que indica que un consentimiento por debajo de los 16 puede excluir la responsabilidad penal cuando el autor sea una persona próxima en edad a la persona menor y en grado de desarrollo o madurez física y psicológica.
Siguiendo la misma línea, la Audiencia Provincial indica en la resolución, de febrero de 2024, que "no existe controversia" acerca de que esa "relación se enmarca en el ámbito cultural y social de la comunidad gitana, donde resultan frecuentes los matrimonios de personas muy jóvenes".
En relación con la proximidad en grado de desarrollo y madurez es cuando la Audiencia Provincial asevera que no se puede "desconocer el ámbito cultural y social en el que se desarrolla la relación" y enfatiza que tanto el acusado como la menor "destacan la normalidad de su conducta en el mundo gitano".
Para probarlo, la sentencia reproduce fragmentos del informe psicosocial practicado, en el que se dice que la menor tiene un desarrollo normal y no vive su situación como abuso o sometimiento sexual, "al contrario, lo que destaca es lo feliz que vivía con el procesado al que eligió como pareja".