Elecciones al Parlamento Europeo 2024: el voto dual no existe, es un bulo
En redes sociales difunden una fotografía que muestra una papeleta de Vox y otra del PP con dos porcentajes escritos a mano en cada una de ellas y la presentan como si fuera la forma de ejercer un "voto dual" en las elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio. Es un bulo. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que el sobre que contenga más de una papeleta de candidaturas diferentes y con inscripciones en el sufragio se considera voto nulo.
"Recordad votar así para las europeas", leemos en un mensaje compartido más de 2.000 veces en la red social X desde el 28 de mayo. La publicación redifunde un mensaje de julio de 2023 que muestra una fotografía con dos papeletas del PP y Vox con sendas inscripciones que hablan de un "voto dual" con los porcentajes "80%" y "20%", junto a varios nombres de las listas tachados. "Me parece que para las europeas sólo les voy a dar el 20% en el voto dual", afirma otro mensaje en la misma plataforma que también promueve el "voto dual". "¿Estás entre Sumar y Podemos? Haz voto dual, y así no hay problema", añade otra publicación en X.
Introducir dos papeletas de distintos partidos en un mismo sobre de votación en las elecciones europeas invalida el voto. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), la norma que regula el proceso para designar a los eurodiputados españoles, establece que el voto será nulo en el caso de que el sobre "contenga más de una papeleta de distinta candidatura" (Artículo 96.1). Esta norma determina además que serán nulos aquellos sufragios emitidos en papeletas en las que se hubiera "introducido cualquier leyenda o expresión, o producido cualquier otra alteración de carácter voluntario o intencionado", como sucede con las dos papeletas que muestra la fotografía que circula en redes. En este documento de instrucciones para los integrantes de las Mesas Electorales el 9 de junio, el Ministerio del Interior especifica que serán considerados como votos nulos las "papeletas con alteraciones de carácter voluntario o intencionado" y los "sobres con más de una papeleta de distintas candidaturas".
El concepto del "voto dual" es un bulo recurrente, con ejemplos de mensajes falsos difundidos en redes para promover esta práctica errónea en los diferentes procesos electorales desarrollados en España a lo largo de los últimos años. La fotografía que circula de nuevo en redes corresponde a las elecciones generales anticipadas del 23 de julio de 2023. Los desinformadores difunden este tipo de imágenes en el marco de procesos electorales para tratar de afectar al desarrollo de la votación. En VerificaRTVE hemos desmentido publicaciones similares en el contexto de las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo de 2023 y en las elecciones al Parlamento de Andalucía de 2022.
De acuerdo con la legislación electoral vigente en España, el voto en blanco es el sobre que no contiene papeleta y se considera válido, es contabilizado y tiene implicaciones en el reparto de escaños. Se considera voto nulo el que contiene papeletas diferentes a los modelos oficiales, sobres con varias papeletas de diferentes candidaturas, papeletas con nombres tachados o con anotaciones y, en general, cualquier otra alteración de carácter voluntario o intencionado. Solo en el caso de un sobre con varias papeletas de la misma candidatura se considerará como un solo voto válido. La abstención consiste en no ejercer el derecho al sufragio cuando un ciudadano ha sido convocado a las urnas.
Esta mujer marroquí no pide el voto para el PSOE en las europeas
Mensajes de redes sociales difunden un vídeo en el que una mujer que se presenta como "marroquí" anima a votar al PSOE y lo presentan como si pidiera el voto para este partido en las europeas del 9 de junio. "Por favor, domingo vota PSOE, porque si tú vota Vox, se acaba el cachondeo en España. No más ayuda, no comedor, no derecho. Aquí con PSOE tiene todo", dice la mujer en la grabación, compartida más de 2.000 veces en la red social X desde el 27 de mayo. Otro internauta comparte el mismo vídeo asegurando que "una mujer marroquí pide el voto para el #PSOE en las europeas". Es engañoso. El vídeo es antiguo. Circula en redes sociales desde 2019 y en VerificaRTVE ya te hemos explicado que tener la nacionalidad marroquí no constituye un requisito para obtener prestaciones económicas en España.
Este vídeo de una mujer "marroquí" que pide el voto para el PSOE es antiguo. A través de una búsqueda inversa, encontramos la grabación difundida en X en 2019, 2020 y 2021. La plataforma ha etiquetado el mensaje de redes difundido el 28 de mayo con un aviso que alerta a los usuarios de que el vídeo está "manipulado" y un enlace a la política de X relativa a "los contenidos multimedia falsos y alterados". En VerificaRTVE hemos informado anteriormente de que tener la nacionalidad marroquí en España no supone un requisito para obtener prestaciones. Estas ayudas dependen de la renta por individuo o unidad familiar, además de la situación socioeconómica con independencia de la nacionalidad o religión.
Otras falsedades recurrentes contra el proceso electoral
En VerificaRTVE hemos desmontado en otros comicios la desinformación que circula de forma recurrente en redes sociales para deslegitimar el proceso electoral y desincentivar el voto de los ciudadanos. Son publicaciones que pueden circular en aplicaciones de mensajería móvil como WhatsApp y también en otras redes sociales como Facebook, X, Instagram o TikTok. Estos mensajes falsos tratan de presentar el sistema de voto por correo o el papel de Indra en la transmisión de los datos electorales como procedimientos fraudulentos e inseguros. En esta campaña para las elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio en redes sociales hemos detectado publicaciones como esta que dice: "Controlando Indra y controlando Correos cualquiera gana unas elecciones".
Los mensajes que alertan de fraude electoral como consecuencia del voto por correo suelen hacer referencia a la posibilidad de suplantación del elector al no tener que identificarse. Es falso. El procedimiento legal vigente para los comicios del 9 de junio establece que para ejercer el voto por correo el votante debe identificarse en tres ocasiones: en la solicitud (presencial o telemática), en la recepción de la documentación y en la remisión del sobre certificado con el voto. Puedes comprobarlo en la página web de la empresa pública.
También circulan mensajes que alertan de un "pucherazo" porque Indra es la empresa encargada de hacer el recuento de votos. Es falso. La Ley Orgánica de Régimen Electoral establece en su artículo 95 que el escrutinio de votos es un proceso que corresponde a cada Mesa Electoral. La Junta Electoral Central ya nos ha explicado anteriormente que "Indra no recuenta jamás" y señala que los empleados de Indra no tocan un solo voto". Añade que "las empresas tecnológicas como Indra son las que contratan los gobiernos para facilitar los datos provisionales". Estas empresas solo recopilan los resultados declarados por casa mesa y se encargan de "trasladarlos al Ministerio de Interior o a la Consejería de Interior correspondiente cuando son las elecciones autonómicas, para facilitar los datos provisionales", que son los que reciben "los medios de comunicación el mismo día de las elecciones". Tras este escrutinio general, a los cinco días se hace "el escrutinio oficial de los votos" con las juntas electorales. Por tanto, la empresa Indra no tiene capacidad de influir en el recuento de votos.