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McDonald's no podrá disponer de la marca Big Mac de manera exclusiva en Europa para designar productos de pollo

  • El Tribunal de Justicia Europeo considera que McDonald´s no ha hecho un uso efectivo de la marca
  • Además, restringe el uso de BigMac en Europa a las tradicionales hamburguesas de ternera

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McDonald’s pierde la marca Big Mac para designar productos de aves de corral en la UE
Imagen de un restaurante de McDonald´s en Sint-Pieters-Leeuw, localidad cercana a Bruselas, Bélgica REUTERS/Yves Herman

La cadena de comida rápida estadounidense McDonald´s ha perdido el derecho a usar en la Unión Europea la marca Big Mac para designar productos de aves de corral. Según el dictamen publicado por el Tribunal de Justicia comunitario (TJUE), la compañía no ha demostrado su uso efectivo en Europa durante un período ininterrumpido de cinco años, por lo que restringe la denominación BigMac a las tradicionales hamburguesas de ternera.

Esta decisión es fruto del litigio que mantienen McDonald's y Supermac's, una cadena de comida rápida irlandesa, por la marca de la Unión Europea Big Mac. Esta fue registrada a favor de la estadounidense en 1996, pero en 2017 Supermac´s  presentó una solicitud de caducidad de la mencionada marca con respecto a determinados productos y servicios porque consideraba que la marca no había sido objeto de un uso efectivo en la Unión.

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), con sede en Alicante, estimó parcialmente esa solicitud. No obstante, confirmó la protección otorgada a McDonald’s por la marca Big Mac respecto de los platos a base de productos de carne y aves, así como los servicios relacionados con la explotación de restaurantes y otros establecimientos para el consumo y para la compra desde automóviles, y con la preparación de comidas para llevar.

El TJUE anula y modifica la resolución del EUIPO

Mediante su sentencia, el TJUE anula y modifica parcialmente la resolución de la EUIPO. Así, limita aún más la protección otorgada a McDonald’s por la marca Big Mac. El Tribunal considera que la cadena de restauración no ha demostrado que dicha marca haya sido objeto de un uso efectivo en lo que se refiere a los productos "sándwiches de pollo" y "platos a base de productos de aves" durante los últimos cinco años.

La corte comunitaria también estima que McDonald´s tampoco ha demostrado el uso efectivo de los servicios "prestados o relacionados con la explotación de restaurantes y otros establecimientos o instalaciones de restauración para el consumo y para la compra desde automóviles ('drive in') y con la preparación de comidas para llevar".

Según el tribunal comunitario, las pruebas aportadas por McDonald’s no proporcionan ninguna indicación sobre la importancia del uso de la marca Big Mac para designar los referidos productos. En particular, no demuestra su relevancia en lo que se refiere al volumen de ventas, a la duración del período en el que se llevaron a cabo esos actos de uso y a su frecuencia.