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El juez Llarena mantiene la orden nacional de detención contra Puigdemont tras la publicación de la ley de amnistía

  • El magistrado da cinco días a Fiscalía, acusación y defensas para que se pronuncien sobre la amnistía
  • También el tribunal del 'procés' y la jueza del 'caso Tsunami' piden informes sobre la aplicación de la ley

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Jueces, fiscales y defensas dan los primeros pasos tras la entrada en vigor de la ley de amnistía

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha dado un plazo de cinco días a la Fiscalía para informar sobre cómo afecta la ley de amnistía, que ha entrado en vigor este mismo martes tras publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE), al expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont, y ha comunicado a la policía que la orden de detención nacional que adoptó contra él sigue vigente y activa.

Con la entrada en vigor de la amnistía, el Tribunal Supremo ha solicitado también a acusaciones y defensas que presenten sus informes sobre cómo afecta la ley a los respectivos procedimientos, tanto el relativo al proceso independentista catalán de 2017 por el que algunos líderes fueron condenados y otros huyeron, así como en el del 'caso Tsunami Democràtic', que también implica a Puigdemont.

En el caso de Llarena, instructor de la causa que afecta a Puigdemont, a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y a los exconsellers Antoni Comín y Lluis Puig, que nunca llegaron a ser juzgados al huir del país, pide a las partes que informen sobre "la aplicabilidad o inaplicabilidad" de la amnistía a los distintos hechos que se le atribuyen. También les pregunta sobre la pertinencia de mantener o modificar las medidas cautelares acordadas contra ellos. 

El pasado 30 de mayo, los fiscales se reunieron con fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y según fuentes conocedoras del encuentro, al término entregaron un documento en el que avisaban de que no están a favor de aplicar la amnistía a Carles Puigdemont en el delito de malversación, pues creen que sí que hubo ánimo de lucro y que afectó a los intereses financieros de la UE.

Se mantienen en vigor las órdenes de detención

De momento, el magistrado del Supremo ordena que se comunique a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que "continúan vigentes y activas las órdenes nacionales de detención" de Puigdemont, Comín, Puig y Rovira. Y avisa de que, por ello, "deben proceder a su cumplimiento mientras esas decisiones no sean judicialmente modificadas o revocadas".  

Al igual que el juez Llarena, la Sala que juzgó y condenó al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y a otros líderes soberanistas, y la magistrada que investiga el 'caso de Tsunami Democràtic' han solicitado informes sobre cómo afecta la ley de amnistía a los respectivos procedimientos.

En este último caso, la magistrada Susana Polo ha concedido diez días a las partes para que se pronuncien sobre si los hechos que se les imputan entrarían en el perdón fijado en la ley.

También se mantienen las penas de inhabilitación

Por su parte, el tribunal de la Sala de lo Penal que juzgó la causa del 'procés' ha dictado una providencia en la que da traslado también a la Fiscalía, a la acusación popular ejercida por Vox y a las defensas de Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa para que presenten alegaciones a la aplicación de la ley de amnistía en sus asuntos respectivos en el mismo plazo.  Asimismo, da ese mismo tiempo a Clara Ponsatí para que se pronuncie sobre el delito por el que fue procesada. 

En el marco de dicha providencia, los magistrados recuerdan que la ley de amnistía señala que "sólo podrá entenderse amnistiado un acto determinante de responsabilidad penal (à) cuando así haya sido declarado por resolución firme dictada por el órgano competente para ello con arreglo a los preceptos de esta ley". 

Así las cosas, se mantienen de momento las penas de inhabilitación que pesan sobre Junqueras, Romeva, Turull y Bassa consecuencia de sus respectivas condenas por malversación y desobediencia. 

El TSJC pregunta si debe amnistiar a Mas y Torra

Por otro lado, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha pedido a acusaciones y defensas que se pronuncien sobre si debe aplicar la amnistía a cinco causas enmarcadas en el 'procés', entre ellas la de los preparativos del 1-O y las condenas por desobediencia a los expresidents Artur Mas y Quim Torra.

Así, el TSJC ha movido ficha y ha dado diez días a Fiscalía, acusaciones y defensas para que emitan sus informes en relación con la aplicación de la ley a cinco de las causas que tiene en sus manos.

Se trata del caso por malversación por los preparativos del 1-O, que afecta a los cargos de ERC Josep Maria Jové y Lluís Salvadó y está pendiente de juicio, así como las condenas por desobediencia a Artur Mas -por organizar la consulta del 9N-, a Quim Torra -por negarse a retirar un lazo amarillo de la Generalitat-, así como al exalcalde y exconseller de ERC Bernat Solé y al exdiputado de la CUP Pau Juvillà. 

La aplicación de la amnistía frenaría el juicio contra el diputado de ERC Josep Maria Jové, el presidente del puerto de Barcelona, Lluís Salvadó, y la consellera de Cultura en funciones, Natàlia Garriga, una vista que el TSJC ha programado a partir del próximo 2 de octubre, después de que el pasado mes de abril decidiera aplazarla para no interferir en la campaña electoral del 12M.

En la causa, uno de los principales procesos penales derivados del referéndum unilateral de independencia, la Fiscalía pide 7 años de cárcel para Jové y 6 años y tres meses para Salvadó, al aplicarles la modalidad agravada de malversación por desviar fondos públicos a la organización del 1-O, además de prevaricación y desobediencia. Para Natàlia Garriga solicita un año de inhabilitación por un delito de desobediencia grave.

El TSJC ha emplazado también a las partes a pronunciarse sobre las condenas firmes de los expresidentes catalanes Artur Mas y Quim Torra, así como de Bernat Solé y Pau Juvillà, aunque en su caso la amnistía apenas tendrá efectos sustanciales, puesto que todos ellos fueron sentenciados por el alto tribunal a penas de inhabilitación que ya están liquidadas y la ley no prevé en principio devolver las multas impuestas en resolución firme.

No obstante, la aplicación de la amnistía sí puede tener relevancia para ellos en lo que respecta a la cancelación de sus antecedentes penales, que persisten años después de liquidada la condena.