La Fiscalía General del Estado calcula que 486 personas podrían beneficiarse de la ley de amnistía
- Señala que no a todos los procedimientos puede serle de aplicación la ley "al existir delitos que no se incluyen en el texto legal"
- Las causas se reparten entre el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y juzgados y tribunales de Cataluña.
La Fiscalía General del Estado calcula que la aplicación de la ley de amnistía –en vigor desde este martes– podría afectar a aproximadamente 82 causas penales que se encuentran actualmente en tramitación y en las que están encausadas 486 personas. El Ministerio Público especifica que dichas causas se reparten entre el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y juzgados y tribunales de Cataluña.
No obstante, señala que no a todos los procedimientos se le puede aplicar la ley "al existir delitos que no se incluyen en el texto legal". Así, pone de ejemplo el delito de odio, "que puede existir junto con otros delitos en algunas de las causas".
Los procesos judiciales abarcan delitos de malversación, desobediencia, cohecho, prevaricación, tráfico de influencias, fraude en subvenciones, coacciones, falsedad documental y delito electoral, revelación de secretos, blanqueo, desórdenes públicos y daños, lesiones y contra la integridad moral, torturas y tratos degradantes, incitación al odio, injurias, ultrajes, abandono de servicio, resistencia, atentado, amenazas, grupo criminal, contra la seguridad vial, hurto o robo.
Cabe recordar que la estimación del Gobierno y del ministro de Justicia, Presidencia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, es que la norma acabe beneficiando a un total de 372 personas que tienen causas penales derivadas del 'procés'. Por su parte, Junts, uno de los partidos clave en la elaboración del texto con los que pactó el Ejecutivo, estima que los beneficiados vayan a ser considerablemente más, unos 1.400.
La ley abarca una década del 'procés'
La ley de amnistía abarca una década, desde noviembre de 2011 hasta noviembre de 2023, incluyendo el referéndum del 1-O y la consulta del 9-N, y no solo exime de la "responsabilidad penal, administrativa o contable" a rostros tan conocidos como el expresidente de Cataluña Carles Puigdemont o el líder de ERC, Oriol Junqueras. También puede afectar a funcionarios, alcaldes, policías o activistas que, de alguna u otra forma, participaron en el ‘procés’ independentista catalán y que están a la espera de poder beneficiarse de la medida de gracia.
Ahora, una vez publicada en el BOE, se abren distintos escenarios para todos los que se pueden beneficiar de la medida y los tribunales han comenzado a consultar a acusaciones y defensas cómo afecta la ley de amnistía a las causas antes de adoptar una decisión, entre ellos el Supremo, que por el momento mantiene activa la orden nacional de arresto contra el expresidente catalán Carles Puigdemont.
El juez García Castellón, que instruye la causa Tsunami en la Audiencia Nacional, ha dado 10 días a las partes para que informen. Sin embargo, este tribunal no se ha pronunciado sobre los doce CDR pendientes de juicio acusados de pertenencia a organización terrorista y cuyos abogados ya han pedido la aplicación de la amnistía. El Tribunal de Cuentas, por su parte, ha ido un poco más allá y ha abierto la puerta a llevar la norma a la justicia europea, al consultar si procede plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre ciertos artículos que podrían oponerse a la interpretación que este tribunal hace del derecho comunitario.