La justicia europea ante el "abuso" de los interinos en España: claves de la última sentencia
- El Tribunal de Justicia de la UE vuelve a avalar que los interinos puedan pasar a ser fijos sin convertirse en funcionarios
- Se considera una temporalidad abusiva cuando se mantiene el trabajo sin contrato fijo durante más de dos años
Nuevo toque de atención de la justicia europea a España por la prolongada interinidad de trabajadores y trabajadoras en la administración pública. En una sentencia relativa a tres interinas en la Generalitat catalana, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha instado a convertirlas en fijas para prevenir y sancionar el "abuso" de la temporalidad. La decisión, no obstante, queda en manos de los juzgados españoles, con un requisito: "siempre que esa conversión no implique una interpretación del Derecho nacional contraria a la ley".
Analizamos los detalles, implicaciones y dudas de la sentencia.
¿Qué dice la sentencia del TJUE sobre los interinos?
La sentencia considera que la conversión automática en personal fijo es una "medida adecuada" frente a la temporalidad "abusiva", siempre que dicha conversión no sea contraria a la ley española. ¿Y qué dice la legislación?
"Que no puede acceder al empleo público quien no ha superado un proceso selectivo sometido al principio de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia", apunta el abogado Javier Araúz de Robles, que está siguiendo de cerca el asunto, y se refiere, en definitiva, a haber aprobado unas oposiciones. Quienes lo hayan hecho y, aun así, no hayan podido acceder a una plaza "tendrán que transformarse en funcionarios de carrera, porque no hay incompatibilidad con el derecho nacional", continúa en una conversación con RTVE.es
Para los interinos que hayan accedido a su puesto de trabajo por otras vías (sin oposición), la sentencia propone otra solución, afirma Araúz de Robles: "sin transformarlos en funcionarios de carrera, sujetarlos a las mismas causas de cese o despido". Esto quiere decir que el interino pasaría a ser fijo y solo podría ser despedido por las mismas causas que un funcionario de carrera ("infracción disciplinaria, delito doloso"), aunque no sea considerado como tal. De este modo, "la medida sancionadora no implicaría una interpretación del Derecho nacional contraria a la Ley", se lee en la sentencia.
¿A qué interinos afecta la sentencia?
La sentencia en cuestión se refiere a tres trabajadoras que acumulan más de 37, 33 y 19 años de experiencia respectivamente en la Administración catalana, aunque el fallo del TJUE resuena para más de un millón de personas en situación similar, de acuerdo con el abogado Araúz de Robles: profesionales de oficina, enfermería, medicina, educación y cualquier otro ámbito, siempre que se trabaje para el sector público.
El sindicato CSIF lo cifra, en cambio, en 800.000 trabajadores y trabajadoras interinas en las administraciones públicas, el 30% de las plantillas. Su presidente, Miguel Borra, ha reiterado en una entrevista en Las Mañanas de RNE, momentos antes de conocerse la última sentencia del TJUE, que los tribunales hasta ahora se han referido únicamente a "casos concretos", un recordatorio para prevenir de las interpretaciones de "algunos juristas" que defienden la posibilidad de una trasposición generalizada.
Y es que, en el pasado, los tribunales superiores de justicia autonómicos ya han rechazado hacer fijos a algunos trabajadores que pensaban que podían acogerse a anteriores sentencias de la corte europea. "Creo que por eso vienen las reticencias de los distintos Tribunales Superiores de Justicia de algunas comunidades autónomas, y del propio Tribunal Supremo", ha dicho Borra. "Es bastante osado decir que el Supremo de España no quiere acatar o no interpreta bien las sentencias del tribunal europeo (…) Si las cosas fueran tan claras, se habría solucionado ya hace muchísimo tiempo".
¿Cuántos años de interinidad se consideran "abuso"?
La sentencia recoge que las leyes españolas "permiten considerar el abuso" cuando se mantiene el trabajo sin un contrato fijo durante más de dos años, "por entenderse que en ese supuesto no satisfacen necesidades provisionales, sino permanentes y estables".
"En el plazo máximo de dos años, la plaza del temporal tiene que estar incluida en un proceso selectivo. Si no se ha hecho, es evidente que se está incumpliendo", explica Araúz de Robles.
¿Cómo afecta esta sentencia a la ley de estabilización de 2021?
El Tribunal de Justicia de la UE llega a estas recomendaciones tras concluir que la ley de 2021 para la estabilización del empleo público "no resulta adecuada" para sancionar los abusos ni eliminar las consecuencias de incumplir el derecho comunitario.
Uno de los problemas que se señalan en la sentencia es que la compensación en caso de abuso tiene un "doble límite máximo" (veinte días de retribución por año trabajado, sin superar nunca doce meses de salario en total). Para el TJUE, esto impide reparar de forma justa los abusos más prolongados ni los daños derivados de ellos.
"Dado que la sentencia dice que los procesos de estabilización de la ley 20/2021 no son acordes al derecho comunitario, lo primero que habría que hacer es paralizar estos procesos selectivos. Lo segundo, es estabilizar a todo este personal, transformando en funcionarios de carrera aquellos que hayan superado un proceso selectivo y a los que no, sujetándolos a las mismas causas de cese", interpreta el abogado Araúz de Robles, que cree que, solo entonces, podría continuarse con las oposiciones para aquellas plazas que sigan vacantes porque "no estén ocupadas por la víctima de una abuso" de temporalidad.
Del mismo modo, el sindicato vasco ELA (Eusko Langileen Alkartasuna-Solidaridad de los Trabajadores Vascos) ha valorado que la sentencia corrobora que la ley de 2021 no supone "una solución suficiente y garantista para los miles de trabajadores del sector público que llevan años sufriendo el uso abusivo de la contratación temporal", y ha amenazado con movilizaciones si no se consolida a los 77.000 empleados temporales en el sector público vasco, recoge Efe.
¿Qué dice el Gobierno?
La opinión contraria se sostiene, en cambio, en el Gobierno. El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, ha asegurado este jueves que la ley de 2021 está dando "resultados extraordinarios".
"Nos anticipamos de forma decisiva a abordar el problema de la temporalidad, limitando casos, los tiempos, evitando los abusos", ha afirmado en declaraciones a los periodistas recogidas por Efe y Europa Press en San Fernando, Cádiz. Según Escrivá, dicha ley ha permitido alcanzar ya el 75% de las regularizaciones de trabajadores interinos de la Administración Pública española, "más de 350.000 casos regularizados".
¿Cuáles son los próximos pasos?
En adelante, está por ver si la sentencia cambia la postura del Tribunal Supremo sobre la temporalidad de los empleados públicos, si el legislador se pronuncia al respecto o si todo continúa como hasta ahora, con conclusiones diferentes según cada caso. De hecho, la justicia española y la europea llevan meses intercambiando escritos sobre cómo interpretar la directiva europea.
Mientras tanto, Araúz de Robles considera "importantísimo" que los trabajadores y trabajadoras afectados reclamen la aplicación de la directiva europea y esta sentencia, y confía en que se opte finalmente por la "vía de la estabilización automática" que señala el TJUE. De lo contrario, advierte, están en riesgo los fondos europeos.
Es una preocupación compartida por los sindicatos. "Nuestro país tiene el compromiso con Europa de que, a 31 de diciembre de este año, hemos tenido que reducir la temporalidad hasta el 8%", ha afirmado el presidente de CSIF, Miguel Borra, en Radio Nacional, que no cree que vaya a cumplirse el objetivo antes de que acabe el 2024. "Pero desde luego sí que bajará bastante con respecto al 30%, porque muchas comunidades autónomas y muchas administraciones locales están en esos procesos de estabilización", ha valorado.