Puigdemont reprocha al Tribunal de Cuentas "estar perdiendo el tiempo" y le pide aplicar ya la ley de amnistía
- Sostiene que no es un órgano jurisdiccional y que no forma parte del Poder Judicial
- Cree que no tiene competencias para presentar cuestiones prejudiciales, ni tampoco de inconstitucionalidad
La defensa del expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont cree que el Tribunal de Cuentas solo está "perdiendo el tiempo" por querer a elevar a la Justicia europea una consulta sobre la aplicación de la ley de amnistía a la causa por el presunto desvío de fondos para el 1-0 y la acción exterior del 'procés', y ha solicitado que aplique la norma "sin más dilaciones" y archive el procedimiento.
El abogado Gonzalo Boye ya ha presentado su escrito ante el órgano contable, que pidió la semana pasada a las partes que les remitiesen sus respectivos informes sobre la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial sobre la ley de amnistía ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al considerar que algunos de sus artículos pueden chocar contra el derecho comunitario.
Puigdemont alega que el órgano contable está incumpliendo la ley de amnistía, que es "lo suficientemente clara", y reclama a la consejera que está al frente del procedimiento que la "cumpla" y lo archive "sin incurrir en cualesquiera otras aventuras jurídicas carentes de cualquier sustento legal".
El Tribunal de Cuentas fue el primero en poner encima de la mesa la posibilidad de consultar la ley de amnistía, que entró en vigor el pasado martes, ante la Justicia europea en el marco del procedimiento en el que debe determinar la presunta responsabilidad contable de más de una treintena de ex altos cargos de la Generalitat en el empleo de fondos públicos para el proceso independentista catalán de 2017.
La consejera, que suspendió el plazo para dictar sentencia, estimó que cinco preceptos de la norma "podrían oponerse a la interpretación" que viene realizando el TJUE del derecho comunitario.
En esta causa, el Ministerio Público reclama 3,1 millones de euros de forma conjunta y solidaria a los 35 encausados tras rebajar las estimaciones iniciales del propio Tribunal de Cuentas, que había previsto una responsabilidad contable de unos 9,5 millones de euros. Entre los 35 nombres consta, además de Puigdemont, el del expresidente catalán Artur Mas, que ya fue condenado por el propio Tribunal de Cuentas a devolver a la Generalitat algo más de 4,9 millones de euros por la organización de la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014.
Cree que no tiene competencias para plantear cuestiones prejudiciales
Para el abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, el Tribunal de Cuentas no tiene competencias para plantear cuestiones prejudiciales, al no ser un "órgano jurisdiccional", al tiempo que cuestiona que, si llega a plantear la consulta, esta supere el filtro de admisibilidad o termine "convirtiéndose en un ridículo de proporciones considerables".
Boye explica en un escrito que la posibilidad de plantear cuestiones prejudiciales "está reservada a los órganos jurisdiccionales de los estados miembros, conforme al artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)". Y recuerda que, si bien el Tribunal de Cuentas es un órgano constitucional y tiene funciones tanto administrativas como jurisdiccionales, "esto no le confiere automáticamente la condición de órgano jurisdiccional".
Además, apunta que los requisitos que impone el TFUE para ser considerado órgano jurisdiccional es que sea creado por ley, que tenga carácter permanente, que tenga jurisdicción obligatoria, que haya un procedimiento contradictorio, que aplique normas de derecho y que sea independiente.
Según la defensa de Puigdemont, el nombramiento tanto de la delegada instructora, como el de los consejeros del Tribunal de Cuentas, "no ofrece las más mínimas garantías de independencia e imparcialidad". Añade que el nombramiento de la delegada instructora es realizado por la Comisión de Gobierno del Tribunal de Cuentas, "compuesta exclusivamente por personas designadas por las Cortes Generales", algo que "vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva".
Asimismo recuerda declaraciones de la exministra de Justicia Pilar Llop y del propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en las que sostenían que ese órgano no era Poder Judicial. También señala que esa falta de carácter jurisdiccional ha sido afirmada por el propio órgano fiscalizador.
Vulneración del derecho de la Unión
Por otro lado, el abogado del expresidente catalán sostiene que el Tribunal de Cuentas ha incurrido en una "sistemática vulneración del derecho de la Unión" en contra de su representado que goza de inmunidad como parlamentario europeo.
Entiende que, contrariamente a lo que sostiene este órgano, el procedimiento abierto contra él es "claramente sancionador" y que el derecho de la UE indica que la inmunidad se aplica a procesos en los que "la sanción que se pueda imponer sea, por su naturaleza y grado de severidad, una sanción penal, independientemente de que la infracción no pueda ser castigada con una pena de prisión".
"Por tanto, tanto para las actuaciones previas como para el procedimiento de reintegro por alcance, era preceptiva la concesión previa del correspondiente suplicatorio, que debió ser solicitado ante el Parlamento Europeo. El hecho de que esto se omitiera desde el principio no exime su cumplimiento durante el curso del procedimiento", añade.
Cuestión de inconstitucionalidad
Asimismo Boye indica que es inviable que este órgano plantee una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) sobre la ley de amnistía, en caso de que se llegara a producir, dado que esa posibilidad "está reservada a jueces y tribunales, y (...) este órgano constitucional de tribunal solo tiene el nombre".
Tras esto, indica que en este órgano "solo se está perdiendo el tiempo e incurriendo en gasto público indebido", por lo que le urge a que aplique sus propias normas en el caso relativo a los gastos del 'procés' y proceda a aplicar la amnistía sobre los encausados.
Recuerda que el perdón se extiende, según el artículo 8 de la norma, a los procedimientos tramitados ante el Tribunal de Cuentas. Y por ello, concluye pidiendo que "se alcen las medidas cautelares acordadas en su día y se archiven las presentes actuaciones sin incurrir en cualesquiera otras aventuras jurídicas carentes de cualquier sustento legal".