La Fiscalía pide al Supremo amnistiar el 'procés' y retirar la orden de arresto a Puigdemont al no ver terrorismo
- En sendos informes, el ministerio público solicita formalmente al alto tribunal que aplique la ley de amnistía
- Esto ocurre un día después de que la Junta de fiscales se pronunciase a favor de aplicarla
La Fiscalía del Supremo ha remitido un escrito a la sala segunda del alto tribunal en el que afirma que los delitos de terrorismo que se atribuyen al expresidente catalán Carles Puigdemont y a los otros imputados en la causa de 'Tsunami Democràtic' están cubiertos por la ley de amnistía.
El informe, firmado por la teniente fiscal Ángeles Sánchez Conde, considera que los actos investigados no reúnen la gravedad suficiente como para quedar fuera de esa norma.
Recuerda que la ley excluye de la amnistía los actos que puedan ser calificados como terrorismo según la legislación europea, y que hayan causado graves violaciones de derechos humanos de acuerdo con el derecho internacional humanitario, que recoge el derecho a la vida y la prohibición de la tortura.
Según la fiscal, la directiva europea sobre terrorismo recoge actos "de mayor gravedad" que los registrados en la causa de 'Tsunami' y exige además que esos actos puedan perjudicar gravemente a un país o una organización internacional, desestabilizar sus estructuras fundamentales o intimidar gravemente a una población.
En el auto en el que asumió la causa de 'Tsunami' por la presencia de dos aforados -Puigdemont y el diputado de ERC Rubén Wagensberg- el Supremo explicó que el grupo tenía como finalidad subvertir el orden constitucional y desestabilizar a las instituciones, pero la fiscal cree que esa finalidad "no coincide en gran medida" con los requisitos que la directiva considera imprescindibles.
"Pero, sobre todo, es claro que ninguno de los hechos investigados en esta causa ha causado de forma intencionada una grave violación de los derechos humanos regulados en los artículos 2 y 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos y en el derecho internacional humanitario, esto es, muerte, torturas, incluso esclavitud", subraya.
Tampoco se imputa a los investigados actos que hayan causado muerte, abortos o pérdidas de algún sentido, delitos de torturas o tratos inhumanos, que también están excluidos de la amnistía
Es el segundo escrito con la firma de la teniente fiscal del Supremo este martes, después de pedir que se levante la orden de arresto contra Puigdemont y que declare amnistiados todos los delitos que se le atribuyen a él y al resto de líderes independentistas implicados en el 'procés'.
Sánchez Conde ha firmado ese informe junto al fiscal de sala jefe de lo Penal en el alto tribunal, Joaquín Sánchez-Covisa, después de que los cuatro fiscales del 'procés', partidarios de no perdonar la malversación, se retirasen del caso tras chocar contra el criterio del fiscal general del Estado, que aboga por aplicar la amnistía.
La Fiscalía pide amnistiar a los policías nacionales del 1-O
Asimismo, la Fiscalía ha pedido que se amnistíe al medio centenar de policías nacionales investigados por las cargas en el referéndum del 1-O, al concluir que su actuación no fue suficientemente grave como para quedar excluida de la ley, porque no buscaban humillar o provocar miedo a los votantes.
En un informe de apenas una página, el ministerio público ha instado al titular del juzgado de instrucción número 7 de Barcelona a aplicar la ley amnistía a los policías imputados, a quienes se acusa de delitos de lesiones y contra la integridad moral por las cargas para impedir el reférendum.
En paralelo a esta causa, la Audiencia de Barcelona debe resolver sobre otra en la que están investigados cuatro policías nacionales por el disparo de la pelota de goma que reventó un ojo a Roger Español, votante del 1-O que luego fue candidato de Junts al Senado, una actuación que podría quedar fuera de la amnistía porque la ley excluye expresamente las lesiones que causaran pérdida de un órgano vital.
En el caso de los agentes imputados por las cargas contra votantes del 1-O, la Fiscalía recuerda que la ley "declara expresamente amnistiadas las acciones realizadas en el curso de actuaciones policiales dirigidas a impedir" los actos enmarcados en la consulta del 1 de octubre de 2017.
Para el ministerio público, la actuación de los agentes, a lo sumo, constituiría delitos contra la integridad física -lesiones, lesiones leves o maltrato de obra- que no figuran entra las exclusiones que prevé la ley de amnistía.
"Humillar o degradar a una persona"
El informe recuerda que alguna de las acusaciones personadas en al causa -entre las que figuran desde la entidad proderechos humanos Iridia a la ANC u Òmnium Cultural- atribuyen a los policías delitos contra la integridad moral.
Pero incluso en ese caso, añade la Fiscalía, "los hechos permanecerían amnistiados dado que no rebasaron el umbral mínimo de gravedad" para quedar excluidos de la ley, que deja fuera de la amnistía aquellas conductas que buscaran "humillar o degradar a una persona o mostrar una disminución de su dignidad humana" así como "provocar miedo, angustia o inferioridad" para quebrar su resistencia moral y física.
Por su parte, una decena de agentes de la Policía Nacional investigados por las cargas pidieron ya la semana pasada al juez que les aplique la amnistía porque "en ningún caso" cometieron actos de tortura ni tratos inhumanos o degradantes.
Además, la entidad Irídia, que ejerce de acusación popular y particular en la causa, anunció el pasado martes en un comunicado que se opondrá a que se amnistíe a los agentes, ya que opina que tendrían que quedar excluidos por sus actos, que ve constitutivos de tortura o tratos inhumanos o degradantes.