El Supremo confirma la rebaja de pena para uno de los condenados de 'La Manada' por la ley del 'Solo sí es sí'
- La condena pasa de 15 a 14 años, como fijó la justicia navarra atendiendo a la doctrina del alto tribunal
- La sentencia inicial le impuso una pena "próxima" al mínimo vigente entonces y que se redujo con la reforma
El Tribunal Supremo ha confirmado la rebaja de 15 a 14 años de prisión para uno de los cinco condenados por la violación grupal del caso 'La Manada', en los Sanfermines de 2016, en aplicación de ley conocida como 'Solo sí es sí'.
La Sala Segunda ha ratificado así la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que acordó reducir un año la pena, al entender que el Supremo en su momento impuso una condena de 15 años por ser "próxima" o "cercana" al mínimo legal vigente entonces, antes de la ley Orgánica 10 /2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual.
El tribunal navarro argumentaba que al entrar en vigor la ley del 'Solo sí es sí' se rebajó el mínimo legal del delito en 1 año y 3 meses (hasta los 13 años) y, por lo tanto, la pena debía también reducirse. Además, tras la reforma legal, la anterior condena quedaba situada dos años por encima del nuevo mínimo.
Se ajusta a los parámetros de la doctrina del Supremo
La sentencia ha juzgado razonable el criterio del tribunal navarro, en tanto que se ajustó a los parámetros que el Pleno de la Sala Segunda estableció como línea a seguir para los casos afectados por la reforma.
"En nuestro caso, es claro que el Tribunal Supremo situó la pena muy poco por encima de su umbral mínimo", ha argumentado en su ponencia el magistrado Julián Sánchez Melgar, que cita exactamente la sentencia de entonces al justificar "la imposición de una pena superior al mínimo legalmente previsto, aunque muy cercano al mismo".
Según ha razonado el alto tribunal, cuando se resolvió el recurso de casación, se impuso una pena nueve meses por encima del mínimo legal de aquel momento. Sin embargo, con la nueva regulación quedaba dos años por encima. "La nueva ley es más favorable para el acusado porque ha bajado 1 año y 3 meses el umbral mínimo imponible, y mantiene el mismo techo", ha indicado.
El tribunal ha apuntado, además, que no hay duda alguna de que la Ley del 'Solo sí es sí' resulta más favorable que la regulación anterior y ha señalado como prueba la reforma que impulsó el PSOE con el apoyo del PP para elevar las penas, a raíz de las revisiones que se estaban produciendo.
Finalmente, la sentencia ha añadido que no pueden hacerse diferencias "entre este caso, por más que sea particularmente mediático, y los cientos de casos que han sido analizados" por la Sala y en los que se ha reiterado que el marco de la ley de garantía integral de la libertad sexual "es más beneficioso que la regulación anterior".