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Begoña Gómez no tendrá que asistir a la declaración del empresario Barrabés al haber sido dado de alta

  • Debido a su estado de salud, el empresario iba a comparecer por videoconferencia
  • Esta situación obligaba a Gómez a acudir de forma presencial a riesgo de ser arrestada si no lo hacía

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La defensa de Begoña Gómez pide que no se grabe su imagen durante su declaración el próximo viernes como investigada
Imagen de archivo de la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez EFE

La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, no tendrá que acudir finalmente de forma presencial a la declaración del empresario Juan Carlos Barrabés ante el juez Juan Carlos Peinado el próximo día 15. En un primer momento, la declaración se iba a realizar por videoconferencia debido al ingreso en un hospital del empresario, situación que obligaba a Gómez a acudir de forma presencial a riesgo de ser arrestada si no lo hacía. Sin embargo, Barrebés ha sido dado de alta y podrá acudir físicamente, por lo que su testifical no se realiza como prueba preconstituida y, por lo tanto, la esposa de Pedro Sánchez no tendrá que asistir a la misma de forma presencial.

Así lo ha confirmado el magistrado titular del juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid. Tras recibir de la gerencia del centro hospitalario en el que se encontraba ingresado Barrabés confirmación de que el paciente ha sido dado de alta, ha acordado recibir su declaración en calidad de testigo y sin carácter ya de prueba preconstituida, el próximo lunes a las 10:00 horas, en la sede de los juzgados de Plaza de Castilla.

Este cambio modifica el contexto y el escenario en que se producirá la comparecencia del testigo clave de la causa por la presunta comisión de los delitos de corrupción en el sector privado y tráfico de influencias.

La no presencia físca del empresario le daba valor de "prueba preconstituida", es decir, con validez para todo el procedimiento judicial, incluso si el juicio llegara a celebrarse. Por ello, el juez Peinado había dictado un escrito en el que le apercibía a Gómez que tenía "obligación" de comparecer y "que de no hacerlo ni alegar causa justa que se lo impida", podría habar dictado una "orden de detención".

Tras lo acontecido este martes, lo que no ha cambiado es la citación de Gómez para comparecer el próximo día 19 como investigada, después de que el juez suspendiera su declaración del pasado día 5 al alegar la investigada que no conocía de qué se le acusaba.

Declaración de Barrabés, testigo clave

El titular del Juzgado de Instrucción número 41 fijó para este lunes la declaración de Barrabés, considerado el testigo clave en el caso, cuya declaración se suspendió debido a su estado de salud.

Al respecto, el artículo 448 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dice que si "hubiere motivo racionalmente bastante para temer su muerte o incapacidad física o intelectual antes de la apertura del juicio oral" —Barrabés tiene una enfermedad grave— el juez mandará practicar inmediatamente la declaración, "asegurando en todo caso la posibilidad de contradicción de las partes".

Pero el artículo 449 añade que "la ausencia de la persona investigada debidamente citada no impedirá la práctica de la prueba preconstituida, si bien su defensa letrada, en todo caso, deberá estar presente", es decir, este artículo abre la puerta a que solo asista el abogado de Begoña Gómez, aunque en este caso el juez no lo había estimado así.

Alegría: "Quien tiene que acudir es el abogado de la defensa"

La ministra portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, ha recordado, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, al ser preguntada por la primera decisión del juez Peinado este martes, que el propio abogado de la esposa del presidente del Gobierno solicitó este lunes a la Audiencia Provincial de Madrid que ordenara el archivo de la investigación al entender que se estaba haciendo una investigación "prospectiva" y entiende que Begoña Gómez hará "como cualquier ciudadana de este país" y actuará "siguiendo las recomendaciones de su abogado".

Alegría ha dicho que según la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que quien tiene que acudir es el abogado de la defensa y en el caso de que no estuviese "se tendría que nombrar" a un abogado de oficio.

"Lo que me parece más importante es conocer de dónde viene todo esto, de una denuncia falsa, llena de bulos, ejecutada y realizada por organizaciones ultraderechistas" que fue "desmontada, argumento a argumento" por el informe de la Guardia Civil, ha señalado la ministra en referencia a Manos Limpias y Hazte Oír a las que no ha mencionado.