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El Tribunal Constitucional suspende cautelarmente varios artículos de las leyes trans y LGTBI de Madrid

  • Se trata de los artículos que pedían a los menores trans informes y acompañamiento psicológico para iniciar la transición
  • El Gobierno consideraba que vulneraban la Constitución e invadían competencias exclusivas del Estado

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El Tribunal Constitucional suspende varios artículos de la ley trans y LGTBI de Madrid
Una persona sosteniendo la bandera trans GETTY IMAGES

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite los recursos del Gobierno contra las leyes de identidad y expresión de género y de protección integral contra la LGTBIfobia de la Comunidad de Madrid y ha suspendido varios artículos ―modificados en 2023―, como el que exigía a los menores trans informes y acompañamiento psicológico para iniciar un tratamiento de transición.

Por lo que quedan suspendidos cautelarmente los apartados once, doce, quince, diecisiete y veintidós bis del artículo único de la Ley 17/2023 y el catorce del artículo único de la Ley 18/2023, hasta que el constitucional entre en el fondo y para ello tiene cinco meses que son prorrogables.

Como también hizo el Defensor del Pueblo, el Ejecutivo central ha llevado ante la corte de garantías diversos preceptos de esas dos normas autonómicas al considerar que vulneran la Constitución, son contrarias a los derechos fundamentales, suponen una "patologización" de los menores, choca contra los derechos reconocidos en la ley trans nacional e invaden competencias exclusivas del Estado.

Al admitir a trámite su recurso, el pleno del Tribunal Constitucional suspende la vigencia y aplicación de los artículos impugnados, entre los que también figura el que permite el asesoramiento psicológico o la evaluación psiquiátrica, que el Ejecutivo considera que supone una excepción a la prohibición absoluta de las terapias de conversión.

El Tribunal ya estaba revisando la ley

El TC ya estaba estudiando la constitucionalidad de la ley trans madrileña, después de que el Defensor del Pueblo recurriese el inciso que establece como "requisito necesario" para iniciar el tratamiento farmacológico que los menores "reciban apoyo de los profesionales de salud mental infantojuvenil" y si existe comorbilidad ―dos o más enfermedades al mismo tiempo― recibir un informe médico favorable.

Al anunciar la apelación, la ministra de Igualdad, Ana Redondo, cree que también es "claramente discriminatorio" que la norma detalle que las personas trans pueden usar espacios o equipamientos "sin menoscabo de los derechos e intimidad del resto de usuarios, especialmente de las niñas y mujeres". Una cita que para Redondo da a entender que las mujeres trans ponen "en peligro los derechos del resto de mujeres".

"Los derechos de las personas trans, de las personas LGTBI no pueden esperar y tenemos la obligación de garantizar que esos derechos se ejercen en igualdad de condiciones en todo el territorio español", ha asegurado la ministra. En este sentido, la titular de Igualdad ha indicado que la normativa madrileña es "regresiva", "limita" y "vulnera" los derechos que están reconocidos en la legislación estatal. 

El TC también examinará esa parte de la norma y analizará si, como dice el Gobierno, ambas leyes madrileñas invaden competencias exclusivas del Estado al excluir a las organizaciones LGTBI de la condición de interesados en procedimientos penales y administrativos sancionadores, incluso cuando representen a una víctima o perjudicado con su permiso explícito. Además, el Ejecutivo cree que las mencionadas leyes modifican dos leyes autonómicas previas en un sentido regresivo para los derechos de las personas LGTBI.