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Condenan a 18 años de cárcel al hombre que mandó cartas con explosivos a Moncloa y a la Embajada de Ucrania

  • La sentencia contempla diez años de prisión por delito de terrorismo y ocho años por fabricación y empleo de explosivos
  • El auto judicial concluye que perseguía presionar al Gobierno con el fin de que dejase de prestar apoyo a Ucrania

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Condenan a 18 de cárcel al hombre que mandó cartas con explosivos a Moncloa y a la Embajada de Ucrania
Pompeyo González, a la salida de la Audiencia Nacional, el pasado mayo REUTERS/Susana Vera

La Audiencia Nacional ha condenado a 18 años de prisión a Pompeyo González, procesado por terrorismo como autor del envío de cartas explosivas a varias instituciones. El jubilado, de 74 años, las remitió en noviembre de 2022, semanas después fue detenido en Miranda de Ebro (Burgos) y se procedió al registro de su domicilio.

En concreto, entre los destinatarios de estas cartas se encontraba el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez; la ministra de Defensa, Margarita Robles; los directores del Centro de Satélites de la UE en Torrejón de Ardoz y de la empresa de armamento Instalaza, en Zaragoza; así como a los embajadores de Estados Unidos y Ucrania en España.

En su sentencia, los magistrados condenan a diez años de prisión a Pompeyo González por un delito de terrorismo y a ocho años por delito de fabricación, tenencia, colocación y empleo de aparatos explosivos, inflamables o incendiarios con finalidad terrorista.

Según el auto judicial, el acusado buscaba que los destinatarios resultasen lesionados. Todos los artefactos explosivos fueron desactivados o detonados de manera controlada una vez detectados por los servicios de seguridad, salvo el destinado a la Embajada de Ucrania. Este fue abierto por un empleado que resultó herido en el brazo al estallar el dispositivo, y al que ahora, según la sentencia, deberá indemnizar el acusado con 1.500 euros.

La cantidad de explosivo empleada en esos envíos era suficiente, dice la Sala, para producir lesiones de diferente consideración en función de la cercanía y los posibles órganos afectados, tanto por la explosión, como por los impactos de la proyección de la metralla incorporada, los fragmentos resultantes de la rotura del contenedor metálico y las tuercas y tornillos empleados para el montaje.

La Fiscalía solicitaba para él la pena de 22 años por los delitos mencionados. La Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), por su parte, pedía 24 años de prisión.

Afinidad del acusado con Rusia

El informe de análisis del contenido de los dispositivos electrónicos pone de manifiesto la afinidad del acusado con Rusia y su posición contraria a la ayuda a Ucrania. Entre esos elementos destacan la instalación en su teléfono móvil de las aplicaciones “RT Noticias” y “Sputnik”, de los medios de comunicación gubernamentales de Rusia, que en esas fechas eran inaccesibles en virtud de las restricciones impuestas a Rusia por la invasión de Ucrania.

Los jueces consideran que el acusado actuó con “el propósito de causar una gran conmoción en la sociedad española que ejerciese presión para que los gobiernos de España y de los Estados Unidos de América y otras entidades radicadas en territorio español dejasen de prestar apoyo a Ucrania en la guerra sostenida por este Estado contra Rusia”.

Múltiples pruebas que sustentan la autoría

Para los magistrados, son múltiples las pruebas que sustentan la autoría del acusado, pese a que en el juicio negara los hechos. González alegó a su curiosidad por adquirir los más variados conocimientos y a sus habilidades manuales, lo que le llevó a hacer ciertas búsquedas en internet y a comprar material, que según él fue el utilizado en la fabricación de los artefactos.

Estas explicaciones “escasamente consistentes, quedan desvirtuadas por el acervo probatorio”, apunta la Audiencia. Además, considera acreditado que el acusado adquirió, antes de la remisión de los envíos, sobres y etiquetas iguales, así como herramientas y otros componentes aptos para la fabricación de los artefactos.

También consta que tenía en su domicilio herramientas y componentes apropiados para esa fabricación y que, en una de dichas herramientas, había restos de una sustancia con la misma composición química que la hallada en los vestigios de los artefactos recogidos en las embajadas de Ucrania y Estados Unidos y en Instalaza.

Igualmente, añaden, ha quedado probado que el acusado se desprendió, durante las vigilancias policiales a las que fue sometido en los días previos a su detención, de distintos materiales como tornillos, brocas, tubos metálicos y clavos. Así como se deshizo de gran cantidad de cerillas completas, palos de cerillas con el fósforo raspado y cabezas de cerillas, estas últimas utilizadas para la fabricación de las cargas explosivas de tres de los artefactos.

La sentencia continúa enumerando las pruebas recabadas durante la investigación, como el seguimiento de tres de los envíos postales que permitió detectar que habían sido remitidos desde la provincia de Burgos, donde se encuentra la localidad de residencia del acusado.

Abundantes búsquedas de información sobre explosivos

En el análisis de sus dispositivos electrónicos consta que el acusado consultó, antes de remitir los envíos, al menos las webs de Presidencia del Gobierno y el Ministerio de Defensa, así como datos de Pedro Sánchez y de la ministra Margarita Robles.

También, que recabó de internet abundante información sobre explosivos y tarifas postales, así como que después de enviarlos se informó por la misma vía de los resultados en los diversos destinos. Han aparecido además consultas sobre identificación de huellas dactilares, pruebas de ADN, abogados penalistas, formas de comportarse en caso de ser detenido y posibilidades de que las personas mayores entren en prisión, así como acerca de los requisitos para la entrada de extranjeros a Rusia y vuelos a dicho país en esas fechas.

Otra de las pruebas que destaca la Sala son las periciales de grafística que acreditan que las direcciones de los destinatarios en las etiquetas de los sobres y las de correo electrónico que figuran en los reversos fueron escritas por la misma persona y que esta persona es la que escribió diversos documentos intervenidos en su domicilio.