La ley de alcohol y menores prohibirá mensajes que lo asocien al éxito o que afeen la abstinencia
- El anteproyecto de ley recoge restricciones a la publicidad y venta del alcohol
- El Ministerio de Sanidad ha sometido a audiencia pública el texto para recibir aportaciones
El anteproyecto de ley de alcohol y menores prohíbe los mensajes publicitarios negativos sobre la abstinencia o sobriedad, que resalten propiedades terapéuticas o que lo asocien al éxito social o profesional. En el texto también se obliga a incluir advertencias expresas sobre los riesgos de consumirlo durante el embarazo y la lactancia.
El Ministerio de Sanidad ha sometido a audiencia e información pública el texto definitivo del "Anteproyecto de Ley de prevención del consumo de alcohol y de sus efectos en las personas menores de edad". Las principales entidades del sector podrán hacer aportaciones, así como las publicitarias o de infancia hasta el 6 de septiembre.
En el anteproyecto se justifica que el alcohol "goza de amplia aceptación social en España", y existen factores "favorecedores" que alientan el consumo y que "pueden contribuir" a su normalización. Estos factores tienen que ver con horarios y puntos de venta amplios, su “fácil acceso” y la promoción y publicidad.
Por eso, plantea limitaciones y su correspondiente régimen sancionador, además de incluir una serie de medidas para la prevención y concienciación desde diversos ámbitos que puedan modificar la percepción del riesgo, y "contribuir a un cambio cultural en la ciudadanía".
Sanidad calcula que el texto podrá ir en segunda vuelta al Consejo de Ministros a finales de año, para iniciar su tramitación parlamentaria a partir de 2025.
Restricciones en la venta a menores
El anteproyecto veta la venta o dispensación a menores de productos con alcohol, así como la que se haga de forma ambulante y sin licencia administrativa en la vía pública, y en lugares y circunstancias establecidos en otra ley estatal o autonómica u ordenanza municipal.
Se exigirá que las máquinas expendedoras incorporen mecanismos capaces de comprobar la mayoría de edad. Las comunidades y los ayuntamientos podrán establecer restricciones horarias en la venta que, "preferentemente", irán desde las 22 horas hasta las 8 de la mañana.
Cambios en la publicidad y en sus mensajes
La publicidad dirigida a menores está prohibida. Tampoco se podrá usar a personas menores de 21 años, figuras de relevancia pública vinculadas a los jóvenes y embarazadas para promocionar bebidas alcohólicas, y para las que simulen serlo, incluidas las 0.0.
Además de eliminar el mensaje de "consumo responsable" o “moderado”, la publicidad deberá contener el volumen de alcohol e incluir dos advertencias: que se prohíbe su venta a los menores y que el consumo durante el embarazo o la lactancia genera daños en la salud del feto y del lactante.
Se prohibirán los mensajes que vinculen el alcohol con la mejora del rendimiento físico, al éxito social o sexual, propiedades terapéuticas o derivados, una imagen negativa de la abstinencia, o una cualidad positiva derivada de su consumo.
Restricciones para el patrocinio
En los lugares en los que no se podrá beber, tampoco se podrá emplazar publicidad. Tan solo se permitirá el nombre comercial y marcas o símbolos identificativos de las empresas en un perímetro inferior a 200 metros de accesos a zonas frecuentadas por menores. Entre estas áreas se incluyen centros sanitarios, de servicios sociales o parques.
Productoras o distribuidoras no podrán patrocinarse cuando las actividades, bienes, servicios y espacios públicos estén destinados mayoritariamente a menores o se realice en lugares donde esté prohibido el consumo o su publicidad. Lo cual incluye el mobiliario de hostelería y también transportes públicos, así como en sus terminales, estaciones y en las marquesinas.
El patrocinio tampoco se permitirá en congresos o eventos similares y acciones formativas destinadas a profesionales de la sanidad, la enseñanza, la asistencia social o el deporte. Tampoco en páginas web, aplicaciones y redes sociales, ni en artículos de ropa y calzado, destinados a menores.
Multas por infracciones
Dependiendo de la infracción, las multas oscilarán entre 60 y 600 euros si son leves, –sustituibles por programas de concienciación–, entre 601 y 30.000 euros si son graves, y de 30.001 euros hasta 600.000 si son muy graves. En los dos últimos supuestos, pueden ir acompañadas de otras medidas como el cierre total del negocio.
Padres, madres o tutores legales asumirán la responsabilidad civil subsidiaria de las acciones de los menores dependientes de ellos, y serán también responsables directos y solidarios de las infracciones.
Excepción para menores: solo durante el culto
De salir adelante, la norma prohibirá a los menores consumir alcohol, salvo el "esporádico de pequeñas cantidades de bebidas fermentadas de baja graduación en el ámbito del culto o los servicios religiosos".
Los adultos no podrán consumirlo en ningún lugar frecuentado por menores, como centros de educación, de protección o en espacios donde se estén desarrollando espectáculos programados específicamente para ellos.
Reacción de organismos afectados
Por ahora, la Federación Española del Vino (FEV) ha defendido el mensaje de "consumo moderado" que Sanidad quiere eliminar. FAD Juventud, que se encarga de ayudar a las familias con hijos con problemas con el alcohol, entre otras cosas, ha mostrado su apoyo al anteproyecto. Por su parte, la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC) ha emplazado a las empresas a no repetir las presiones del pasado y asumir su responsabilidad social.