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El juez confirma el procesamiento de Oltra por el supuesto encubrimiento de los abusos de su exmarido a una menor

  • Rechaza los recursos de las defensas, que piden repetir el sobreseimiento ya acordado
  • Acoge el informe del fiscal que señala que un nuevo sobreseimiento situaría al juez "en una posición de rebelde obstinación"

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La exvicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra, en una foto de archivo
La exvicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra, en una foto de archivo Rober Solsona / Europa Press

El titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha dictado un auto en el que rechaza cinco recursos y confirma el procesamiento de la exconsellera y exvicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra, y otros ex altos cargos de la Consejería de Políticas Inclusivas por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales a una menor tutelada por parte de su exmarido, educador social. 

Así lo acuerda en un auto de fecha de este jueves en el que hace suyo el razonamiento del Ministerio Fiscal quien, en su informe, concluía que al haber sido todos los ahora procesados investigados por su participación en los dos episodios en los que la Audiencia de Valencia apunta a la "existencia de indicios de criminalidad", es "un imposible procesal" repetir el sobreseimiento ya acordado, tal y como reclamaban en los recursos.

A juicio del fiscal, un nuevo sobreseimiento "situaría al instructor en una posición de rebelde obstinación" frente al mandato de "quien tiene atribuida legalmente la potestad revisoria de sus decisiones". Así, habiendo ordenado la Audiencia la acomodación del procedimiento a los trámites del procedimiento abreviado sin limitación subjetiva alguna, el auto "resulta plenamente ajustado a dicho imperativo y al momento procesal en que éste dejó la causa", agrega.

El juez señala en el auto que "no puede sino acogerse a tal razonamiento" para desestimar los recursos de reforma presentados por cinco de los ex altos cargos contra el auto del 21 de junio por el que acordó el procesamiento de todos ellos. En esa resolución, el magistrado instructor dictó auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado "por imperativo legal".

 La joven que siendo tutelada por la Generalitat fue víctima de los abusos sexuales por parte del exmarido y que ejerce la acusación particular en este caso reclama tres años y medio de prisión para Oltra y 12 de inhabilitación para empleo o cargo público, al igual que pide Vox, que actúa de acusación popular.  

La Audiencia entendió que no podía descartarse "claramente" la existencia de infracción penal

El exmarido de Oltra, Luis Ramírez, fue condenado en primera instancia a cinco años de prisión por abusar sexualmente de la menor tutelada, resolución que posteriormente fue confirmada por el TSJCV. La víctima era una menor, tutelada por la Generalitat y acogida en un centro de Valencia, y los hechos tuvieron lugar entre los años 2016 y 2017, cuando la adolescente tenía 14 años, en el interior del propio local.

El procesamiento de la exconsellera de Igualdad se produjo después de que la Audiencia estimara parcialmente los recursos de la víctima y las dos acusaciones populares al entender que no podía descartarse "claramente" la existencia de infracción penal y que concurrían indicios suficientes para encausar a los investigados. 

La causa, dirigida contra Oltra y otras 15 personas más, fue archivada por el Juzgado de Instrucción en abril al no apreciar delito alguno en su actuación ni un presunto encubrimiento de los abusos. La Fiscalía respaldó esta decisión. 

Sin embargo, la Audiencia defendió en mayo que existe una hipótesis "plausible" de que cuando la noticia de los abusos llegó a la Conselleria de Igualdad, "las personas que tuvieron conocimiento de los hechos y bajo cuya protección y tutela se encontraba la menor, habrían pretendido ocultarlos". 

El tribunal estimó que en ese momento procesal no podía descartarse "de una manera clara" la comisión de infracción penal derivada del incumplimiento del deber de denunciar y de proteger a la menor con la finalidad de ocultar la existencia de unos abusos sexuales ocurridos en el centro de acogida. 

Según la Audiencia, debe ser en el acto del juicio oral donde se diluciden las cuestiones relativas a las concretas circunstancias en las que tuvieron lugar los hechos y el juicio de tipicidad que los mismos merecen. Así mismo, el tribunal apreció indicios de la posible comisión de delito en la formación de un expediente informativo, una vez ya estaba judicializado el asunto, con la finalidad de determinar la veracidad de las acusaciones efectuadas por la menor. 

Oltra dimitió el 21 de junio de 2022 de sus cargos en el Consell y en Les Corts Valencianes tras su investigación judicial en este caso.