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La Audiencia Nacional archiva la causa de Miguel Ángel Blanco para otros dos exjefes de ETA

  • La Sala de lo Penal considera que los hechos han prescrito en la línea de la sentencia emitida para 'Anboto'
  • Las acusaciones populares defendían la imprescriptibilidad de los hechos

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Mikel Albisu, alias 'Mikel Antza' e Ignacio Gracia Arregi, alias 'Iñaki de Rentería'
Mikel Albisu, alias 'Mikel Antza' e Ignacio Gracia Arregi, alias 'Iñaki de Rentería' EFE/Javier Etxezarreta/Kiko Huesca

La Audiencia Nacional ha acordado archivar la causa sobre el secuestro y el asesinato del concejal de Ermua Miguel Ángel Blanco en 1997 para los exjefes de la banda terrorista ETA Miguel Albisu Iriarte, 'Mikel Antza', e Ignacio de Gracia Arregui, 'Iñaki de Rentería', al considerar que los hechos están prescritos. 

En un auto emitido este jueves la Sala de lo Penal toma esta decisión tan solo un día después de que acordase el archivo para la que también fuera jefa de ETA Soledad Iparrraguirre, alias 'Anboto', en línea con lo solicitado por la Fiscalía y por la defensa de los exdirigentes de la banda. 

La acusación populares defendían la imprescriptibilidad de los hechos

Las acusaciones populares (Partido Popular, Dignidad y Justicia, la Asociación Víctimas del Terrorismo y la Fundación Villacisneros) sostenían que los hechos no estaban prescritos en el momento en que se aprobó la Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio en el que se declaran la imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo con resultado de muerte y, por tanto, esa norma sería aplicable a este procedimiento. 

En este nuevo auto, los magistrados de la Sección Cuarta utilizan los mismos argumentos que esgrimieron con 'Anboto'. Y es que, aclaran, esta resolución "no puede ser distinta de aquella, a la vista de la concurrencia de la identidad fáctica y jurídica de los hechos, de las argumentaciones jurídicas combatidas en ambos recursos, y una misma petición que afecta por igual a los tres procesados". 

En la resolución, la Sala indica que en el ordenamiento jurídico y en la jurisprudencia no se encuentran "resoluciones actuales que proclamen la vigencia de la tesis de retroactividad de normativa penal que proclama".

Los magistrados recuerdan que, tal y como indicó la Fiscalía en la vista en la que se estudiaron los recursos de los procesados, en la resolución de esta cuestión han de acogerse "a lo establecido en la ley penal y la jurisprudencia que la interpreta, en evitación de las funestas consecuencias que originó la llamada 'doctrina Parot' que luego fue revocada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos". 

Procesados por García Castellón

Cabe recordar que el juez Manuel García Castellón ya procesó a 'Mikel Antza' e 'Iñaki de Rentería', junto con Soledad Iparrraguirre, 'Anboto', y José Javier Arizcuren Ruiz 'Kantauri' al considerar que se daban los requisitos de la autoría mediata por dominio de la organización. Es decir, que los exjefes de la banda estuvieron implicados en el asesinato en tanto que, como máximos dirigentes, podrían haberlo impedido. 

En la resolución por la que procesó a los exjefes, García Castellón analizaba la actuación de ETA desde sus comienzos en los años 70 y explicaba que se trataba de una organización terrorista "fuertemente jerarquizada" en la que imperaba una "rígida disciplina", con una cadena de mando de tipo vertical y "militar" en la que las órdenes emanadas desde su Comité Ejecutivo llegaban a los integrantes de los comandos operativos de la organización terrorista para ser cumplidas. 

Cada miembro de un comando o de cualquier estructura, señalaba el juez, "obedecía las órdenes que le transmitía su enlace o responsable directo porque sabía que detrás de esa orden estaba la 'Dirección' de ETA, su Comité Ejecutivo". 

 Era el núcleo de dirección de ETA el que adoptaba, según el magistrado, las decisiones estratégicas de especial y mayor relevancia que los integrantes de los comandos ejecutaban sin formular objeción. Añadía que, en el caso de que alguno de los integrantes de esos comandos no estuviese de acuerdo con las órdenes o instrucciones recibidas, era reemplazado por otro militante dispuesto a cumplir con las instrucciones de la estructura dirigente.