El Gobierno estima que 95.000 autónomos y pymes podrán beneficiarse de las ayudas directas por la DANA
- Del total, 65.000 serían para trabajadores por cuenta propia y los 30.000 restantes para pequeñas y medianas empresas
- También hay otras medidas, como exenciones en el IRPF, la cuota del IBI y ayudas para las tasas del DNI y DGT
La directora del departamento de Gestión de la Agencia Tributaria, Rosa Prieto, ha indicado que 95.000 autónomos y pymes podrían beneficiarse de las ayudas directas a afectados por la DANA aprobadas por el Gobierno. Así lo ha explicado en una rueda de prensa este miércoles junto al secretario de Estado de la Seguridad Social, Borja Suárez, después de la reunión del comité de crisis para el seguimiento de los efectos de la DANA.
De los 95.000 beneficiarios, 65.000 serían autónomos y los 30.000 restantes serían pymes. Los autónomos pueden acceder a ayudas directas de 5.000 euros por persona y en el caso de las pymes oscilarían entre 10.000 euros para las que tuvieron menos de un millón de euros de volumen de operaciones en 2023 y los 150.000 euros para empresas con más de diez millones de euros.
El coste de las ayudas directas a autónomos asciende a 325 millones y el de las pymes llega a 513 millones, de forma que la cifra total sube a 838 millones. Se podrán solicitar a partir del 19 de noviembre y los pagos comenzarán a partir del 1 de diciembre.
Exenciones en el IRPF y la cuota del IBI
Prieto también ha repasado otras medidas aprobadas, como la reducción de los índices de rendimiento neto para 2024 para los agricultores autónomos afectados que tributan por módulos. También hay exenciones en el IRPF y en Sociedades de las ayudas directas y por daños personales provocados por la DANA, la exención en la cuota del IBI, en otros trámites como la expedición del DNI o las tasas de la DGT por tramitar bajas de vehículos y permisos de conducción dañados. Asimismo, se declaran inembargables las ayudas. Sobre cuándo se va a articular la devolución del IBI, ha indicado que se está cerrando ese procedimiento y se informará en la página web correspondiente.
Por otro lado, ha recordado otras medidas como la extensión durante tres meses (hasta el 5 de febrero) del periodo voluntario del segundo pago de IRPF para contribuyentes con domicilio fiscal en la provincia de Valencia y en municipios afectados en otras provincias. La Agencia Tributaria ha acordado con la banca que no efectuará cobros a estos ciudadanos, que estaban previstos el 5 de noviembre, y si se hubieran realizado ya, se les reintegrará en tres días hábiles. El impacto de esta medida es de 300 millones.
También se flexibilizan hasta el 30 de enero los plazos de los trámites y procedimientos tributarios que vencían el 28 de octubre para contribuyentes con domicilio fiscal en municipios afectados por la DANA como son declaraciones, requerimientos, alegaciones, recursos, subastas o trámites catastrales, entre otros. Se extienden hasta el 5 de febrero los plazos de ingreso de liquidaciones, deudas y fracciones de aplazamientos que no hayan concluido a la entrada en vigor de este decreto económico.
Se facilita el aplazamiento para declaraciones con plazo de presentación desde el 28 de octubre hasta el 30 de enero y se pospone 24 meses, sin intereses de demora en los seis primeros meses, medida que tiene un impacto económico de 300 millones.
La Agencia Tributaria ha creado en sus oficinas de la provincia de Valencia puntos especiales de atención a los ciudadanos afectados y establecerá uno específico para profesionales en su sede de la Delegación Especial en Valencia.