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La Justicia valenciana admite el recurso de un particular contra la "inactividad" de la Generalitat ante la DANA

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Un pleno extraordinario del Consell de la Generalitat Valenciana
Un pleno extraordinario del Consell de la Generalitat Valenciana Carlos Luján / Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha admitido a trámite el recurso presentado por un particular contra la "inactividad" de la Generalitat valenciana y de la Agencia de Seguridad y Emergencias ante la DANA que ha provocado las riadas.

Según ha informado este viernes por la tarde el TSJ valenciano, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso de este tribunal ha dictado un decreto por el que acuerda admitir a trámite el recurso presentado por un particular por la "inactividad de la Presidencia de la Generalitat valenciana y la Agencia de Seguridad y Emergencias de la propia Generalitat en relación con la DANA".

Conforme a la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Tribunal ha acordado reclamar los expedientes administrativos a sus responsables.

El TSJCV remitió otra demanda por la "inacción" del Gobierno central

Diez días después de las intensas lluvias y tormentas que provocaron inundaciones y riadas en la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía, el foco se posa en las responsabilidades políticas y la gestión de la crisis tanto por el Gobierno autonómico como central. Mientras ambas partes contraponen versiones de las medidas acometidas el 29 de octubre, día de la DANA, a los tribunales están llegando los primeros recursos.

El TSJCV ya remitió al Tribunal Supremo este miércoles una demanda interpuesta por una asociación por la "inacción" del Gobierno central frente a las inundaciones ocasionadas por la DANA al considerarlo una vulneración del derecho a la vida y a la integridad física.

Se trataba de una demanda de recurso contencioso-administrativo especial de protección de derechos fundamentales presentada por la asociación Liberum contra la Delegación del Gobierno en Valencia. El Tribunal elevó el caso al TS al determinar que no tenía competencia para conocer este recurso.