España se opone a la ley europea para prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes por la cláusula humanitaria
- Por no dar el suficiente peso a una cláusula para evitar que la asistencia que llevan a cabo las ONG pueda ser penalizada
- Los ministros de Justicia han fijado su posición con vistas a las negociaciones que mantendrán después con la Eurocámara
España ha votado este viernes en contra de la directiva que fijará unas normas mínimas para prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes por no dar el suficiente peso a una cláusula humanitaria para evitar que la asistencia que llevan a cabo las ONG pueda ser penalizada.
Los ministros de Justicia de la Unión Europea han llegado a un acuerdo sobre esa normativa y han fijado su posición con vistas a las negociaciones que mantendrán después con el Parlamento Europeo, colegislador en ese ámbito.
España ha sido el único país que se ha opuesto a la legislación aunque también Alemania y Portugal han subrayado la necesidad de dejar claro en la legislación que la ayuda humanitaria no debe ser penalizada.
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha dicho durante un debate público en el Consejo que España cree que el trabajo realizado "es positivo" pero ha insistido en que quiere que la cláusula humanitaria se incorpore al articulado de la legislación porque "el mensaje político que se lanza llevándolo a los considerandos puede ser preocupante".
Alemania ha apoyado a España
"La posición de España es que se lleve al articulado, lo que tiene sentido por la práctica jurídica y el mensaje político que queremos trasladar", ha insistido Bolaños.
La cláusula humanitaria tiene por objetivo especificar que cierta asistencia a los migrantes irregulares, en particular la ayuda a familiares cercanos o el apoyo para satisfacer necesidades básicas, no puede calificarse como delito penal de tráfico ilícito de migrantes.
Al haber mantenido la cláusula en los considerandos, los Estados miembros podrán decidir cómo abordar esta cuestión en su legislación nacional.
Durante el debate, Alemania ha apoyado a España en la necesidad de aclarar que "el objetivo de la directiva no es que la ayuda humanitaria sea un delito" y ha confiado en que el debate con el Parlamento Europeo se desarrolle con un espíritu "abierto y positivo". También Portugal ha insistido en que "tendrá que quedar claro siempre que si se presta auxilio por razones humanitarias, esto no pueda ser delito".
Hungría, que este semestre preside el Consejo de la UE, ha dicho haber "tomado nota" de las "preocupaciones expresadas por los países" y ha añadido que "habrá que lidiar" con ellas y que este no es "el texto final".
El actual marco jurídico de la UE data de 2002
El objetivo de esta propuesta es aproximar la legislación penal de los Estados miembros en cuestiones como la definición y la sanción del tráfico ilícito de migrantes. La ley sustituiría al actual marco jurídico de la UE, que data de 2002.
Sobre el delito de tráfico ilícito de migrantes, establece que los Estados miembros deben garantizar que, en su legislación nacional, el hecho de ayudar intencionadamente a un nacional de un tercer país a entrar, transitar o permanecer en el territorio de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea a cambio de un beneficio económico o material es un delito penal.
En cuanto a las sanciones, la normativa establece que los países deben adoptar medidas para que el delito de tráfico ilícito de migrantes conlleve una pena máxima de prisión de al menos tres años. Esas penas máximas deberían ampliarse a al menos ocho años cuando los traficantes actúen como parte de una organización criminal o cuando utilicen una violencia grave contra los migrantes. Si concurriera la muerte de un migrante, la pena máxima de prisión debería ser de al menos diez años, establece la futura legislación. No obstante, los Estados miembros podrán decidir imponer penas máximas superiores.
El texto también establece normas sobre las sanciones que se aplican a las personas jurídicas: un porcentaje del volumen de negocio total o una cantidad fija, de hasta 40 millones de euros.