Condenan a dos menores a 4 y 2 años de internamiento por la agresión sexual grupal a una niña de 11 años en Badalona
- Asimismo, ambos deberán seguir un curso de educación sexual y de educación en igualdad
- Durante el abuso sexual estuvieron implicados otros cuatro menores que son inimputables
Los dos menores que participaron en varias agresiones sexuales a una niña de 11 años en Barcelona en noviembre de 2022 han sido condenados a 4 y 2 años de internamiento en un centro cerrado, La sentencia, con la conformidad de ambas partes, se ha dado a conocer este viernes.
El juzgado de menores número 2 de Barcelona obliga también a los condenados a seguir un curso de educación sexual y de educación en igualdad. Asimismo, una vez cumplidas las penas, les prohíbe acercarse a menos de mil metros a la víctima y sus familiares directos, o comunicarse con ellos.
No obstante, en el caso del menor condenado a dos 2 años de internamiento, el juez ha decidido suspenderle la condena, a cambio de no volver a delinquir, cumplir una libertad vigilada durante el mismo periodo, no acercarse ni comunicarse con la menor, cumplir con el curso, y mostrar el compromiso de integrarse en la sociedad.
El magistrado no se ha pronunciado sobre la responsabilidad civil, ya que la acusación particular expresó su decisión de reservar explícitamente las acciones civiles para, en su caso, ejercitarlas ante la jurisdicción civil.
Varios menores inimputables
La sentencia considera probado que los dos jóvenes, conjuntamente con al menos otros cuatro menores inimputables, por tener menos de 14 años, violaron a una niña de 11 en el centro comercial Màgic de Badalona el 5 de noviembre de 2022.
Según recoge el escrito, todos los jóvenes, actuando de común y previo acuerdo, obligaron a la menor a entrar con ellos en el lavabo de hombres situado en la planta 1 del centro comercial, "bajo la amenaza de que si gritaba la apuñalarían con un cuchillo".
"Aprovechándose de su superioridad numérica", relata el juez, los jóvenes fueron entrando por turnos en el urinario donde habían retenido a la joven de 11 años para agredirla sexualmente.
El juzgado señala que, además de sufrir las diversas agresiones sexuales, un menor que no ha sido identificado grabó la violación con el móvil. Cuando los jóvenes acabaron de agredir a la menor, salieron del lavabo, en el que abandonaron a la niña de 11 años, que se quedó sola en el interior.
No consta que se adoptaran las mínimas medidas de control
La sentencia también señala que, mientras sucedían los hechos relatados, "no consta que la empresa titular del centro comercial Màgic adoptase las mínimas medidas de control, vigilancia y seguridad en el interior del referido centro comercial que hubieran impedido la consumación de los mismos". Cuatro días más tarde, uno de los dos jóvenes condenados, junto a otros menores inimputables, volvieron a verla en las inmediaciones del centro comercial, y la llevaron a un descampado cercano donde volvieron a agredirla sexualmente y la abandonaron después.
Además, el escrito subraya que un quinto menor, que no ha podido ser identificado, grabó estos segundos hechos con el móvil.
Las condenas a los dos menores
El fallo judicial condena al primer menor como autor material y directo de varios delitos de agresión sexual con acceso carnal a una niña, así como por su participación necesaria en otros delitos de agresión sexual contra la misma víctima, así como de un delito de pornografía infantil. Por estos hechos, se le impone una pena de cuatro años de internamiento en un centro en régimen cerrado, seguida de tres años de libertad vigilada.
En cuanto al segundo menor, ha sido sentenciado por los mismos delitos a dos años de internamiento en un centro cerrado y tres años de libertad vigilada. Sin embargo, el juez ha decidido suspender la ejecución de la medida de internamiento bajo la condición de que el menor cumpla correctamente una serie de requisitos durante un período de dos años: mantenerse bajo libertad vigilada, respetar la prohibición de aproximarse a menos de mil metros de la víctima o comunicarse con ella, participar en un programa de educación sexual y educación en igualdad, y no cometer nuevos delitos.
En caso de haber alcanzado la mayoría de edad, tampoco deberá ser condenado por ningún delito en sentencia firme durante este período.
Además, el menor deberá comprometerse a mostrar una actitud favorable hacia su reintegración social y abstenerse de incurrir en nuevas infracciones. Si cumple estas condiciones, al finalizar el plazo estipulado, la medida de internamiento en régimen cerrado será levantada definitivamente.