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La Audiencia de A Coruña condena a penas de entre 10 y 24 años de cárcel a los culpables de asesinar a Samuel Luiz

  • Samuel Luiz fue asesinado la madrugada del 3 de julio de 2021 frente a la playa de Riazor de A Coruña
  • El fallo no es firme y contra él cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

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Claves de la sentencia del juicio de Samuel Luiz
Imagen de los cinco acusados en el juicio M. Dylan / Europa Press

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a penas de entre 20 y 24 años de prisión a los tres adultos que asesinaron a Samuel Luiz y a 10 años a su cómplice, al tiempo que ha absuelto a la única mujer encausada. En total, todos juntos suman penas de 74 años de cárcel.

Samuel Luiz fue asesinado la madrugada del 3 de julio de 2021 frente a la playa de Riazor de A Coruña, en un caso que desde este miércoles cuenta con resolución judicial para las siete personas implicadas, con seis condenados -dos menores que estuvieron en otro proceso- y una mujer absuelta.

La sentencia impone 24 años de cárcel al principal acusado, Diego Montaña, que lo agredió al grito de "maricón"; y suma 20 años para Alejandro Freire 'Yumba'; 20 años y 6 meses para Kaio Amaral Silva, también por el robo del móvil de la víctima; y 10 años para Alejandro Míguez, como cómplice.

Agravante de discriminación por motivos de orientación sexual

En concreto, a Diego M.M., al concurrir la circunstancia agravante de discriminación por motivos de orientación sexual, la magistrada presidenta le ha impuesto 24 años de cárcel, pena muy cercana al máximo legal -25 años-, que no le aplica porque el jurado no apreció la agravante de ensañamiento.

Por su parte, a Alejandro F.G. lo ha condenado a 20 años de cárcel, pues explica que la no concurrencia de circunstancias agravantes ni atenuantes determina la imposición de la pena en su mitad inferior, lo que abarca un arco punitivo que va de 15 a 20 años de prisión, al igual que en el caso de Kaio A.S.C.

A este le ha impuesto un total de 20 años y medio -17 años por el asesinato y tres años y medio por el robo con violencia-, pues indica que su intervención en el asesinato "no alcanza la entidad" de la de Diego M.M. y Alejandro F.G., de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado.

A Alejandro M.R. lo ha condenado a 10 años de cárcel ya que, al tratarse de un cómplice de asesinato, señala que procede imponer la pena inferior en grado que, en este caso, abarca un arco punitivo de 7 años y medio a 15 años de prisión.

Indemnización de 304.000 euros a la familia

Además, los cuatro tendrán que indemnizar a la familia de Samuel Luiz en 304.000 euros y tras salir de prisión tendrán 5 años de libertad vigilada, según el fallo, que no es firme, pues contra él cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

A estos cuatro condenados se suman dos hombres que eran menores de edad en el momento de los hechos, David Rodríguez 'Pompo' y Marco Figueras, condenados a tres años y medio de internamiento que cumplen este mes.

Esta sentencia está redactada conforme a los hechos declarados probados por el jurado popular, que en noviembre declaró a los cuatro culpables. La magistrada ve motivada la decisión del jurado, ante lo que advierte que las partes no pidieron la devolución del veredicto en su momento "por lo que no cabe duda de que, al no hacerlo, están conformes con la suficiencia de dicha motivación".