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El Tribunal de Estrasburgo condena a Francia por considerar el rechazo del sexo como causa de divorcio

  • Según el TEDH, Francia violó el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, sobre el respeto a la vida privada
  • "El consentimiento del matrimonio no implica consentir relaciones sexuales futuras", han expresado los magistrados

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Sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo
Sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo. GETTY IMAGES

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, considera que no puede ser una causa de divorcio que una mujer rechace mantener sexo con su marido, y ha condenado a Francia por una sentencia judicial en ese sentido dictada en 2019.

De manera unánime, los jueces del TEDH que han examinado el caso han determinado que Francia violó el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, en el que está consagrado el respeto a la vida privada y familiar, si bien no introducen pena alguna por entender que el mero dictamen ya es en sí mismo "satisfacción suficientemente justa" para la demandante.

"La existencia misma de tal obligación matrimonial es contraria a la libertad sexual, al derecho a disponer de su cuerpo y a la obligación positiva de prevención que pesa sobre los Estados en materia de lucha contra la violencia doméstica y sexual", ha argumentado el Tribunal. Ha agregado que no existe "ningún motivo que justifique la injerencia de los poderes públicos en el terreno de la sexualidad" y que en su sentencia los tribunales franceses "no han expresado motivos pertinentes ni suficientes" ni han "respetado el justo equilibrio entre los intereses concurrentes".

La demandante, casada desde 1984 y madre de cuatro hijos con su marido, presentó la petición de divorcio en 2015 al considerar que él había dado prioridad a su carrera profesional en detrimento de la vida en familia y era irascible, violento e hiriente. Sin embargo, el esposo reclamó que el motivo de divorcio era otro y atribuyó la causa al rechazo al deber conyugal durante varios años de su esposa.

Vivir en pareja no es una carta blanca para obligar a practicar sexo

Pese a que en primera instancia en 2018 los jueces rechazaron este argumento y achacaron a los problemas de salud de la esposa el negarse a mantener relaciones sexuales, un año más tarde en Apelación se responsabilizó totalmente a la mujer de la separación. En 2020, el Supremo rechazó el recurso de la esposa.