Archivada la causa de López Madrid por la supuesta contratación a Villarejo para hostigar a la doctora Pinto
- Los magistrados estiman que Elisa Pinto no está legitimada como acusación particular
- Recuerdan que existe otra causa "muy similar" a esta, en el que la Fiscalía sí ejerce como acusación
La Audiencia Nacional ha archivado la causa abierta al empresario Javier López Madrid por la supuesta contratación del excomisario José Manuel Villarejo para hostigar a la dermatóloga Elisa Pinto al estimar que la doctora no está legitimada como acusación particular para dirigirse contra ellos y al no existir otra acusación en la causa.
Ninguno de los dos se sentará, por tanto, en el banquillo de los acusados por esta pieza separada del caso Tándem -que gira sobre las actividades presuntamente delictivas de Villarejo- después de que la sección cuarta de lo Penal haya archivado el procedimiento en un auto.
Los magistrados han estimado la cuestión previa planteada por la defensa de López Madrid al inicio del juicio el pasado 18 de noviembre, que adujo que la acusación particular que ejerce la doctora no está legitimada para acusarle por un delito de cohecho, y por el que la Fiscalía, que pedía la absolución, no se dirige contra él.
Aquel día, la Audiencia Nacional suspendió el juicio a petición de la abogada de la doctora Pinto por encontrarse de baja médica debido a una enfermedad, si bien el tribunal dijo que, dada la dificultad para señalar nuevamente el juicio -cuya celebración podía demorarse hasta mayo de 2026-, tenía "interés" en resolver las cuestiones previas de modo anticipado.
La Fiscalía sí participa en otra causa similar
Ya entonces, fuentes de la defensa de López Madrid apuntaron que, de cara a las cuestiones previas, sostendrían que la acusación particular, única que acusa en este procedimiento, no era suficiente para llevar a alguien a juicio cuando se trata de delitos de "interés difuso", toda vez que en el supuesto de que hubiese existido ese cohecho no se lesionaba interés particular alguno, sino, en todo caso, el general de la Administración de Justicia.
En su auto, los magistrados dan la razón a López Madrid sobre la falta de legitimidad de la acusación particular para dirigirse contra ellos por cohecho, sin el apoyo de la Fiscalía, y subrayan que existe otro procedimiento en el Juzgado de lo Penal número 10 de Madrid "muy simular" a esta causa.
Se refieren al que sentará en el banquillo en febrero de 2026 al empresario y al excomisario por hostigar y amenazar a la doctora Pinto para que retirara una denuncia por acoso, una causa donde la Fiscalía pide 13 años y dos meses de prisión para ellos y donde la Sala sí ve "una legitimación real y evidente" de la dermatóloga para ejercer la acusación particular.
La supuesta contratación
Según la acusación, en 2013 López Madrid, por intermediación del presidente de Société Générale Donato Sánchez, "contrató a Villarejo a sabiendas de que era comisario en activo" para que "le ayudase a finalizar un asunto personal" en relación con Elisa Pinto.
Este aceptó el encargo y llevó a cabo seguimientos telefónicos. A partir de 2014, se dedicó a hostigar a Pinto para evitar que denunciase al empresario por acoso.
El escrito presentado también relataba que el empresario fue al despacho de Pinto junto al abogado Redondo "con intención de hostigarla"; le dijo que "le dejase en paz, que llevaba mucho tiempo con la policía, que parase, y que la policía iría a verla", que "tenía que poner de su parte para que retirara unas denuncias".